menu
search
Política AMIA | Atentado terrorista | Daniel Rafecas

Atentado a la AMIA: confirmaron el juicio en ausencia para los acusados

La Cámara Federal validó la ley que permitirá juzgar a los iraníes y libaneses acusados por el atentado terrorista contra la sede de la AMIA en 1994

La Cámara Federal porteña confirmó la aplicación del juicio en ausencia contra los acusados de haber cometido el atentado terrorista contra la sede de la AMIA. Los camaristas Mariano Llorens y Martín Irurzun rechazaron el planteo de inconstitucionalidad de la ley que contempla esa herramienta de juzgamiento.

De esta manera, el Tribunal de Apelaciones ratificó la decisión del juez federal Daniel Rafecas en junio de este año de avanzar con el proceso judicial contra los sospechosos de haber llevado adelante el atentado.

Se trata de exfuncionarios del gobierno iraní y miembros de Hezbollah, señalados como responsables de planificar y ejecutar el ataque terrorista del 18 de julio de 1994, que dejó 85 muertos y más de 150 heridos.

LEER MÁS ► A 31 años del atentado a la AMIA: "Las heridas siguen abiertas por la falta de justicia"

Juicio en ausencia: quienes son los acusados por el atentado a la AMIA

justicia amia

Quienes deben comparecer serán: Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar, aunque jamás se hayan presentado ante las autoridades judiciales locales.

Todos ellos son ciudadanos iraníes o libaneses y fueron señalados por la justicia como responsables de planificar y ejecutar el atentado a través del grupo Hezbollah, y tienen desde 2006 pedido de captura internacional y alerta roja de Interpol.

Sin embargo, nunca fueron detenidos: la mayoría reside en Irán, país que no extradita a sus ciudadanos.

LEER MÁS ► Acto por la AMIA en Santa Fe: reclamo de justicia a 31 años del atentado

amia.jpg

Juicio en ausencia: la postura de la defensa

Por su parte, la defensa oficial de los acusado se opuso a la realización del juicio en ausencia, radicando su postura en la inconstitucionalidad de la ley.

Pero este martes los camaristas indicaron en su fallo que la ley del juicio en ausencia ofrece un esquema de “aplicación excepcional”, y que la normativa “fue justificada en términos constitucionales”.

A partir de la resolución, la Unidad Fiscal AMIA deberá presentar formalmente el pedido de procesamientos ante el magistrado para que la causa avance hacia la etapa de elevación a juicio y se concrete posteriormente el debate oral y público.