Tenía 5 años, cayó de un inflable de 3 metros en una fiesta escolar y recibirá más de $27 millones

El accidente ocurrió en 2019 durante una actividad organizada por un colegio de San Martín. El niño sufrió dos operaciones, quedó con secuelas físicas y psicológicas y la Justicia confirmó la responsabilidad de la institución y de la aseguradora.

La caída le provocó una fractura, dos operaciones y secuelas físicas y psicológicas permanentes. La Justicia confirmó una indemnización de $27,62 millones más intereses.

La caída le provocó una fractura, dos operaciones y secuelas físicas y psicológicas permanentes. La Justicia confirmó una indemnización de $27,62 millones más intereses.

El accidente ocurrió durante una fiesta escolar y provocó graves consecuencias para el chico. Siete años después, la Justicia confirmó que el colegio deberá indemnizarlo por las lesiones que sufrió tras caer desde un inflable de aproximadamente tres metros de altura.

El hecho ocurrió el 13 de julio de 2019, cuando el menor tenía apenas cinco años y participaba de una actividad recreativa organizada por el Instituto Nuestra Señora de la Merced, perteneciente a la Diócesis de San Martín.

La caída le provocó una grave fractura en el brazo izquierdo. El niño debió ser intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades y, según determinaron posteriormente los peritos, quedó con una incapacidad física permanente. Además, recibió tratamiento psicológico por las consecuencias que le generó el accidente.

La resolución fue ratificada por la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que mantuvo la responsabilidad del establecimiento educativo y de la compañía aseguradora.

Cómo ocurrió la caída durante la fiesta escolar

El accidente sucedió mientras el chico jugaba en un inflable instalado en el patio del colegio. El juego tenía cerca de tres metros de altura y era utilizado por los niños que participaban de la celebración.

En determinado momento, el menor cayó al suelo y sufrió una fractura supracondílea del húmero izquierdo. Tras recibir atención médica, tuvo que atravesar dos operaciones para tratar la lesión.

El accidente ocurrió durante una fiesta escolar en 2019, cuando el chico tenía cinco años y jugaba en un inflable de unos tres metros de altura.  

El accidente ocurrió durante una fiesta escolar en 2019, cuando el chico tenía cinco años y jugaba en un inflable de unos tres metros de altura.

Uno de los aspectos considerados durante el proceso judicial fue la forma en que la familia tomó conocimiento de lo ocurrido. De acuerdo con el expediente, fue la hermana del niño, que también era menor de edad, quien terminó comunicándoles a sus padres que se había producido el accidente.

La institución había cuestionado su responsabilidad y sostuvo, entre otros argumentos, que la actividad se había realizado un sábado y que se trataba de una jornada recreativa en la que también estaban presentes familiares.

Sin embargo, los jueces consideraron que esas circunstancias no alcanzaban para eximir al colegio. Para la Cámara, la actividad había sido organizada por la propia institución y, por lo tanto, existía un deber de seguridad respecto de los chicos que participaban.

Las secuelas que sufrió el chico después del accidente

Las consecuencias de la caída no terminaron con las intervenciones quirúrgicas. Los informes médicos incorporados a la causa determinaron que el menor quedó con una deformación en el codo y una incapacidad física permanente del 12%.

A esto se sumaron consecuencias psicológicas. Los especialistas diagnosticaron un cuadro de estrés postraumático y establecieron una incapacidad psicológica parcial y permanente del 20%.

Según los informes incorporados al expediente, después del accidente el chico comenzó a experimentar temor frente a situaciones relacionadas con las caídas y dejó de utilizar juegos como inflables y peloteros. También realizó tratamiento psicológico como parte de su recuperación.

Cuánto deberá pagar el colegio por el accidente

En primera instancia, el establecimiento había sido condenado a pagar una indemnización de $37.009.000, además de intereses y costas. Tanto el colegio como la aseguradora apelaron esa decisión. Al analizar el caso, la Cámara mantuvo la responsabilidad de ambas partes, aunque modificó uno de los componentes de la indemnización y redujo el monto del capital.

Finalmente, la condena quedó establecida de la siguiente manera:

  • $17.500.000 por incapacidad sobreviniente y tratamiento psicológico.

  • $10.000.000 por las consecuencias no patrimoniales del accidente.

  • $120.000 por gastos de tratamiento, medicamentos y traslados.

De esta manera, el capital de la indemnización quedó fijado en $27.620.000.

Pero esa no será necesariamente la suma final que recibirá la familia. A ese monto deberán agregarse los intereses correspondientes desde la fecha del accidente y hasta que se concrete el pago.

El fallo estableció además que hasta el momento de la sentencia se aplique una tasa del 8% anual y que, posteriormente, se utilice la tasa activa del Banco Nación hasta la cancelación efectiva de la indemnización.

La responsabilidad también alcanzó a la compañía aseguradora, mientras que las costas correspondientes a la instancia de apelación quedaron a cargo del colegio y de la empresa de seguros.

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