La muerte de Diego Román: el matrimonio condenado estaba convencido de que sus perros no eran peligrosos
El juez Pablo Busaniche dio a conocer los fundamentos de las condenas por homicidio culposo para los responsables de la jauría que mató a Diego Román en un descampado de Recreo.
El cuerpo de Diego Román fue encontrado en un descampado tras su desaparición.
El matrimonio de Recreo que tenía a su cargo la custodia de la jauría que atacó y mató a Diego Román “estaban convencidos de que sus perros no eran peligrosos”, destacó en sus fundamentos el juez Pablo Busaniche, para explicar la condena por homicidio culposo.
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Para el juez, en el juicio a Iván Reyes y Norma Vega no se pudo acreditar que los acusados hubieran tenido conocimiento de la peligrosidad de sus animales, debido al fuerte vínculo afectivo que tenían con los canes.
Busaniche aplicó para los condenados la figura de la "culpa con representación", donde el autor se representa el riesgo pero confía racionalmente en que el resultado lesivo no ocurrirá, a diferencia del dolo donde el resultado se acepta, como había reclamado la Fiscalía y la querella.
Atacado por una jauría
Primero, el juez destacó la prueba que permitió acreditar que el niño fue atacado por los perros que estaban bajo el cuidado de los acusados, y no por otros animales.
Las pericias microscópicas determinaron que los pelos de animales encontrados en las prendas de la víctima (en su bóxer y remera) eran compatibles con los pelos de dos de los perros de los acusados: el bóxer blanco llamado "Jackson" y el bóxer marrón y blanco llamado "Malevo".
En este sentido, la similitud de los pelos encontrados en la escena del crimen (blancos y rojizos) con las características físicas de los perros de la familia Reyes reforzó la reconstrucción del hecho, al no haber otros animales con esas características en las cercanías
El instructor canino que intervino en la investigación y que declaró en el juicio, identificó al perro "Jackson" como el líder de la manada. Durante un procedimiento, observó que este perro atacó a un hombre en bicicleta saltándole a la cintura mientras los otros mordían las piernas, la misma modalidad de ataque que presentaba el cuerpo de Diego.
Además, se probaron al menos cuatro ataques previos y posteriores de estos mismos perros contra personas (todas testigos en el juicio) y contra el perro de un vecino. Estos ataques demostraron una modalidad de actuación idéntica a la sufrida por el niño.
Diego fue hallado en un predio rural que estaba bajo la custodia y dominio de Reyes. Los peritos concluyeron que los perros deambulaban por ese territorio, el cual consideraban suyo y protegían por instinto.
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Se destaca también la declaración de un perito criminólogo y los relevamientos de zoonosis de la Municipalidad de Recreo confirmaron que no se registraron otras manadas de perros con potencialidad peligrosa en ese sector específico, lo que reduce drásticamente la posibilidad de que otro grupo fuera el responsable.
En este sentido, se documentó mediante fotografías y testimonios que los perros estaban habitualmente sueltos y que el predio tenía un alambrado perimetral precario. Durante un allanamiento, se fotografió a uno de los perros de gran tamaño saltando el tejido con facilidad hacia el campo donde fue hallado el niño.
Además, el veterinario forense que explicó que las heridas punzocortantes en el cuerpo de Diego tenían diferentes tamaños de colmillos, lo que indicaba el ataque de múltiples perros. Esto coincidía con la composición de la jauría de los acusados, que incluía razas como Rottweiler, Boxer y mestizos de gran porte.
En el juicio declararon testigos que participaron en la búsqueda del niño relataron que el dueño de una propiedad lindante les advirtió expresamente que tuvieran cuidado con "los perros de los Reyes", describiéndolos como muchos y muy peligrosos, y mencionando que ya habían atacado a un caballo días antes.
Además, los expertos (veterinarios e instructores) determinaron que, aunque los animales estaban bien alimentados, carecían de socialización y límites, lo que los transformaba en un "arma" que reaccionaba de forma violenta para proteger su territorio ante cualquier estímulo de movimiento.
