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Policiales Amenazas | violencia de género |

Juicio por amenazas: las palabras de la víctima fueron fundamentales para que la jueza rechace el pedido de probation

La jueza Sandra Valenti rechazó el pedido de probation para un hombre juzgado por amenazas calificadas tras escuchar la opinión de la víctima: "reclama ser oída, su voluntad no puede ser cercenada", valoró la magistrada. 

“La parte económica la rechazo, yo quiero justicia, la justicia que usted determine después del juicio”, le dijo a la jueza Sandra Valenti una mujer que denunció a su exmarido por amenazas calificadas, proferidas en el marco de una relación violenta. Estas palabras fueron fundamentales para que la magistrada rechazara el pedido de suspensión de juicio a prueba solicitado por los abogados defensores del acusado, un hombre de 79 años identificado como Agustín Raúl Sarla.

El pedido se realizó en la primera audiencia del juicio, tras los alegatos de apertura de las partes, y Valenti suspendió el debate para analizar la pretensión de la defensa. Este martes se dieron a conocer los fundamentos del rechazo de la probation, que se basa principalmente en la voluntad de la víctima.

La acusación contra Sarla es llevada adelante por los fiscales Milagros Parodi e Ignacio Suasnabar, mientras que el hombre es asistido por los abogados defensores particulares Ignacio Alfonso Garrone y Clara Vazquez, quienes adelantaron a Aire Digital que apelarán la resolución de Valenti.

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Sarla es juzgado por dos hechos de amenazas calificadas y por la tenencia indebida de arma de fuego

Sarla es juzgado por dos hechos de amenazas calificadas y por la tenencia indebida de arma de fuego

“No puede ser desoída”

Sarla llega a juicio por dos hechos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego tras la denuncia de su exesposa, en octubre de 2020. El primero sucedió el 18 de octubre de 2020: según la Fiscalía, la mujer esperaba la visita de su nieto ese día, y Sarla puso todas sus armas largas una al lado de la otra en la galería de la vivienda. Luego, se sentó frente a la puerta con un arma en sus manos y dijo: "al que pase por la puerta lo bajo". Ante esto la mujer le dijo a su nieto que no vaya a la casa.

Tres días después, durante la noche del 21 de octubre, Sarla, ofuscado, golpeó un arma y un cuchillo en la mesa y manifestó: "no hagan enojar al manso, a ver quién me quiere agarrar de pelotudo". Al día siguiente la mujer decidió hacer la denuncia. En los alegatos de apertura la Fiscalía remarcó el "grado inusitado de irascibilidad y violencia que generaba temor en sus allegados".

Los defensores reclamaron el instituto de la suspensión de juicio a prueba, con una compensación económica para la víctima. Si bien la causa presenta los requisitos legales para la probation (el acusado no tiene antecedentes ni fue beneficiado previamente con este instituto y los delitos atribuidos tienen una pena que puede ser de ejecución condicional), la Fiscalía rechazó el pedido de los defensores, y también lo rechazó la denunciante.

La compensación ofrecida por Sarla a través de sus defensores era la suma de $1.500.000 en un único pago, el pago de un alquiler de un departamento de un dormitorio o monoambiente por el plazo de 36 meses con más expensas por un valor de $30.000 y el pago de la obra social por el plazo de 72 meses, a fin de solucionar las contingencias de la víctima y satisfacer las pretensiones de obra social y vivienda.

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Los fiscales se opusieron al pedido de suspensión del juicio

Los fiscales se opusieron al pedido de suspensión del juicio

Cuando se hizo ingresar a la sala a la denunciante, apodada Beba, se la puso en conocimiento del planteo realizado por la defensa, y del ofrecimiento como compensación. La mujer lo rechazó “olímpicamente”, en sus propias palabras: “la parte económica se discute en otro tribunal. Yo quiero justicia. Este señor no me hubiera echado del trabajo cuando fue secretario, me dejo sin manutención y ahora no sé porque me ofrece dinero cuando yo hace dos años tuve que salir de mi casa corriendo, hace dos años que estoy sin manutención, me echo del trabajo porque yo lo denuncie por violencia de género y terminó en un allanamiento, sus armas son todo en su vida. Mi situación no pasa por lo económico, quiero justicia, la justicia que usted decida después del juicio” le dijo Beba a la jueza.

En el caso no está controvertido que el imputado carece de antecedentes condenatorios y no ha sido beneficiado con anterioridad con el beneficio solicitado, no es funcionario público y de acuerdo a la escala penal de los delitos enrostrados, que fueran identificados anteriormente, la pena podría resultar de ejecución condicional”, valoró Valenti. “En este caso se trata de una persona de 79 años de edad, por hechos ocurridos hace dos años atrás y que no ha vuelto a tener contacto con la víctima”, agregó.

La magistrada valoró que la Fiscalía mencionó el contexto de violencia de género de manera “dogmática y abstracta”, sin haberlo desarrollado ni en los alegatos ni al momento de rechazar el pedido de probation: “ninguna ponderación realiza sobre el caso concreto, tampoco evalúa la verdadera dimensión de los hechos puestos en conocimiento, ni siquiera señala cuales son las razones de política criminal y/o el lineamiento en la persecución penal que hacen necesario continuar con el juicio”, remarcó Valenti.

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Los abogados defensores adelantaron a Aire Digital que apelarán la resolución de Valenti

Los abogados defensores adelantaron a Aire Digital que apelarán la resolución de Valenti

“Sin embargo, dentro de esta historia hay un sujeto que resulta relevante y no puede ser obviado, es la víctima”, sostuvo la jueza, víctima que “debe ser escuchada en lo que refiere a la reparación ofrecida”. A continuación la jueza repasó las palabras de la denunciante, quien sostuvo su pedido de justicia, por lo que Valenti entendió que “claramente la reparación no es lo que le interesa”.

En este sentido, la magistrada se preguntó si puede el Tribunal ignorar lo expresado por la víctima “¿puede cercenarle el derecho a dar cuenta de su padecimiento y limitarle el uso de la palabra sólo al aspecto económico? y la respuesta, conforme el compromiso asumido por el Estado Argentino de asumir políticas concretas en orden a proteger a las mujeres, es no: “los dichos de la señora son reveladores de una problemática vinculada a la violencia intrafamiliar, que dan cuenta de una demostración de poder de un hombre hacia una mujer, a la que no se trata como una igual. Es esa violencia ejercida por el hombre la que demuestra el poder que detenta sobre su víctima (mujer) y con ella pretende afectar el proyecto de vida de la misma para obtener la subordinación o sumisión deseada. Situación que no puede ser ignorada y debe ser investigada”, remarcó la jueza.

“Hacer oídos sordos al pedido de la víctima es dejarla nuevamente en soledad, y ello sí podría implicar una vulneración a sus derechos, los que deben ser tutelados en el ejercicio de la Jurisdicción” concluyó Valenti. La jueza dispuso también que el juicio a Sarla permanezca suspendido hasta que la presente resolución quede firme.

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