"Lo veníamos diciendo desde hace años: la Constitución debía establecer un mecanismo para la selección de jueces, fiscales y magistrados, y no lo tenía", afirmó Farías durante una entrevista con AIRE, destacando que históricamente la designación de estos cargos dependía del arbitrio del gobernador de turno. Si bien en las últimas gestiones –desde Hermes Binner en adelante– se implementó un Consejo de la Magistratura por decreto, este mecanismo no tenía rango constitucional y podía ser modificado discrecionalmente.
Los principales cambios que la Convención del 25 introduce en el sistema judicial
Con la reforma, se crea formalmente un órgano plural y participativo para la selección de jueces, con representación de universidades públicas, colegios de abogados, la Legislatura y otros estamentos judiciales. “Es un avance muy importante”, remarcó Farías, al señalar que este sistema garantiza evaluaciones técnicas y de idoneidad con criterios objetivos y transparentes.
Pablo Farías Convención del 25
Pablo Farías, convencional por Unidos para cambiar Santa Fe, dijo que en la Convención del 25 Santa Fe está introduciendo cambios importantes para la Justicia.
Otro de los cambios más relevantes es la incorporación del Ministerio Público de la Acusación y la Defensa Pública dentro del texto constitucional. Según Farías, esto otorga un marco de protección legal y estabilidad institucional al sistema acusatorio penal, ya vigente por ley, pero que ahora adquiere jerarquía constitucional. En este contexto, el MPA pasa a ser reconocido como un órgano extrapoder, con plena autonomía respecto del Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
“El Ministerio Público tiene la misión nada más y nada menos que de perseguir los delitos, investigar y sancionar a quienes los cometen. Para eso, necesita funcionar con total independencia y sin influencias de ningún poder político”, enfatizó Farías, asegurando que este rediseño fortalece la calidad democrática y el funcionamiento del sistema judicial en la provincia.
sesion convencion 15-8
La Convención del 25 le dará rango constitucional al defensor del Pueblo de Santa Fe.
Además, se incorporó en la Constitución la figura del Defensor del Pueblo, un organismo de protección ciudadana que ya existía por ley, pero que ahora contará con respaldo constitucional, elevando su estatus institucional y garantizando su continuidad como mecanismo de control frente a posibles excesos de la administración pública.
En palabras de Farías, todas estas modificaciones “no solo dan racionalidad y pautas de funcionamiento moderno al sistema judicial, sino que también garantizan su independencia, lo cual es fundamental para mejorar nuestra calidad democrática”.