Homicidio culposo
Los acusadores habían reclamado una condena a diez años de prisión por homicidio con dolo eventual, y de manera subsidiaria, la condena por homicidio culposo. El juez avaló esta calificación menos gravosa, al entender que la conducta de Reyes y Vega encuadraba como una imprudencia, y no en un homicidio con intención o dolo eventual.
Para justificar esta decisión, el tribunal consideró que los acusadores no pudieron probar con certeza el "plus subjetivo" necesario para el dolo eventual, es decir, que los dueños se hubieran representado la muerte de una persona como un resultado probable y les fuera indiferente.
Se demostró que los acusados estaban absolutamente convencidos, incluso durante el juicio, de que sus perros no eran peligrosos y por ello descreían firmemente que pudieran haber matado a un niño.
Los testimonios indicaron que los dueños les brindaban mucho cariño, les cocinaban, dormían dentro de la casa y hasta les ponían dibujos animados en la televisión, lo que generó un vínculo de confianza que les impidió ver la potencialidad agresiva del animal.
Además, los peritos expertos confirmaron que todos los perros estaban en excelentes condiciones de cuidado, castrados y debidamente vacunados, lo que refuerza la idea de que eran tenidos como mascotas y no como armas.
La propiedad contaba con un alambrado perimetral que, aunque resultó insuficiente y fue calificado como negligente, demostraba una intención mínima de mantener a los animales dentro de un ámbito de vigilancia.
Al momento de analizar las calificaciones legales, Busaniche aplicó la figura de la "culpa con representación", donde el autor se representa el riesgo pero confía racionalmente en que el resultado lesivo no ocurrirá, a diferencia del dolo donde el resultado se acepta; la regla de la experiencia indica que quienes dispensan mucha atención a sus perros suelen visibilizarlos como seres de confianza e incapaces de dañar, negando su naturaleza instintiva ante estímulos externos, valoró el juez.
Es así que, ante la dificultad de probar pensamientos no exteriorizados o el desprecio por la vida ajena, el tribunal determinó que, ante la duda, debe fallarse a favor de la calificación más leve para los acusados.
Finalmente, la sentencia dada a conocer este miércoles por el magistrado, concluye que hubo una omisión grave de las medidas de seguridad (como cercos infranqueables o bozales) y una inobservancia de los reglamentos municipales, lo cual define típicamente un obrar negligente e imprudente, pero no un plan criminal doloso.
La muerte de Diego Román
La muerte de Diego Román, un niño de 12 años, ocurrió entre el 3 y 4 de julio de 2019 en la ciudad de Recreo. El trágico hecho tuvo lugar en las inmediaciones del límite entre un campo, que es propiedad de Mercado Reyes, y un predio rural contiguo hacia el noroeste (cerca del barrio Comunal 3). Todo en jurisdicción de Recreo.
En aquel entonces, el menor desapareció un miércoles en horas de la tarde y su cuerpo fue hallado al día siguiente en un campo lindero a la casa de Reyes y Vega. En principio la investigación apuntó a que la muerte del menor fue cometida por personas (se llegó a sospechar de hasta ritos satánicos), con el devenir del caso la Fiscalía determinó que el joven fue víctima del ataque de una jauría de perros.
Según Fiscalía, la jauría estaba compuesta por perros de diversas razas y características que se encontraban bajo el cuidado y vigilancia de los acusados. Dichos animales fueron un un Rottweiler llamado "Tronco"; varios bóxer llamados "Jackson", "Dorotea" y "Malevo"; y perros de raza mestiza o cruza con nombres como "Beethoven" (cruza pastor), "Tacuara", "Mia", "Chocolate" (cruza cocker), "Uma" y "Negrito".
Posteriormente, la causa de muerte los estudios forenses revelaron que el niño sufrió fuerte lesiones punzantes, desgarradoras y excoriativas que generaron una hemorragia externa, que fue la causa directa de su fallecimiento en el descampado.









