menu
search
Política Congreso de la Nación | Política |

Presentan proyecto para evitar que el periodismo hable de los acusados de corrupción

Cinco senadoras nacionales del kirchnerismo presentaron un proyecto de ley en el que plantean 9 razones por las que un sospechoso puede pedir la nulidad de la prisión preventiva. Entre otros, que la prensa hable de sus casos.

María Catalfamo, Ana Ianni, Nancy González, Ana Almirón y María Inés Pilatti Vergara son senadoras nacionales kirchneristas. Y si bien representan a provincias distintas, confluyeron una misma propuesta: presentaron un proyecto de ley en el que plantean que los sospechosos de corrupción estén en condiciones de evitar la prisión preventiva, en los casos en que los medios de comunicación informen sobre su situación ante la Justicia.

El proyecto establece nueve situaciones puntuales por las que un imputado puede pedir la nulidad de la orden de detención preventiva. Entre ellas, aparece la “publicación de contenidos por parte de uno o más medios de comunicación masiva que pudieran haber afectado la percepción pública respecto del principio de inocencia sobre el afectado por la resolución”.

Sólo a modo de ejemplo: cuando la Justicia ordenó las prisiones preventivas de exfuncionarios como Julio De Vido o Amado Boudou, todos los medios de comunicación hablaron de lo que estaba sucediendo. En esos momentos, De Vido o Boudou podrían haber alegado que sus imágenes públicas estaban siendo perjudicadas por tales publicaciones y, por lo tanto, solicitar al juez que les permita continuar en libertad.

Leer más►Patricia Bullrich habló de un "insólito" proyecto

Otros motivos por los que un imputado podría evitar ir a prisión son “el incumplimiento grave de plazos procesales que podrían afectar los principios del plazo razonable durante el desarrollo de las actuaciones el derecho al debido proceso” y la “deficiente implementación de las garantías procesales que regulan la intervención de un testigo protegido y/o de un arrepentido”.

También se plantean situaciones como “la intromisión de funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo en el desarrollo de las actuaciones o cuando ejercieran conductas o dieran expresiones en público aptas para, o destinadas a afectar la independencia de los jueces o la autonomía del Ministerio Público Fiscal”, y de la “intromisión de representantes de corporaciones profesionales en el desarrollo de las actuaciones o cuando ejercieran actos o dieran expresiones en público aptas para, o destinadas a afectar la independencia de los jueces o la autonomía del Ministerio Público Fiscal”.

Dejá tu comentario