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Judiciales Justicia | San Isidro | Juan Grabois

La Justicia de San Isidro quedó a cargo de investigar una denuncia de Juan Grabois por supuestas amenazas

La Corte Suprema resolvió un planteo de competencia entre la Justicia de Buenos Aires y la federal por la causa que investiga amenazas contra Juan Grabois.

El dirigente social había denunciado que, en abril del 2023, dos presuntos policías bonaerenses llegaron hasta su casa, en la localidad bonaerense de Villa Adelina, por una supuesta denuncia anónima.

"En una situación poco clara, dos agentes de la Policía Bonaerense se apersonaron en mi residencia familiar y domicilio particular ubicado en Villa Adelina, a raíz de una supuesta denuncia efectuada por alguien en forma anónima respecto de que, en ese momento, se estaban cometiendo delitos contra menores en ese domicilio", detalló.

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Los jueces de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti decidieron que el caso se deberá tramitar en el juzgado de Garantías de San Isidro.

Los jueces de la Corte Suprema Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti decidieron que el caso se deberá tramitar en el juzgado de Garantías de San Isidro.

En función de que, en ese momento, nadie atendió a los efectivos porque no había nadie en el domicilio, una vecina de la casa lindera se acercó al escuchar los golpes y gritos de los agentes para conocer los motivos del apersonamiento policial", abundó.

Según explicó el dirigente social, enterado del hecho, con posterioridad intentó "obtener información al respecto", pero sin éxito: "Nadie supo decirme qué fue lo que efectivamente sucedió".

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En ese momento, Grabois hizo la presentación ante el juzgado federal 8 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del juez Marcelo Martínez De Giorgi, en el marco de una ampliación de sus denuncias como querellante contra la agrupación Revolución Federal. Al ampliar la denuncia, el dirigente social precisó que había recibido una citación para que su hijo menor de edad se presentara en el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Tanto la fiscalía como el juzgado de Comodoro Py 2002 no encontraron pruebas para vincular el hecho denunciado en su casa con las actividades de la agrupación Revolución Federal y mandaron la denuncia a la justicia local de San Isidro, en la provincia de Buenos Aires, Cámara Federal de San Martin. El juez provincial, sin embargo, entendió que la decisión era prematura y que no se habían determinado fehacientemente las circunstancias de los sucesos denunciados.

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El Procurador General interino Eduardo Casal dictaminó que el caso tramitara en San Isidro. “Toda vez que la competencia penal en razón del territorio se establece atendiendo al lugar donde se ha cometido el delito, y que de los dichos del denunciante que no se encuentran controvertidos por otros elementos de la causa se desprende que la supuesta falsa denuncia se produjo en la localidad de Villa Adelina y que, por el momento, no se advierten otros motivos que pudieran justificar la jurisdicción federal de naturaleza excepcional e interpretación restrictiva (Fallos: 316:795; 323:3289 y 340:895), opino que corresponde al juzgado de Garantias conocer en la presente causa, sin perjuicio de lo que resulte del trámite ulterior”, señaló.

Coincidiendo con esa interpretación, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti indicaron que el caso se deberá tramitar en el juzgado de Garantías 1 del Departamento Judicial de San Isidro para su esclarecimiento.

La resolución de la Corte Suprema

Fallo Corte amenazas Grabois