Caso Moderno House: renunció un defensor y se suspendió una audiencia clave en la causa por estafas

Un cambio en la defensa del imputado obligó a suspender la audiencia que iba a realizarse este jueves en Tribunales en el marco de la causa por estafas

La firma apuntada por la Justicia tenía su local en Facundo Zuviría al 6600. 

La firma apuntada por la Justicia tenía su local en Facundo Zuviría al 6600. 

Los abogados defensores que asumieron la representación de Néstor Segovia y de Camila Dos Santos Rizzi en la causa por estafas de Moderno House, solicitaron suspender una audiencia clave prevista para este jueves, y que se establezca una prórroga a fin de poder acceder al legajo fiscal y preparar la defensa.

El pedido fue presentado por los abogados Jorge Questa y Ramiro Coso, de cara a una audiencia para imputar al titular de la empresa, Segovia, y a Dos Santos Rizzi, también ligada al comercio de construcción de casas prefabricadas.

La audiencia había sido fijada para este jueves 10 de septiembre, sin embargo, ante la renuncia días atrás del defensor Sebastián Oroño, y la reciente asunción en el cargo del abogado Questa, la audiencia fue suspendida para que el flamante defensor pueda acceder a la causa.

Damnificados en la puerta de la sede judicial en donde funciona la Fiscalía de Delitos Complejos.

Damnificados en la puerta de la sede judicial en donde funciona la Fiscalía de Delitos Complejos.

Audiencia suspendida

Los abogados defensores solicitaron la suspensión y reprogramación de la audiencia fijada para el 10 de septiembre con el argumento de que les resulta "materialmente imposible ejercer una defensa técnica real, eficaz y en condiciones de igualdad de armas" en el breve plazo disponible.

Questa explicó que los anteriores defensores renunciaron el 2 de septiembre, y que tras la notificación y designación formal, la nueva defensa contó con apenas tres días hábiles antes de la fecha de la audiencia, un margen insuficiente para examinar la causa y entrevistarse con el asistido.

El defensor sostuvo además que la defensa no había recibido una copia completa, ordenada y actualizada de la totalidad de las actuaciones y pruebas, y que la citación a la audiencia del jueves incluía la causa principal y varias causas acumuladas, involucrando múltiples hechos, personas y carpetas judiciales cuya relación y alcance no se encontraban delimitados.

En este sentido, Questa cuestionó que se anunciaron nuevas imputaciones, modificaciones respecto a la coimputada, nuevas declaraciones testimoniales e informes que la defensa aún no había podido individualizar ni auditar; además, la audiencia preveía la revisión de medidas cautelares conforme al artículo 225 del Código Procesal Penal, lo que podía comprometer la libertad personal del imputado sin haber podido estructurar un control probatorio adecuado.

En tanto, el defensor de Dos Santos Rizzi realizó un planteo similar: que el legajo le fue entregado de manera fragmentada e incompleta (en formato físico que debieron fotografiar y fotocopiar, y en formato digital parcial entregado recién días antes de la audiencia) y que a Fiscalía aún no había entregado la resolución de reapertura de la investigación, pieza indispensable para conocer la plataforma fáctica y jurídica formal sobre la cual se pretendía acusar.

Lisandro Aguirre, el juez que resolvió suspender la audiencia prevista para el jueves

Lisandro Aguirre, el juez que resolvió suspender la audiencia prevista para el jueves

Para Coso, llevar a cabo el acto procesal bajo esas limitaciones restringía severamente los medios para preparar la defensa, vulnerando el derecho a la defensa en juicio (art. 18 CN) y el principio de igualdad de armas.

El juez Lisandro Aguirre resolvió entonces suspender la audiencia del 10 de septiembre con el objetivo de resguardar la inviolabilidad de la defensa en juicio y garantizar el derecho a contar con el tiempo y los medios adecuados para preparar una defensa eficaz. Además, dispuso que las instancias procesales pendientes se sustancien en audiencias orales y públicas separadas: en primer término, la nueva audiencia imputativa para que imputados y defensa tomen conocimiento preciso de las imputaciones y elementos en su contra; y luego, una vez otorgado un plazo prudencial para el estudio de la causa tras la imputación, se deberá fijará la audiencia de revisión de la medida cautelar (art. 225 del CPP).

El juez también ordenó al Ministerio Público de la Acusación poner de inmediato a disposición de la defensa la totalidad del legajo de investigación, haciendo especial énfasis en su deber de lealtad y descubrimiento de evidencia (art. 132 del CPP) respecto de los elementos nuevos o desconocidos.

Allanamientos

En tanto, este miércoles agentes de la Policía de Investigaciones (PDI) realizaron cinco allanamientos en el marco de la causa; los procedimientos tuvieron lugar en una planta alta de Salvador del Carril y Alvear, a metros de la Comisaría Quinta; San Jerónimo al 2800; y Pasaje Lamadrid al 1500 de la ciudad de Santa Fe. Además, fue allanado un domicilio de calle Julio Argentino Roca al 8800 de Sauce Viejo y un hotel ubicado sobre la ruta 11, a la altura del 7800.

Los allanamientos se dieron a partir de una investigación que impulsa la fiscal del área de Delitos Complejos, Jesica Bernard -junto con el querellante de un grupo de damnificados, Ignacio Chigal- y se dieron en la antesala de una audiencia, ahora suspendida, prevista para este jueves a la que fueron citados los únicos imputados que tuvo la causa, Segovia y Rizzi.

Del archivo a un nuevo impulso

La causa penal contra Moderno House tuvo su origen entre 2023 y 2024 a raíz de una serie de denuncias presentadas por damnificados de la ciudad de Santa Fe y zonas aledañas. En su momento, las víctimas contrataron a la firma -dedicada a la venta e instalación de viviendas prefabricadas - entregando importantes sumas de dinero o ahorros para la concreción de sus viviendas.

Agentes policiales ingresaron en horas de la mañana a un domicilio de Salvador del Carril y Alvear de Santa Fe.

Agentes policiales ingresaron en horas de la mañana a un domicilio de Salvador del Carril y Alvear de Santa Fe.

Ante la falta de avance en las construcciones y el posterior abandono de las obras, la causa derivó en la apertura de un legajo judicial para investigar maniobras de fraude. A pesar de los reclamos e imputaciones realizadas durante la etapa inicial, la causa tuvo un revés desfavorable para los denunciantes en 2025, cuando el entonces fiscal del caso, Federico Grimberg, dictaminó el archivo de la causa al concluir que las conductas denunciadas no encuadraban dentro de la figura penal de estafa.

La postura del funcionario judicial sostuvo que los hechos investigados constituían en realidad un simple incumplimiento contractual derivado del fracaso edilicio de las obras prometidas, indicando que el reclamo debía canalizarse, quizás, a través de la Justicia Civil. La resolución del fiscal fue ratificada posteriormente por el fiscal regional de Santa Fe, Jorge Nessier, quien confirmó el archivo del caso al considerar fundado el criterio inicial.

Ante esta situación, la representación legal de los damnificados, llevada adelante principalmente por el abogado Ignacio Chigal, presentó un recurso extraordinario de revisión ante la fiscal general María Cecilia Vranicich.

Finalmente, a finales de mayo de 2026, la jefa de los fiscales hizo lugar al planteo presentado por la querella y dispuso dejar sin efecto el archivo y reabrir la investigación.En sus fundamentos, la fiscal general argumentó que existían peritajes, diligencias y evidencias aún no valoradas que resultaban clave para determinar si existió una maniobra engañosa.

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