El Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe rechazó el recurso judicial para frenar la implementación del voto joven a partir de las próximas elecciones, por lo cual alrededor de 80 mil nuevos votantes de 16 y 17 años de edad podrán sufragar –en forma optativa y no obligatoria– en los comicios locales del 16 de julio (PASO) y 10 de septiembre (generales) en todo el territorio santafesino, siempre y cuando la Corte Suprema de Justicia dé el visto bueno y acompañe la decisión de las autoridades electorales.
El voto joven en Santa Fe está a un paso de ser una realidad. Así lo dispusieron los integrantes del Tribunal Electoral provincial (TEP) a través de una resolución firmada este lunes por Daniel Erbetta (presidente de la Corte Suprema y del TEP), Pablo Ayala (secretario electoral) y los vocales Armando Luis Drago y Alfredo Ivaldi Atacho.
La resolución del TEP rechaza el recurso de reconsideración que había sido presentado por el Frente Primero Santa Fe y por el Partido PAIS con patrocinio del abogado constitucionalista Domingo Rondina.
Los impugnantes habían pedido que se revoque una resolución previa del TEP que habilita a votar a los jóvenes de 16 y 17 años y que se utilice para los comicios locales el padrón que ya se había publicado en forma preliminar el pasado 17 de abril.
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El procurador fiscal electoral, Jorge Barraguirre, ya se había manifestado a favor de habilitar el voto joven. El TEP tomó su dictamen como base y de esa forma rechazó el recurso de reconsideración, por lo que en las próximas elecciones provinciales se usará el mismo padrón que se usará, más adelante, en los comicios nacionales.
Quedó firme el voto joven en Santa Fe: los motivos
En primer lugar, los integrantes del TEP reafirmaron su competencia para definir sobre el tema, en contra de lo que habían planteado los recurrentes sobre la necesidad de que la reforma se haga a través de una ley y no de una resolución.
Al respecto, señalaron que “como órgano del Estado (el TEP) tiene encomendada la custodia y protección de los derechos políticos de los habitantes de la provincia de Santa Fe” y añadieron que el mismo organismo “tiene como facultad decidir sobre la elaboración del padrón electoral y resolver los conflictos que derivan de esa elaboración”.
Además, señalaron que “el sistema electoral debe interpretarse a partir de los principios constitucionales que lo sustentan, en pos de una ampliación de derechos y procurando la mínima restricción de los derechos políticos; y que el caso particular del voto joven constituye materia específica sobre la que versa la competencia electoral”.
Por otro lado, los integrantes del TEP indicaron que “las alegaciones referidas a la confección del padrón electoral y perfil del voto aparecen insustanciales e insuficientes y remiten a cuestiones técnicas o procedimentales que resultan perfectamente subsanables dentro del proceso electoral”.
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Uno de los argumentos centrales esgrimidos contra el voto joven tenía que ver con la presunta modificación en el umbral de votos que necesitaría cada fuerza política para superar las elecciones PASO y “clasificar” a las generales. Ese piso o umbral es del 1,5% del padrón, motivo por el cual los impugnantes centraron allí el motivo de su petición.
En su resolución, el TEP aclaró que el umbral no se modifica porque los jóvenes de 16 y 17 años podrán sufragar en forma optativa, por lo cual esos 80 mil nuevos votantes no se suman al padrón sobre el cual se calcula el piso para pasar a las generales
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“Huelga decir que el padrón del voto joven, como categoría de electores que no tienen la obligación de sufragar, no implica elevar el porcentaje del piso de votos por encima del 1,5% habida cuenta que se trata de un sector del padrón que lícitamente puede abstenerse de concurrir al acto electoral, como ya lo ha sostenido el Tribunal oportunamente”, señalaron desde el TEP.
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