El juez penal de Santa Fe, Octavio Silva, sobreseyó este martes al bioquímico que fue imputado como el supuesto "cerebro" del crimen del empresario Hugo Oldani, ocurrido en febrero del 2020 en el interior de la galería Rivadavia. Se trata de Alfredo Sadonio, quien, por medio de sus abogados, Martín Durando y Gonzalo Fuentes, pidió ser desvinculado de la investigación tras sostener que no hubo una sola prueba que lo sujete al caso.
La resolución se dio a conocer este martes y consideró que el fiscal Gonzalo Iglesias no aportó una prueba que conecte a Sadonio con la banda que planificó y asaltó el local donde estaba Oldani, en el cual funcionaba, además de una empresa de turismo, una cueva financiera.
Por la causa, Sadonio fue detenido e imputado en 2020 como el autor intelectual del robo, ya que en su momento el personal del Organismo de Investigaciones (OI) estableció que el bioquímico había tenido un cruce de llamadas con el otro imputado que tiene el crimen: Andrés “Andrecito” Kaipl. Sin embargo, esas supuestas “llamadas” nunca existieron ya que tal vinculo se dio a partir de un “error de la carga de datos”.
No obstante, el imputado que declaró como arrepentido en la investigación, Brian Nahuel Damiani, nunca reconoció a Sadonio en una rueda de reconocimiento que supo desarrollarse en tribunales y que tuvo como objetivo establecer si el bioquímico había sido quien “pasó el dato a la banda de donde tenían que robar” la mañana previa al crimen. Tal situación, generó aún más suspicacia sobre cómo los investigadores del OI, bajo la conducción del fiscal Iglesias, establecieron el supuesto vínculo de Sadonio con el caso.
Imputado y detenido sin pruebas
Para dictar el sobreseimiento, el juez Silva consideró que “no solo no hay una imagen, un elemento objetivo o algún indicio indubitable, que ubique temporalmente a Sadonio en la escena del hecho al momento de su ejecución, en sus alrededores o en la casa donde se ocultaron luego de su comisión, sino que claramente, además, Sadonio y aquellos eran absolutos desconocidos”.
“Resulta impensable suponer que Sadonio o cualquier otra persona común y corriente, se reúna (a la mañana) por puro azar o casualidad, con cuatro desconocidos (Damiani, Kaipl, Ruffino y Figueroa) y en la vía pública y en contados minutos, concuerde y se involucre con éstos en semejante empresa criminal, a ejecutarse ese mismo día, a las pocas horas del encuentro”, resaltó el juez en un tramo del fallo.
Silva también sostuvo que tampoco existió (o existe) un vínculo entre el bioquímico y la víctima del caso. “No existe una sola imagen de Sadonio en tal escenario, no se acreditaron comunicaciones o agendamientos entre ellos, contrataciones de viajes o documentación comercial o financiera que los relacione”, destacó.
El juez se refirió también al reconocimiento negativo de Damiani sobre Sadonio y calificó el hecho como una “categórica evidencia” desincriminatoria. “A pesar de haber estado personalmente Sadonio al alcance de su vista, en un marco de resguardo y condiciones adecuadas de realización, Damiani no lo conoce, no lo ha visto antes y ni puede identificarlo por su fisonomía”, señaló.
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"El relato de un coimputado, que no conoce los datos de identidad y tampoco reconoció a la persona, en cuanto cimiento de la postura incriminatoria, se encuentra absolutamente desacreditado -en lo relativo a Sadonio-, por la ninguna o baja calidad de su información y por la ausencia de otros medios de corroboración", destacó.
En otro tramo del fallo, el magistrado opinó sobre el "identikit" que el fiscal Iglesias tuvo en cuenta para ordenar la detención de Sadonio y el cual fue elaborado en base a la declaración de Damiani cuando declaró en la causa. Sobre el mismo, Silva sostuvo que fue confeccionado por un área de investigación que "incurrió en diversas irregularidades y suspicacias" anteriores a la causa. Como, por ejemplo, "informar que existían (600) llamadas o entrecruzamientos entre Sadonio y Andrés Kaipl u otras personas involucradas en el hecho, que posteriormente fueron descartadas por inexistentes bajo el argumento de un error humano en la carga del sistema".
Sadonio y la antena
La reciente resolución analizó además la postura del fiscal Iglesias que para oponerse al pedido de sobreseimiento de Sadonio argumentó la existencia de un “impacto de antena” del teléfono que usaba al momento de los hechos el bioquímico y que lo posicionó en Santa Fe, un día antes del crimen en horas de la tarde.
Tal fundamento fue utilizado por el funcionario judicial para tratar de refutar las pruebas que presentó Sadonio que tuvieron como eje que el día del homicidio de Oldani se encontraba en Ataliva (departamento Castellanos) extrayendo muestras de sangre y orina para realizar análisis a los habitantes de la localidad.
“Lo importante, no es que el 11 de febrero del 2020 no se hayan registrado impactos de antena del celular de Sadonio en Ataliva (como tampoco los hubo en Rosario, Rafaela, Córdoba) sino que lo relevante y significativo, es el que no se los haya registrado ese día en la mañana en Santa Fe”, concluyó Silva.
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