Fiscalía y querella irán a la Corte por el fallo que anuló la condena de un santafesino por abuso sexual

Presentarán en los próximos días recursos de inconstitucionalidad para llevar el caso ante el máximo tribunal de justicia de la provincia. Recientemente, un tribunal por mayoría consideró que hubo ocultamiento de una prueba a la defensa.

El reciente fallo fue dictado en la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe. 

El reciente fallo fue dictado en la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe. 

El reciente fallo judicial que anuló una condena por abuso sexual y, además, ordenó hacer un nuevo juicio e investigar a una fiscal de Santa Fe, será recurrido por la Fiscalía y la querella del caso.

Tanto la fiscal Jorgelina Moser Ferro, como los abogados querellantes Ignacio Alfonso Garrone y Clara Vázquez, pedirán a la Corte Suprema de Justicia provincial que revise la sentencia dictada que por mayoría decidió invalidar el fallo que impuso 11 años de prisión a Oscar Bolzico por el presunto ocultamiento de una prueba a la defensa.

Si bien aún los recursos aún no fueron presentados, ambas partes confirmaron a AIRE que plantearán la inconstitucionalidad del fallo dictado por los camaristas Oscar Burtik (votó en disidencia), Roberto Prieu Mantaras y Fernando Gentile Bersano que ordenaron realizar un nuevo debate.

Técnicamente, tanto la querella como la Fiscalía presentarán el recurso ante el tribunal que les dio el revés judicial. Sin embargo, de no ser admitido el planteo, el bloque acusador podrá ir en queja al máximo tribunal de justicia de la provincia, el cual deberá decidir si admite o no el recurso.

Desde la querella del caso, cuestionaron la resolución judicial al considerar que primero se deben medir los tiempos de las resoluciones judiciales ya que el tribunal tardó un año en dictar el fallo. Sumado a ello, los representantes de la víctima destacaron que los camaristas tergiversaron una prueba (la cual habría sido ocultada por Fiscalía y motivado la anulación del juicio) que “no conocen ni saben que dice”.

Un fallo dividido

La contienda judicial que derivó en la reciente resolución judicial se inició en 2023, cuando Bolzico, un santafesino de 72 años actualmente, fue imputado por el presunto abuso sexual de una mujer con retraso madurativo.

Edificio del Anexo de Tribunales de Santa Fe.

Edificio del Anexo de Tribunales de Santa Fe.

Durante investigación penal preparatoria, la entonces fiscal Alejandra Del Río Ayala ordenó recibirle declaración a una psicóloga particular que había entrevistado a la víctima en su espacio terapéutico posteriormente a ser denunciados los abusos. Según la defensa del caso, a cargo de Marcos Barceló, esa declaración no fue puesta a su disposición por parte de la Fiscalía y recién la conoció luego de la audiencia preliminar del juicio.

El abril del 2025, se inició el juicio contra Bolzico, oportunidad en la que su defensor solicitó que se incorporara “como prueba nueva” la entrevista realizada a la psicóloga particular de la víctima. Sin embargo, ese pedido fue rechazado por los jueces del tribunal (Susana Luna, Leandro Lazzarini y Pablo Ruiz Steiger) y tras culminar el debate, el imputado fue sentenciado a 11 años de prisión y declarado autor penalmente responsable de abuso sexual gravemente ultrajante calificado (por la guarda).

Revés judicial

La condena fue apelada por Barceló y un año después, un tribunal por mayoría resolvió anular la sentencia, hacer un nuevo juicio y que el fallo sea informado a la Fiscalía Regional y Auditoría para que se evalúe la participación de la fiscal Del Río Ayala por el presunto ocultamiento de una prueba.

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Según el voto del camarista Prieu Mantaras la defensa de Bolzico “fue privada de producir una prueba que, eventualmente, podría haber aportado a su teoría del caso y a la que no pudo acceder de modo efectivo, ya fuera porque no se encontraba incorporada en el legajo fiscal o porque, aun estando allí, no había sido individualizada ni puesta de manifiesto, ni resultaba accesible para el defensor, razón por la cual no pudo tomar conocimiento de dicha evidencia en tiempo oportuno”, sostuvo.

En línea con su par, el juez Gentile Bersano destacó no puede considerarse justo un debate, ni debido un proceso judicial en cual las partes acusadoras extirparon una prueba. “La prueba en cuestión es nada menos que la retracción de la víctima y en este juicio en ningún momento se reveló esta circunstancia, a punto tal que el tribunal dio cuenta de que la versión de aquella persistió en el tiempo, lo que no parece ajustarse a la realidad probatoria de la investigación preparatoria”, sostuvo.

El voto disidente

Por su parte, el camarista Burtnik, en minoría, no compartió la hipótesis de que la prueba haya sido ocultada por parte de la Fiscalía.

Según el juez, las líneas de investigación de la Fiscalía solo podían encaminarse en la dirección acusatoria, dado que el cúmulo de cargos contra el acusado era de tal magnitud que no dejaba espacio a "escenarios hipotéticos alternativos".

“La Defensa no se hizo cargo de probar que tal ocultamiento existe”, dijo en otro tramo el juez de segunda instancia.

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