La decisión se refiere a la situación del gobernador de esa provincia, el peronista Gildo Insfrán, que está al frente del Poder Ejecutivo desde 1995.
El amparo que precedió al fallo, fue presentado por el frente “Confederación Frente Amplio Formoseño” y los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti acordaron en que la cláusula impugnada (aprobada en 2003) dejó explícita una ambigüedad sobre permitir o no las reelecciones de forma ilimitadas
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De esa manera, se veía afectada la alternancia en el Poder Ejecutivo provincial y en la división de poderes, para mantener el sistema democrático con un correcto funcionamiento.
El artículo 132 de la Constitución de la provincia de Formosa dice simplemente: “El Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”.
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Los cuatro miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación fallaron en forma unánime contra la reelección indefinida en Formosa.
La Corte le pone límites a la reelección de Gildo Insfrán
En su fallo, Rosatti, Maqueda y Lorenzetti aseguraron que las provincias “deben ajustarse a los límites de la Constitución Nacional” y argumentaron que la reelección ilimitada “fomenta la personalización del poder, debilitando el sistema de frenos y contrapesos, y otorgando ventajas inadecuadas en contiendas electorales”.
Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz manifestó que este tipo de prácticas electorales “erosiona” la representación de los gobernantes y puede derivar en “prácticas autoritarias”; asimismo, aseveró que Insfrán completará su mandato sin problemas.
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En definitiva, el fallo establece que Formosa deberá modificar su Constitución mediante los “procedimientos previstos en su normativa”, para ponerle freno a las reelecciones indefinidas, marcando un precedente “en la relación entre federalismo y los principios fundamentales del orden republicano”.