Los hospitales nacionales comenzarán a cobrarles la atención médica a los extranjeros no residentes

La medida fija el procedimiento para recuperar los costos de las prestaciones en los centros de salud dependientes de Nación.

Las emergencias médicas quedarán exceptuadas del pago previo.
Las emergencias médicas quedarán exceptuadas del pago previo.

El Ministerio de Salud formalizó el procedimiento para cobrar la atención médica a los extranjeros sin residencia permanente en los hospitales administrados por el Gobierno Nacional. La medida se instrumentó mediante la Resolución 1066/2026, publicada este martes 11 de agosto en el Boletín Oficial, la cual reglamenta los cambios aplicados a la Ley de Migraciones a través del Decreto 366/2025.

La normativa diferencia el acceso entre las personas con residencia permanente y quienes no poseen dicha condición. A su vez, delimita la nómina de centros de salud nacionales alcanzados por el esquema y garantiza la atención en casos de emergencia, independientemente del estado migratorio o los recursos económicos del paciente.

Los mecanismos de cobro para extranjeros no residentes

El Procedimiento Operativo para la Atención Sanitaria de Personas Extranjeras contempla dos vías de cobro. Si la persona no residente posee un seguro de salud válido, el centro médico conformará un legajo, notificará a la aseguradora en un lapso de 24 horas y emitirá la factura electrónica correspondiente para recuperar los costos.

En caso de no disponer de cobertura privada, la institución elaborará un presupuesto y cobrará el servicio antes de brindar la prestación. Esta metodología abarcará a las prácticas habituales que no encuadren en situaciones de urgencia.

Por su parte, las personas con residencia permanente mantendrán el acceso gratuito al sistema público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos. Para certificar esta condición, el paciente deberá presentar el DNI para extranjeros vigente con la categoría correspondiente o, en su defecto, la Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones.

El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el arancelamiento de las prestaciones médicas a extranjeros sin residencia.

El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el arancelamiento de las prestaciones médicas a extranjeros sin residencia.

Cuáles son los hospitales nacionales alcanzados por la medida

El nuevo esquema no se aplicará de forma automática en la totalidad de los nosocomios públicos del país, sino en aquellos bajo la órbita de la administración nacional. Entre las instituciones afectadas figuran:

  • Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas (El Palomar, Buenos Aires).

  • Hospital Nacional Baldomero Sommer (General Rodríguez, Buenos Aires).

  • Hospital Nacional Ramón Carrillo (provincia de Buenos Aires).

  • Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (Mar del Plata).

  • Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones Lic. Laura Bonaparte (Ciudad de Buenos Aires).

La cartera sanitaria fundamentó la iniciativa en la necesidad de unificar criterios de cobro y recuperar los costos de los servicios brindados a no residentes, sumándose a las medidas que ya implementaron diversas jurisdicciones provinciales.

Excepciones por emergencias médicas

La normativa exceptúa del pago previo a las emergencias médicas. En estos casos, el personal de salud no podrá negar, limitar ni demorar la asistencia por tramitaciones administrativas.

La reglamentación encuadra como emergencia a toda condición que implique un riesgo cierto e inminente para la vida o para la función de un órgano. El listado incluye cuadros como paros cardiorrespiratorios, accidentes cerebrovasculares, politraumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras severas, emergencias obstétricas o pediátricas y cualquier otra patología donde el profesional a cargo determine la necesidad de una intervención inmediata.

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