Multas millonarias por discursos de odio: qué propone el proyecto que se debate en Santa Fe

La propuesta establece un marco normativo orientado a promover la convivencia democrática en la provincia de Santa Fe.

La definición abarca situaciones vinculadas con motivos de raza, color, origen étnico o nacional, nacionalidad, religión o creencias, género, sexo, orientación sexual, identidad, entre otros. 

La definición abarca situaciones vinculadas con motivos de raza, color, origen étnico o nacional, nacionalidad, religión o creencias, género, sexo, orientación sexual, identidad, entre otros. 

La Legislatura de Santa Fe comenzó a analizar un proyecto de ley que propone declarar a toda la provincia como "territorio libre de discursos de odio", una iniciativa que combina acciones de prevención, campañas de concientización y la incorporación de sanciones dentro del Código de Convivencia provincial.

La propuesta, que ya cuenta con media sanción del Senado, establece un marco normativo orientado a promover la convivencia democrática, el respeto por la dignidad humana y la no discriminación. Para ello, define qué debe entenderse por discurso de odio y fija mecanismos para prevenir este tipo de expresiones, especialmente en entornos digitales.

Qué considera como "discurso de odio" el proyecto que debate la Legislatura de Santa Fe

Según el texto presentado, se entiende por discurso de odio toda expresión verbal, escrita, simbólica, audiovisual o digital que incite, promueva, justifique o naturalice la discriminación, la hostilidad, la violencia o el menosprecio hacia una persona o grupo de personas.

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La definición abarca situaciones vinculadas con motivos de raza, color, origen étnico o nacional, nacionalidad, religión o creencias, género, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad, condición socioeconómica, estado de salud, edad u otras características personalísimas.

El proyecto sostiene que estas conductas afectan la convivencia democrática y propone avanzar en herramientas institucionales para su prevención y abordaje.

Multas y cursos obligatorios

Además de las medidas preventivas, el proyecto incorpora modificaciones al Código de Convivencia de la Provincia de Santa Fe. Concretamente, propone sumar un nuevo artículo 62 bis dentro del capítulo referido a las faltas contra la tranquilidad y el orden público.

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La iniciativa establece que quienes incurran individualmente o en grupo en conductas calificadas como discursos de odio podrán ser sancionados con multas de hasta 60 jus, algo así como alrededor de 8 millones de pesos. Como alternativa, la sanción podría ser conmutada por la realización de un curso de abordaje interdisciplinario sobre la temática.

Para la ejecución de esos cursos, el proyecto designa como autoridad de aplicación al Ministerio de Cultura o al organismo que eventualmente lo reemplace.

Campañas de sensibilización y prevención

Uno de los ejes centrales de la iniciativa es la implementación de campañas de comunicación y sensibilización social. La propuesta asigna al Ministerio de Cultura la responsabilidad de diseñar y ejecutar acciones destinadas a promover una cultura de respeto y convivencia democrática.

Las campañas estarían dirigidas a la población en general y tendrían especial énfasis en los entornos digitales, donde actualmente circula gran parte de los contenidos vinculados a expresiones discriminatorias o violentas.

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