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Diputados inició el debate sobre una ley para castigar a quienes corren "picadas": proponen 9 años de prisión

Diputados comenzó el debate de una ley para penalizar las carreras ilegales, conocidas como "picadas". Entre los distintos proyectos sobresale el de la diputada del PRO María Luján Rey. Qué plantea.

La Comisión de Legislación Penal de la Cámara baja, que preside la diputada María Luján Rey (PRO), comenzó a debatir sobre una ley que propone modificar el Código Penal en relación con la conducción imprudente de vehículos automotor e imposición de penas específicas en el caso de carreras ilegales, conocidas como "picadas".

El martes, fueron invitadas integrantes de la Asociación Civil Madres del Dolor y Noemí Contreras, mamá de Tahiel Contreras, un niño de 6 años que murió en septiembre de 2020 luego de ser atropellado durante una picada en Gregorio Laferrere.

La representante del colectivo Madres del Dolor e integrante del Observatorio de Víctimas de la Cámara de Diputados, Viviam Perrone expresó “con estos proyectos queremos salvar vidas y evitar que otras personas estén en nuestro lugar”.

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Se producen entre 15 y 20 muertes viales por día, afirman las Madres del Dolor.

Se producen entre 15 y 20 muertes viales por día, afirman las Madres del Dolor.

“Las muertes viales son una muerte por goteo. Todos los días mueren entre 15 y 20 personas, son todos hechos evitables y prevenibles, entre 15 y 20 familias que quedan destruidas en la Argentina”, agregó.

Qué proponen los diputados para castigar a los que corren "picadas"

Entre los distintos proyectos sobresale el de la diputada del PRO María Luján Rey y que establece que "será reprimido con prisión de 9 meses a 4 años e inhabilitación especial para conducir por el triple del tiempo de la condena, el conductor que participare en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente".

"La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare dicha conducta, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo con motor de su propiedad o confiado a su custodia, con conocimiento que será utilizado para ese fin", explicó.

Asimismo, en el proyecto se precisa que "si las conductas descritas fueran llevadas a cabo en una zona urbana, serán reprimidas con prisión de 2 a 5 años, e inhabilitación especial para conducir por el triple del tiempo de la condena".

En el caso de que resultaren víctimas fatales, la pena será de prisión de 8 a 25 años, e inhabilitación especial vitalicia para conducir cualquier tipo de automotor", según establece la iniciativa.

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