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Sociedad Caso Baraldo |

Sebastián Creus, el silencioso Juez que elige liberar a los violadores

En la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL, como alumno y como docente, siempre sufrió y disfrutó de ser "el hijo de" Carlos, uno de los autores penales más importantes de la Academia penal moderna.

Los libros de su padre, fueron y siguen siendo, material de consulta ineludible para estudiar el Derecho Penal, con especial importancia en los últimos años de la dictadura y en los comienzos de la Democracia.

Con la portación de su apellido, su antecedente como abogado personal del ex gobernador Carlos Reutemann en una causa anterior a su ingreso a la política y algunos méritos individuales que no destacaron en Congresos, libros o en su fugaz paso por la docencia, Sebastián no tuvo demasiadas dificultades para acceder a los más altos cargos del viejo sistema penal santafesino, ni en consolidarse con el exclusivo paso del tiempo, como un “tradicional” Juez Penal, que hoy ocupa una silla en la importante Cámara Penal de apelaciones de los Tribunales de Santa Fe.

“El padre, fue siempre un espejo donde no alcanzó a verse nunca” dice un funcionario judicial que lo acompañó desde los tiempos de ingreso al Poder Judicial. Justamente en los años del primer gobierno de Carlos Reutemann, cuando no existían concursos para el ingreso y solo alcanzaba con el dedo del mandatario y los votos de su mayoría automática en las Cámaras, para ocupar su primer sillón: el de juez de Instrucción.

Creus, el hijo, se ha caracterizado por llevar una vida extremadamente sigilosa. Nadie puede atribuirse la “propiedad” política del Juez, más allá de su mencionada relación con Reutemann. Ni la “familia judicial” de extracción peronista encabezada por el histórico miembro de la Corte Suprema Rafael Gutiérrez lo considera propio, ni la “Orga UNL”, de fuerte influencia en los últimos diez años en el poder judicial, lo reconoce como miembro de sus estructuras, ni ha establecido relaciones ni siquiera de simpatía con las gestiones provinciales que gobiernan la provincia desde 2007.

Creus, a diferencia de su compañero de sillas en la Cámara, Jorge Andrés y Bruno Netri, no recibió los beneficios de los nuevos concursos judiciales, ni las ventajas de los agujeros que generaron las exclusiones de decenas de “amparistas” en ellos.

Nada o casi nada se sabe de él. Lleva una vida social casi nula. En Google se lo encuentra en una sola nota con sello de agua de “El Litoral”. No ha dado entrevistas periodísticas, y cuando su vida tomó estado público como consecuencia de un hecho de inseguridad en su casa de un Barrio Privado muy conocido en las afueras de la ciudad, se esforzó por dar los menores detalles posibles.

No concurre a las cenas anuales de ninguna de las organizaciones judiciales. No está agremiado, ni es habitué de salones de arte, Cocktailes o encuentros, en los que suele participar el Poder Judicial que disfruta de las luces de la fama adicional a la tarea. Sólo concurre a misa con asiduidad, los domingos por la mañana, a la parroquia de su barrio y al menos una vez al mes, dicen los que lo conocen, concurre a la Catedral de la ciudad.

No. Sebastían Creus no muestra nada de su vida. Se sabe que se casó con la hija de un reconocido abogado santafesino, ya fallecido. Que su hija integra un Estudio Penal con prestigiosos abogados santafesinos.

Su nombre sólo aparece en internet, vinculado a las causas judiciales que administró como juez, y que revisó como Camarista. A diferencia de muchos de sus colegas, que suelen expresar pensamientos en los medios, Sebastián Juez sólo habla con sus resoluciones, tal como lo expresa el principio judicial. Pero eso no lo distingue para bien. Sus resoluciones más importantes, coinciden con una mirada ligera y algo proteccionista de los violadores y abusadores sexuales.

Nadie sabe si es como consecuencia de su formación jurídica, o si personalmente, los prefiere libres.

En mayo de 2011, y como integrante de la Sala IV Cámara Penal de Apelaciones en la que lo acompañaban Roberto Prieu Mántaras y Ramón Sobrero, Sebastián Creus falló a favor de la anulación de la causa por Abuso Sexual que derivó en la renuncia del Arzobispo de Santa Fe, Edgardo Storni.

