menu
search
Política Elecciones 2023 | Sergio Massa |

Comenzó a regir una nueva veda electoral: de qué se trata

A 25 días de la fecha fijada para las elecciones PASO nacionales, comenzó a regir una veda estipulada en el Código Electoral Nacional para los candidatos oficialistas.

La veda para actos de Gobierno que puedan promover la captación del voto en el marco de las elecciones PASO nacionales comenzó a regir este jueves 20 de julio, a 25 días de los comicios (13 de agosto).

La medida ya está vigente y también se aplica para los Ejecutivos provinciales y municipales, por lo que los precandidatos ya no podrán hacer campaña con cortes de cinta o grandes anuncios de gestión.

LEER MÁS ► Elecciones nacionales 2023: consultá el padrón electoral definitivo para las PASO

De esta manera, el precandidato presidencial de Unión por Todos, Sergio Massa, deberá recurrir a mecanismos diferentes a los utilizados hasta el momento para evitar incumplir con el Código Electoral Nacional.

cristina alberto massa gasoducto kirchner (1).jpg
Sergio Massa participó de la inauguración del Gasoducto Néstor Kirchner.

Sergio Massa participó de la inauguración del Gasoducto Néstor Kirchner.

De acuerdo al artículo 64 quater del Código Electoral Nacional, Ley 19.945, "queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo".

Además, contempla como parte de lo prohibido "la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten".

LEER MÁS ► Tras las PASO en Santa Fe, la mirada nacional se posa sobre las elecciones en la ciudad de Córdoba

En tanto, se establecen penas de inhabilitación para quienes transgredan esta disposición: "Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos".