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Alerta Empleadas Domésticas: es oficial la convocatoria para definir un nuevo aumento salarial

Las trabajadoras de casas particulares absorbieron en junio el tercer y último tramo de incremento del 27%, lo que dejó un haber bruto mensual para el Personal de tareas generales de $ 90.841 con retiro y $ 101.014 sin retiro.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó este miércoles la segunda convocatoria anual en la que la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (CNTCP) se reunirá el próximo martes 25 de julio a fin de activar la revisión de la paritaria 2023 de las Empleadas Domésticas.

A través de la Resolución 3 y menos de una semana de la actualización trimestral del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), la mejora se acoplará a la recomposición activa desde abril en un 27%.

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Empleadas domésticas: cuándo se define el próximo aumento

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Empleadas domésticas: cuándo se define el próximo aumento.

Empleadas domésticas: cuándo se define el próximo aumento.

La sesión de la CNTCP que definirá el próximo aumento para el pleno de las trabajadoras de casas particulares, tendrá lugar el martes 25 de julio a las 11 hs, en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Empleadas domésticas: de cuánto será la suba salarial estimada

Las trabajadoras de casas particulares absorbieron en junio la última cuota de incremento de actualización salarial trimestral del 27%.

La mejora oficializada a través de la Resolución 2/2023, estableció un ingreso mensual de $95.345,5 para el Personal de Tareas Generales sin retiro, categoría que, ante el nuevo valor del Salario Mínimo, requeriría de una suba no inferior al 10,65% a fin de encuadrarse dentro de los márgenes legales establecidos en la Ley Nº 24.013.

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Categorías de Empleadas domésticas y cuánto cobra cada una en julio 2023

  • Supervisor y Supervisora: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;
  • Personal para tareas específicas: cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal;
  • Caseros y caseras: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo;
  • Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores;
  • Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
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Fuente: AFIP.

Fuente: AFIP.

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