La participación de Julio César Román como parte querellante en la causa que investiga la muerte de su hijo Diego aún no puede ser confirmada ya que la mamá del niño, María del Luján Cardozo, se opuso a través de su abogado, Dionisio Ayala. Diego Román fue encontrado sin vida, con lesiones en todo su cuerpo, en un descampado en Recreo en julio de 2019. Cardozo es parte del proceso desde el inicio de la investigación, mientras que el papá presentó su pretensión en noviembre del 2020.
El juez José Luis García Troiano admitió la pretensión de Julio César Román, representado por la abogada del Centro de Asistencia Judicial a la Víctima, Lucrecia Fernández, en una audiencia en la cual Ayala no participó por tener problemas de conexión. El letrado que representa a Cardozo apeló la decisión de García Troiano, y la audiencia de Cámara se realizó ante el juez Sebastián Creus en la sala 6 de los tribunales santafesinos.
Acusaciones cruzadas
Dionisio Ayala insistió en su rechazo a la posibilidad que Julio César Román también sea parte querellante en la causa. El letrado reiteró su reclamo por supuestas irregularidades en la investigación que llevan a cabo los fiscales de homicidios, Andrés Marchi y Ana Laura Gioria, y sostuvo que Román padre “no es legítimo interesado” en la causa.
Ayala recordó las denuncias radicadas ante el fiscal regional y el fiscal general por el actuar de los fiscales, así como ante la comisión de acuerdos de la legislatura provincial: “hay irregularidades, omisiones, ocultamientos de elementos de convicción... hubo una declaración de un testigo que vincula a Román, su pareja y a otros familiares como autores del homicidio, y no se ha investigado la posible participación del padre en esta causa”, sostuvo Ayala como argumento para rechazar la constitución de querella.
A su turno, Lucrecia Fernández, del CAJ, remarcó que Julio Cesar Román no sólo era el papá de Diego, sino que además era el encargado de su crianza ya que vivía bajo su cuidado en Recreo: “como tal es víctima y tiene derechos garantizados”, sostuvo la letrada.
Luego, Fernández se refirió a la postura del querellante Ayala y de la mamá del pequeño, quienes sostienen que Román es “sospechoso de ser homicida o encubridor de la muerte de su propio hijo”. La representante del CAJ cuestionó el accionar de Ayala, y remarcó que “por todos los medios se está desacreditando la formación de nuestros fiscales. Los fiscales Marchi y Gioria han evaluado los elementos de convicción y demás para que podamos ser querellantes… por un lado ponen la sospecha sobre el papá, y como eso es inconsistente ponen duda en el accionar del MPA, y no es así”, remarcó Fernandez.
La abogada insistió que jamás se tuvo a Julio Cesar Román como sospechoso, y recordó que fue él mismo quien denunció la desaparición del niño, que dio origen a la investigación.
Por último, cuestionó el modo de desempeñarse en la causa que emplea el abogado querellante Dionisio Ayala: “somos abogados, debemos comportarnos siempre con buena fe procesal, y siento que la querella está todo el tiempo descalificando al padre de una víctima, que no tiene que demostrar nada. Pido a las partes que actuemos con sentido común y buena fe procesal. Advierto que sería merecedor que intervenga el tribunal de ética de nuestro Colegio ya que debemos manejarnos siempre con la seriedad de los casos”, concluyó.
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"Incoherentes elucubraciones"
El fiscal de Cámara Jorge Nessier también cuestionó la labor del abogado querellante Dionisio Ayala, y sostuvo que ha impedido el contacto de la Fiscalía y María del Luján Cardozo. En este sentido relató “la Fiscalía convocó a la señora Cardozo como testigo, y fue convocada a través de la comisaría de Alejandra. Cuando fue el personal a notificarla en tal sentido, la señora Cardozo manifestó que su abogado le mencionó que no asista a ningún acto cuando la citen. Su abogado le está aconsejando que incumpla con cualquier citación, lo que indica más que una grave conducta de su parte”.
Al responder a la oposición de Cardozo para que Román sea querellante en la causa, el fiscal Nessier refirió al escrito presentado, en el que “Cardozo expresó su oposición por su su disenso respecto de la teoría del caso del MPA”. A continuación, el fiscal repasó la evidencia reunida en la causa, sobre la que se sostiene la acusación de la Fiscalía, “en base a la autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense de Santa Fe, reproducida por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Estas intervenciones médicas “establecieron que no se constataron lesiones producto de violencia física de índole mecánica o instrumental. Esto fue remitido al Cuerpo Médico Forense para el informe final de autopsia, realizado por Pimpinela -jefe del cuerpo medico forense santafesino- en agosto del 2020, quien sostuvo que las lesiones que produjeron la muerte del niño fueron ocasionadas en vida y por la acción de animales a la luz de la evidencia científica que surgieron de informes remitidos por el Laboratorio de Histopatología del Centro de Justicia Federal, dependiente de la Morgue Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
Finalmente, Nessier sostuvo que la hipótesis de la querella de Ayala y Cardozo, que Diego Román fue víctima de un homicidio calificado por premeditación y alevosía, se trata de “temerarias afirmaciones” ya que incluye calificaciones sin fundamento jurídico.
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El fiscal recordó que cada querella puede tener su propia teoría del caso que sea divergente con la fiscalía, por más que en este caso esa hipótesis “no encuentra sustento en ninguno de los elementos que obran en la causa, dentro de las ya mencionadas circunstancias objetivas que devienen de dos autopsias practicadas, una de ellas por el más prestigioso cuerpo médico forense del país, donde participaron al menos diez profesionales en esa autopsia”.
En este sentido, sostuvo que las sospechas de la querellante sobre una posible participación de Julio Cesar Román en la muerte de su hijo “no son compartidas por esta acusación pública, no existe ninguna evidencia, más allá de las incoherentes elucubraciones del apoderado de la señora Cardozo”, remarcó Nessier.
Finalmente, sostuvo que “no puede negarse la constitución como querellante en una causa sólo porque la otra parte cuestione el trabajo de los fiscales. Esa es una cuestión disciplinaria, en todo caso, que tendrá curso en los caminos correspondientes. Y hasta el momento nada se ha notificado al respecto”.
Por último, Néstor Pereyra, el abogado defensor del matrimonio imputado por homicidio culposo, las personas que tenían a su guarda los canes que se presume atacaron a Diego Román, también se opuso a la posible participación de Julio Cesar Román como querellante en la causa. Para Pereyra, la sospecha que Ayala y Cardozo tienen sobre el papá del niño es un argumento importante para oponerse a su presentación como parte en la causa.
Luego de las réplicas de los letrados, María del Luján Cardozo manifestó también por qué se opone a que el papá del niño pueda ser querellante: "dicen que los dos somos los padres, pero cuando Diego se perdió, no me avisó", cuestionó brevemente la mujer.
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