El último cambio importante en el Impuesto a las Ganancias se produjo en diciembre de 2023, cuando el Congreso aprobó la ley 27.725. Esta ley establece que la mayoría de los empleados en relación de dependencia dejarán de sufrir retenciones del Impuesto a las Ganancias a partir de 2024.
Sin embargo, esta ley no está exenta de polémica. Algunas provincias, que pierden parte de la coparticipación federal por la aplicación de esta ley, han pedido que se retrotraiga la medida.
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En este contexto, surge la pregunta de qué pasará con el sueldo de diciembre de 2023, que se pagará en enero de 2024.
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Los sueldos de diciembre no pagarán Impuesto a las Ganancias.
Según las normas vigentes al momento del pago, que es el decreto 473/23 y la ley 27.725, podría entenderse que los empleados que cobren en enero (percibido) hasta 15 SMVM, a pesar de estar afuera del decreto, que fijaba 15 SMVM, quedarían cubiertos por el puente legal que da la ley (aún vigente) 27.725. Esto será hasta que la ley siga vigente.
Sin embargo, si la ley 27.725 se revierte, los empleados que cobraron el sueldo de diciembre en enero de 2024 tendrán que reintegrar parte del sueldo por el impuesto retroactivo generado.
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Por lo tanto, la respuesta a la pregunta de qué pasará con el sueldo de diciembre y el Impuesto a las Ganancias es que, por el momento, los empleados que cobren hasta 15 SMVM no tendrán que pagar impuestos. Sin embargo, si la ley 27.725 se revierte, los empleados tendrán que pagar impuestos retroactivos.