La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este martes su condena a 15 años de prisión por organizar la venta de casi 500 kilos de marihuana secuestrados en 2017 en la provincia de Río Negro. Pero además rechazó los planteos de su defensa contra el régimen de detención para presos “de alto riesgo” que dispuso el Ministerio de Seguridad de 2024 y por mayor flexibilidad en el permiso de visitas.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema rechazó tres de los recursos que habían presentado sus defensores, por considerarlos inadmisibles. Sobre Alvarado pesa una pena de prisión perpetua por orden de la Justicia provincial.
Alvarado editada nueva.jpg
Esteban Alvarado cumple una condena de prisión perpetua por una causa tramitada en la Justicia provincial.
Condena a 15 años
En la mañana del 24 de noviembre de 2017, personal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) se comunicó con el Cuerpo de Seguridad Vial de la ciudad de General Roca de la Policía de la Provincia de Río Negro y denunció que, al inspeccionar la cabina de un camión Scania con semirremolque Random, percibieron un fuerte olor a marihuana y observaron bultos envueltos en nylon en la zona de la cama ubicada tras los asientos. También, señalaron que, instantes antes, pasó un Chevrolet Vectra blanco, que esperó en la banquina mientras el camión era revisado.
Así, personal policial montó un control vehicular sobre la Ruta Provincial N°6, en las inmediaciones de la Central Térmica Roca, donde detuvieron el Chevrolet Vectra, que manejaba José Luis Di Marco con Ricardo Ariel Ianni como acompañante. Al advertir el procedimiento, el camión Scania en el que viajaban los hermanos Jesús José y Marcos Esteban Rodríguez quiso evadirlo, pero fueron detenidos en la banquina. Al revisar el camión encontraron 493,937 kilogramos de marihuana, acondicionados en 79 bultos dentro del vehículo y otros 21 paquetes en el semirremolque.
En mayo de 2019, el Tribunal Oral Federal de General Roca condenó a Ianni y a Jesús José Rodríguez a las penas de seis años y cuatro meses de prisión, y seis años de prisión -respectivamente-, multa, accesorias legales y costas, como coautores del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte, agravado por haber sido cometido por la intervención de tres o más personas. Por su parte, Marcos Esteban Rodríguez y José Luis Di Marco, fueron condenados a cuatro años de prisión, multa, accesorias legales y costas, como partícipes secundarios del mismo delito. También, se dispuso el decomiso de los vehículos utilizados para la maniobra.
rosatti rosenkrantz y lorenzetti.jpg
Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema rechazó tres de los recursos que habían presentado los defensores de Esteban Alvarado.
A partir de una investigación iniciada en 2018 y llevada adelante por la justicia ordinaria santafesina contra Alvarado por un homicidio, se determinó que el camión que transportaba la droga era propiedad de Toia SRL, sigla de los nombres de Nadia Toledo y Ricardo Ianni. Justamente Ianni figuró entre las visitas que recibía en la cárcel Alvarado entre 2012 y 2018 mientras cumplía una condena por robo de autos. En su testimonio, el hombre contó que, por la pérdida de la droga, Alvarado se había quedado con un galpón que era de su propiedad
Toledo, por su parte, fue condenada por lavado de activos y como miembro de una asociación ilícita liderada por "El Esteban". Cabe destacar que el semirremolque secuestrado estaba a nombre de Roberto Peralta, exchofer de la empresa Logística Santino (controlada por el jefe de la banda a través de su exesposa, Rosa Capuano) y registrado como empleado de Jorge Benegas, un hombre condenado el año pasado como mano derecha del jefe de la organización y operador comercial.
Peralta declaró en el juicio y aceptó que era un “prestanombre”, como lo habían indicado en sus testimoniales dos exmiembros “arrepentidos” de la banda, Martín Ortigala y el mecánico Carlos Argüelles, este último asesinado en septiembre del año pasado tras convertirse en imputado colaborador en contra de su exjefe.
LEER MÁS ► Detuvieron a Rodrigo Ortigala, ex integrante del clan Alvarado que luego se pasó a Los Monos
Para el fiscal Fernando Arrigo quedó evidenciado durante el debate que el envío de drogas al sur fue coordinado por Alvarado cuando estaba en la cárcel y "seguía cometiendo ilícitos” También que quedó demostrado “la complicidad de un sector de la policía” con Alvarado, que le "tarifaba" ese presunto encubrimiento. “En una escucha aparece un policía diciéndole cómo evitar los controles de Gendarmería” y cómo se organizaba la venta de drogas a través de menores que no eran imputables.
El TOF lo condenó a 15 años de prisión. En septiembre del 2023 la Sala II de la Cámara Federal de Casación rechazó por mayoría la apelación. A través de un recurso extraordinario llegó en queja a la Corte Suprema, que hoy decidió desestimarlo.
Resolución del Ministerio de Seguridad
La resolución nº 35/2024 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el 25 de enero del 2024 ordenó implementar el "Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo en el Servicio Penitenciario Federal", en el que fue incluido Alvarado, preso en la cárcel de Ezeiza.
LEER MÁS ► Rosario: el "Gordo Jony", presunto narco ligado a los Alvarado, quedó en prisión preventiva
Su defensa reclamó ante el Tribunal Oral Federal de Rosario la inconstitucionalidad de esa resolución por entender que iba en contra de sus derechos y, en subsidio, reclamó que esa disposición no podía aplicarse hacia él. Tanto el tribunal como la Cámara Federal de Casación Penal rechazaron el pedido. La Corte desestimó ahora el pedido.
Visitas
En febrero de 2023 el TOF había ordenado extremar las condiciones de seguridad en el marco de la detención, con el fin de evitar una posible fuga. A fines del año pasado, la defensa pidió que se autorizada tener contacto físico con su esposa y su hijo, así como ampliar el régimen de comunicaciones telefónicas.
Eso fue autorizado por la jueza de instrucción, pero la fiscalía apeló y por mayoría el TOF de Rosario hizo lugar a los planteos. Casación convalidó esa decisión. La defensa buscó llegar en queja a la Corte, pero el recurso extraordinario fue desestimado.