El caso remonta al 7 de abril cuando Fabio Gorosito, la víctima del hecho, salió de un boliche esperancino y mientras circulaba en su auto mantuvo una discusión con Babay que iba en otro coche.
Ambos descendieron de sus vehículos y se trenzaron en lucha. En medio de forcejeos, Babay le pegó a Gorosito una trompada en el rostro y generó que el muchacho santotomesino golpee su cabeza contra la cinta asfáltica. En estado de inconciencia, y con una fractura en la zona occipital izquierda, fue trasladado hasta el hospital José María Cullen de la ciudad de Santa Fe en donde agonizó hasta el 30 de abril fecha en la que se constató su muerte.
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A partir del fallecimiento, la causa tuvo un nuevo giro y derivó en la reimputación de Babay que inicialmente había sido acusado, con Gorosito aún con vida, por el delito de lesiones graves dolosas.
Tras la muerte del hombre de 26 años (que trabajaba en la EPE) el fiscal Persello convocó a sede judicial al empresario de Esperanza, que es asistido por el abogado Carlos Farías Demalde, y lo imputó “homicidio preterintencional” tras considerar que el crimen de Gorosito fue accidental.
Tal consideración fue a partir de que el golpe que dio Babay no fue con la intención de causar la muerte de Gorosito sino como parte de la pelea iniciada por una discusión del tránsito de la que ambos protagonizaron.
Que es un homicidio preterintencional
El encuadre seleccionado por la Fiscalía para el caso de Gorosito tiene como eje que la acción desplegada por Babay tuvo la intención de lesionar a la víctima pero no de quitarle la vida.
Dicha calificación prevé una pena de 1 a 6 años de prisión, por lo que generalmente las personas imputadas por este tipo de delitos pueden esperar el juicio en estado de libertad y no en la cárcel, como lo son los homicidios simples.