Cuando Gaitán decidió denunciar, la mujer comenzó a hostigar también de manera anónima a la abogada que patrocinaba a la víctima, a través de mensajes y correos electrónicos. Paradójicamente, esta nueva víctima era colega y amiga suya.
La mujer fue imputada en septiembre de 2023 y la causa se cerró esta semana a través de una suspensión de juicio a prueba, conocida como probation: es decir que, si la imputada cumple con los términos del acuerdo y no vuelve a cometer un nuevo delito por dos años, se dicta el sobreseimiento.
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La probation lleva la firma de la fiscal del MPA María Lucila Nuzzo, de la imputada María Sol F., de sus abogados defensores Clara Vázquez e Ignacio Alfonso Garrone y de las dos víctimas de los hechos: Gaitán y la abogada, que quiere mantener en reserva su identidad.
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La audiencia de probation se realizó en los tribunales santafesinos
Amenazas coactivas y reiteradas
El escrito precisa los hechos atribuidos a la imputada, quien realizó entre el 14 de enero de 2022 y el 19 de mayo del 2022, al menos un total de 1700 llamadas anónimas al teléfono personal de Gaitán, diciéndole en una oportunidad una voz masculina, modificada “Te vamos a reventar” y en las restantes, manteniéndose en línea guardando silencio pero oyéndose el sonido de la respiración, y que marcaban números.
El hombre se sintió amedrentado por las llamadas, debido a la modalidad, insistencia, duración y cantidad de llamadas, que se desarrollaban durante todo el día incluso durante la madrugada; la víctima comenzó a vivir con miedo permanente y debió iniciar un tratamiento psicológico y médico por las consecuencias del estrés, además de generarle perjuicios comerciales – empresariales y personales.
Los informes periciales permitieron determinar que algunas de esas llamadas fueron realizadas desde la línea telefónica de la abuela de la imputada y otras desde el teléfono de su padre.
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El acuerdo fue avalado por el juez Octavio Silva
Maiquel Torcatt / Aire Digital
En cuanto a las amenazas proferidas a la abogada del empresario una vez que este decidió denunciar, le envió un mensaje a la profesional diciéndole que habían presentado una denuncia falaz y que “se metieron con las personas equivocadas. Todo vuelve. Mili denunciada por injuria y Sol por Amenaza. Quiero ver que hacen cuando vean que mentir en la denuncia los perjudicó a ustedes. Chau. Se metieron con alguien más viva que ustedes. Les va a salir el tiro por la culata y voy a disfrutar el momento. (...) Vos los vas a defender a los chicos cuando los demande por injurias y calumnias y eso? Y con sol como vas a hacer si capaz alguien usa el número de ella?”.
La imputada, amiga de la profesional que representaba al empresario, le refirió además que ella también había recibido mensajes intimidatorios, y señaló como autora de las amenazas a una expareja de Gaitán.
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Finalmente, en mayo de 2022, F., valiéndose de información obtenida de un vínculo personal que mantenía con un empleado del MPA, y simulando ser víctima de un delito, le solicitó información, para luego utilizarla enviando varios mails desde un remitente desconocido, a Gaitán, a su abogada y a su propio correo personal, con el asunto “IMPORTANTE” con una captura de pantalla del sistema informático del MPA donde constan datos de la denuncia; esta maniobra tenía como fin amedrentar a Gaitán para que no continúe con la denuncia, y a la abogada para que no asuma su representación.
Los hechos fueron calificados como amenazas reiteradas calificadas por ser anónimas, en perjuicio de Gaitán; amenazas coactivas agravadas por ser anónimas, en perjuicio de la abogada, y amenazas coactivas reiteradas, en perjuicio de ambos.
Suspensión de juicio a prueba
Los alcances del acuerdo, que fue avalado por el juez penal Octavio Silva, comprenden una serie de cuestiones que F. deberá realizar y algunas de ellas mantener durante dos años, para que la causa se cierre con el dictado de su sobreseimiento.
Respecto a las amenazas proferidas a la abogada, la víctima solicitó que F. realice una reparación económica de $600.000 en dinero en efectivo hacia la entidad publica ANIMALES EN ADOPCION SF; una medida de distancia a una distancia no inferior a los 200 metros respecto a la víctima y un impedimento de contacto absoluto y por cualquier medio.
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Respecto a la víctima Gaitán, la mujer deberá realizar una reparación económica cuyo monto no trascendió y enviarle una carta de disculpas; medida de distancia a una distancia no inferior a los 200 metros respecto a la víctima y un impedimento de contacto absoluto y por cualquier medio telefónico, redes sociales, terceras personas, etc. por el término de dos años.-
En cuanto a las reglas de conducta, deberá fijar domicilio con aviso a la Oficina de Gestión Judicial y al Ministerio Público de la Acusación de cualquier modificación del mismo; someterse al control de la Dirección de Asistencia y Control Post Penitenciario; abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes y de portar armas de fuego.