En febrero de 2019 la Cámara de Apelaciones confirmó las penas a prisión para dos abuelos y un tío de un niño, todos oriundos de Esperanza, condenados por abuso sexual en el marco de la denominada "Causa Baraldo". La investigación que culminó en la condena a los tres acusados se desarrolló en el MPA de Santa Fe, y estuvo plagado de situaciones polémicas, advertidas y denunciadas tanto por los fiscales como por los querellantes.
Varias de estas situaciones se replicaron en el debate, que en un primer momento se vio interrumpido y reanudado tiempo después con otro tribunal, que al momento de resolver, no omitió la intervención que tuvo la Junta Especial de Salud Mental en el proceso y remitió las actuaciones al MPA para que se investigue.
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La madre del pequeño víctima de los abusos y su pareja, presentaron una denuncia contra seis integrantes de la Junta Especial de Salud Mental, por considerar que elaboraron un dictamen “tendencioso y anormal”: la Junta debía realizar un dictamen sobre dos de los imputados por abuso, sin embargo, en su resolución intentaron desviar la atención hacia el padrastro del pequeño, sobre quien no pesaba ningún tipo de sospecha.
La denuncia comprende a la directora provincial de la junta, Alba B., al abogado Hugo H., a la psiquiatra Ana G., a la licenciada en trabajo social María Florencia S., a la psicóloga Miranda C. y a la licenciada en psicología Adriana F. Tres de estas personas además declararon en el juicio como testigos.
Según sostienen los denunciantes, que piden ser constituidos parte querellante en el proceso con representación de la abogada Celeste Roa Hertelendy, ese dictamen “tendencioso y anormal” suscripto por los miembros de la junta médica, también carece de rigorismo científico, y surgía contradictorio e ilegal, “inmiscuyéndose en cuestiones legalmente vedadas, extralimitándose en sus funciones y tareas asignadas”.
En la denuncia presentada contra los miembros de la Junta “han entrevistado a personas desconocidas en los autos de mención, a los efectos de formar un juicio de valor que beneficie a los que -en ese entonces-imputados, hoy condenados, Nidia Morandini y Victor Hugo Baraldo (fallecido).
Con este accionar, realizar actividades como las citadas ponen en riesgo toda la actividad jurídica, ya que “pasan por encima de los jueces”, que legos en la materia confían en las apreciaciones del equipo interdisciplinario como auxiliares de la justicia, sostienen los pretensos querellantes.
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Además, se recuerda que estas conductas “arbitrarias e ilegales desplegadas por los integrantes de la Junta", han quedado confirmadas con las declaraciones de los miembros de la junta en el juicio al que fueron citados como testigos tres de ellos: la directora, el abogado y la licenciada en psicología, “quienes han reconocido expresamente que no utilizan método científico alguno para arribar a sus conclusiones, sino que se fundamentan en su experiencia personal”.
En relación al informe realizado por la Junta Médica, los querellantes sostienen que “no resulta apropiado que hayan valorado la credibilidad del niño abusado por sus abuelos y su tío, sin haber tomado vista de las dos cámaras gesell y sin siquiera haberlo entrevistado, más allá de que como se menciona la Junta tiene como única función dictaminar sobre la capacidad mental de los imputados para entender la criminalidad de sus actos”.
Para los denunciantes, y así lo sostuvieron en su pedido de constitución como querellantes, la Junta ha evidenciado “un claro direccionamiento a favor de proteger a los acusados de haber cometido delitos contra la integridad sexual del menor, tratando de desviar la atención a otras personas que no han sido traídas al proceso”, y el informe elaborado es contrario a la ley que reglamenta su actividad.
Finalmente, los querellantes solicitaron que los profesionales denunciados sean imputados por la comisión del delito de violación de los deberes de funcionario público, y posible comisión de entorpecimiento probatorio, prevaricato como auxiliar de justicia. La audiencia de constitución de querellante había sido fijada para este martes a las 14:30, sin embargo se vio suspendida una vez más ya que "no es urgente" y puede ser reagendada.
La causa
Victor Hugo Baraldo, Nidia Morandini y Juan Pablo Baraldo fueron condenados en juicio oral y público como autores del delito de abuso sexual agravado en perjuicio de un niño, nieto y sobrino respectivamente de los imputados.
La investigación comenzó en el año 2014 tras una denuncia de la mamá del pequeño, primero a cargo de la fiscal de Esperanza Clelia Torssero, quien imputó al abuelo del niño. Luego la causa fue remitida a Santa Fe, donde los fiscales Omar De Pedro y Daniel Filipi vincularon también a la abuela y el tío del menor, tras su declaración en cámara gesell.
Finalmente el juicio se desarrolló en 2018 e impuso condenas de entre 16 y 20 años de prisión. El fallo fue confirmado por la Cámara de Apelaciones en todos sus extremos en febrero de 2019. Para esta instancia, Victor Hugo Baraldo había fallecido a causa de problemas cardíacos en su lugar de detención.
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