Malas noticias para el jefe de Los Copitos: la Corte Suprema confirmó la condena por tenencia ilegítima de dos DNI
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena contra Nicolás Carrizo, el jefe de Los Copitos, por tenencia ilegítima de documento nacional de identidad.
El jefe de Los Copitos Nicolás Carrizo fue absuelto por el delito de intento de homicidio pero resultó condenado por tenencia ilegítima de dos DNI.
Nicolás Carrizo, el jefe de Los Copitos que fue absuelto por pedido de la fiscalía y la querella en la causa por el atentado contra la ex presidenta Cristina Kirchner, no tuvo suerte sin embargo en la Corte Suprema de Justicia en otra causa: el máximo tribunal dejó firme su condena a un año de prisión por tenencia ilegítima de documento nacional de identidad.
La causa se inició en el marco de la investigación por el atentado contra la ex presidenta en 2022, en la que Carrizo estuvo detenido durante dos años y 11 meses hasta que fue liberado en el momento de los alegatos del juicio.
Los jueces de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisible la presentación del líder de Los Copitos.
Durante la investigación de esa causa, a Carrizo se le adjudicó haber tenido ilegítimamente bajo su ámbito de disposición hasta el 14 de septiembre del 2022 –cuando fue arrestado- en su casa, en Morón, dos DNI ajenos y auténticos. Estaban "dentro de una caja de teléfono celular, en una cajonera ubicada en el interior de una habitación del inmueble en que vivía".
Por ese hecho fue juzgado por un tribunal de San Martin a cargo del juez Matías Mancini, que lo condenó a un año de prisión en suspenso en noviembre del 2023. Según dice el fallo, la titular de uno de los DNI declaró que lo había perdido "hacía varios años" y que nadie se contactó para devolverlo. Carrizo dijo que la policía se lo había planteado en el allanamiento. “Ninguna evidencia producida justifica dar entidad a esa sospecha", señaló el juez.
En mayo del 2024, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa decisión. La defensa de Carrizo presentó un recurso extraordinario que llegó en queja a la Corte Suprema de Justicia. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron la presentación por inadmisible, bajo el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En otro juicio, Sabag y Uliarte también habían sido condenados por tenencia ilegal de documentos y, en su caso, el TOF 6 unificó las penas cuando dispuso su condena por el intento de homicidio. La absolución de Carrizo en ese expediente, en tanto, se encuentra firme porque no fue apelada.