Storni

Mientras que en aquella oportunidad, Ramón Sobrero votó en disidencia, sosteniendo que “equivocado o no”, el fallo de primera instancia cumplió “con los recaudos formales y nada autoriza una declaración de ineficacia”, Sebastián Creus fue la voz y el fundamento del voto mayoritario, argumentando que “en el proceso no se juzgaron actitudes del imputado”. Y agregó que “un abrazo, besos en el cuello y roce de su cuerpo contra el ex seminarista Rubén Descalzo, por entonces mayor de edad”, que fueron los hechos imputados a Storni, “no se desprendían acciones reprochables, y que no se trata de una tendencia sino del poder convictico que tiene un superior instalado en un nivel tan alto como un obispado respecto de un seminarista”

“De los fundamentos de la sentencia no es posible saber cómo ha conceptualizado la jueza la forma en que el hipotético autor logró imponer a Descalzo su acometimiento abusivo”, añadió Creus, justificando su rechazo a la condena contra el extinto Storni.

La investigación judicial contra el cura había terminado luego de 7 años de investigaciones y chicanas, con una sentencia en 2009 en primera instancia y fue apelada entonces, por el abogado Eduardo Jautchen, a cargo, curiosamente, de la defensa de los condenados por Violación en el Caso Baraldo. Creus, junto a Priu Mantaras, decidieron su nulidad.

baraldo

El antecedente de aquel voto, retumbó con fuerza cuando la Cámara integrada por el Dr. Sebastián Creus, volvió a fallar de manera favorable a la libertad de un violador de su hija menor con discapacidad, que había sido condenado en primera instancia.

En agosto de 2014, y teniendo que resolver la apelación donde el condenado reclamaba la libertad condicional la causa “Tevéz, Carlos Antonio s/ Violación”, Creus asesta otra justificación que deriva en la inexplicable libertad del acusado. Y aunque las razones jurídicas se sustentan en la ausencia de condena firme y en la supuesta falta de “tipicidad plena” de las acciones investigadas, consigue sorprender a todos con un párrafo en el que parece justificar y “normalizar” la acción de violar a un menor, por el ámbito en el que se desarrollaron los hechos.

Textualmente, Creus dice: “ Como reflexión final, el contexto social y cultural no sólo de la victima sino del imputado”(…) “Permiten sostener que no estamos en presencia de un abuso sexual de características perversas, porque se trata de personas con necesidades obvias, escaso desarrollo educativo, insertos en medio rural alejado, donde los hábitos sexuales pueden resultar distintos a los de las personas educadas”

De una manera explícita, el Juez le reconoce normalidad a la violación de una menor con discapacidad, y a esa normalidad la entiende, por la falta de de educación del violador. Un argumento poco jurídico, y claramente alejado de la defensa de la salud y la integridad del menor, que en este caso, era además, discapacitada.

Por eso, y por algunas otras razones que circulan como rumores, tanto en la Ciudad de Esperanza como en los pasillos de Tribunales, nadie se sorprendió con la firma de Creus, y de su colega Jorge Andrés, en la resolución que dejó en libertad el pasado viernes a los tres condenados por violación en el CASO BARALDO: los dos abuelos y el tío de la víctima. Condenados en un fallo que demandó cuatro años, en las que pesaron pruebas contundentes de las acciones, y que incluyeron Cámaras Gessel a la víctima, que no dejaron lugar a dudas sobre los abusos que recibió. Por eso, el Tribunal los condenó a 20, 18 y 16 años de prisión. Por el peligro extremo que suponen, para las víctimas- el menor abusado y su madre- y para toda la sociedad.

Una decisión que incluyó, sin que mediaran explicaciones, un rechazo in limine de la recusación interpuesta por el Fiscal y por la abogada querellante que representa a la víctima; la negativa a realizar ni siquiera una audiencia para que se argumentaran las razones, el acortamiento súbito de los plazos para leer la resolución de primera instancia y en el final, la convocatoria a la notificación de la resolución, sobre la hora del cierre de Tribunales, un viernes, alejando lo más posible las acciones del Tribunal, de la repercusión mediática.

Sebastián Creus, junto a Jorge Andrés en este caso. Junto a Priu Mantaras en el Caso Storni, y junto a sus dos compañeros de Cámara en el menos mediático “Caso Tevez”, habla con sus sentencias. Y todas, sin excepción, terminan favoreciendo a los violadores. Y en algunos casos, justificándolos.

El mensaje del Señor Juez, es peligroso y atenta contra la seguridad de las víctimas del pasado y claro, contra las victimas que vendrán. En Santa Fe hay un Camarista, muy sobrio, que sólo sale a Misa, y que elije liberar a quienes abusan de los menores o los subalternos.

Es hora de que la política, y los cuerpos de Magistrados explique cuáles son las razones que impiden su remoción inmediata. Quizás necesiten el escándalo mediático para tomar la decisión. No parece que el camino sea otro.

Mientras tanto, los Baraldo disfrutan del sol en su casa de Esperanza, y algunos amigos adinerados financian su defensa- una vez más a cargo de Eduardo Jauchen- vaya a saber a cambio de que “obligaciones” incómodas, de los condenados.

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