El juicio a la policía y docente de San Javier, Tania Cion, acusada del homicidio calificado de su novio Federico Rodríguez, tuvo este martes su jornada de alegatos de clausura. Con un fuerte análisis del contexto de violencia de género, las partes sostuvieron sus pretensiones iniciales: la Fiscalía y la querella reclamaron la condena a prisión perpetua de la acusada mientras que las defensoras públicas sostuvieron el pedido de absolución por legítima defensa.
Rodríguez fue asesinado de un disparo en el tórax el domingo 12 de enero de 2020, en la puerta de la casa de Cion. La mujer fue acusada como autora de homicidio calificado por el vínculo y por el empleo de arma de fuego por la Fiscalía y enfrenta una posible pena a prisión perpetua; los querellantes agregaron también el agravante de alevosía. En tanto, para la defensa corresponde que la mujer sea absuelta por haber actuado en legítima defensa en contexto de violencia de género, o que se apliquen los atenuantes excepcionales por el contexto de violencia de género.
El juicio se desarrolló en la sala 6 de los tribunales santafesinos, ante los jueces Leandro Lazzarini, Octavio Silva y Pablo Ruiz Staiger. La acusación fue llevada adelante por el fiscal de San Javier, Francisco Cecchini, junto a la fiscal de homicidios Ana Laura Gioria, y los abogados querellantes Juan Bautista Fossa y María Cristina Von Wartburg. Por su parte, la acusada Cion fue asistida por las defensoras públicas Virginia Segado y Leticia Feraudo.
Prisión perpetua
En un primer turno, el fiscal Cecchini sostuvo que en el juicio se pudo comprobar la hipótesis fiscal: que Cion disparó contra Federico desde adentro de la casa cuando él se estaba retirando del lugar. El fiscal manifestó que desde un primer momento abordó la investigación con perspectiva de género, y que sin embargo la amplitud probatoria desacreditó el relato brindado por la acusada al inicio del juicio.
Cion sostuvo que ese domingo había discutido con Federico, que habían forcejeado, que él la había tomado de los pelos y golpeado contra la cabecera de la cama y que luego se puso a buscar por todos los cajones el arma de la mujer. Cecchini repasó la prueba que puso en crisis esta versión: la casa estaba ordenada, el vecino no había escuchado peleas, el arma y las municiones estaban a mano, la cama estaba tendida y cuando el médico policial revisó a Cion no encontró ninguna lesión.
“La prueba contradice la declaración de Cion: no hubo amenazas, no hubo forcejeos, no hubo golpes, no hubo pelea. El único hecho de violencia acreditado fue el disparo de Cion”, sostuvo el fiscal. Cecchini sostuvo que según la prueba producida no existió entre Federico y Tania una relación desigual de poder, que haya puesto en riesgo la integridad física y mental de la acusada: “era una mujer independiente, viuda, que tenía tres hijos a su cargo, con dos trabajos y vida social activa a través del deporte; esas circunstancias no cambiaron en toda la relación con Federico”, explicó el fiscal.
“Fue él quién dejó de salir, de juntarse con los amigos, de fumar adelante de ella, por más saludable que era la sugerencia, o ejercés el poder y someter al otro, o sos el sometido. Tania nunca cambió su vida”, comparó Cecchini. Luego, el fiscal agregó que “desde el primer momento la Fiscalía analizó si hubo una relación asimétrica, si Federico sometió a Tania; se abordó el caso con perspectiva de género, pero no encontramos elementos, más bien la evidencia apuntaba a lo contrario: Tania atacó a Federico, no se defendió de él”, concluyó.
A su turno, los abogados querellantes adhirieron a los planteos del fiscal, y agregaron el agravante de la alevosía, por considerar que la mujer actuó sobre seguro y a traición. Además, remarcaron que como personal y docente está en constante capacitación, es una persona preparada e instruida para actuar ante situaciones de violencia: “Cion no tuvo riesgo, todo el riesgo lo tuvo Federico”, concluyeron los abogados querellantes.
Legítima defensa en contexto de violencia de género
Antes de que las defensoras públicas realizaran los alegatos, Cion pidió volver a declarar: dijo que el médico policial no la revisó como declaró en el juicio y que ella le manifestó que le dolía la cabeza. También sostuvo que sus superiores en la comisaría de la Mujer mintieron cuando relataron por qué fue corrida de su puesto, y que va a denunciar el falso testimonio.
Al momento de alegar, Feraudo sostuvo que Tania se encontraba inmersa en un círculo de violencia y que la Fiscalía descreyó del contexto de género, de las declaraciones de las hermanas de Tania y de sus hijos: “no seguir esa línea de investigación nos trajo a este debate, que no se debería haber hecho”, sostuvo la defensora.
Luego, Feraudo precisó que debe analizarse la legítima defensa según el contexto de violencia de género como establece el comité de seguimiento de la Convención de Belém do Pará, que busca erradicar la violencia por cuestiones de género. Según este comité, en cuestiones de género no se puede analizar la legítima defensa con los estándares que establece el código penal sobre el riesgo inminente, la proporcionalidad del medio empleado, etcétera. “En contexto de género el riesgo es inminente siempre, basta que la mujer tema un peligro inminente para que pueda defenderse, es un derecho de las mujeres”, sostuvo Feraudo.
A continuación, Segado se encargó de analizar la prueba producida en el juicio: “se probó que la relación estaba signada de todo tipo de violencia: Federico no respetaba la privacidad de Tania, entraba a la casa sin permiso, la celaba”. Luego recordó la declaración de un compañero de la mujer, quien relató cómo el muchacho la tomó de los pelos delante de él y de sus hijos cuando se encontraron en una estación de servicio.
Segado recordó también las declaraciones de las hermanas de la acusada, en especial de una de ellas que sostuvo haber tenido intención de hacer la denuncia y que no lo hizo por pedido del padre de Federico, también policía. La defensora recordó luego la exposición de los mensajes que el joven le enviaba a través de las redes sociales, con insultos, amenazas, pidiéndole que lo desbloquee y que le responda; repasó también la declaración de la amiga de Cion, ella misma víctima de violencia de género, quien entendía por qué Tania no denunció, por qué no pudo pedir ayuda.
Por último repasaron lo ocurrido el domingo 12 de enero de 2020: “según la declaración de Tania Federico estuvo cuatro horas dentro de su casa, hostigandola; ella le escribió a una amiga para que vaya, él le agarró el celular y lo tiró. Forcejean, lo sacó de la casa, y cuando vio que se acercaba a la ventana agarró el arma y disparó”, enumeró Segado.
“Tania actuó en legítima defensa en contexto de violencia de género, toda agresión es ilegítima en ese contexto, el riesgo era inminente, porque la violencia era constante; no le quedó otra opción, en ese momento era ella o él. Lo que pasó ese día fue la respuesta de Tania a las permanentes agresiones y hostigamientos de Federico”, culminaron las defensoras.
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