Laguna Paiva II: condenaron por delitos de lesa humanidad a tres expolicías y un secretario judicial
La Justicia Federal condenó a tres expolicías y un secretario judicial por la causa Laguna Paiva II, que juzgó la persecución a obreros, familiares e infancias.
La Justicia Federal de Santa Fe condenó este viernes a cuatro expolicías y un secretario judicial por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en la localidad de Laguna Paiva.
La Justicia Federal de Santa Fe condenó este viernes a cuatro expolicías y un secretario judicial por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en la localidad de Laguna Paiva.
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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal echó luz sobre una de las facetas más crudas de la última dictadura cívico-militar en la región: el direccionamiento del aparato represivo estatal contra el movimiento de trabajadores y el impacto devastador en sus entornos familiares e infancias.
Laguna Paiva II: condenaron por delitos de lesa humanidad a tres expolicías y un secretario judicial
El juicio, encabezado por los jueces Ricardo Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano, tuvo en el banquillo de los acusados a cuatro integrantes de la estructura represiva que operó principalmente desde el Departamento de Informaciones D-2 de la Policía de Santa Fe.
Se juzga la responsabilidad de los expolicías de inteligencia Eduardo Enrique Riuli, Oscar Alberto Cayetano Valdez y Antonio Parvellotti, junto con el exsecretario judicial federal Víctor Hermes Brusa, imputados por secuestros, tormentos, allanamientos ilegales y abandono de niños en perjuicio de 34 víctimas.
Condenas
- Antonio Parvellotti fue condenado a 18 años de prisión;
- Eduardo Enrique Riuli, fue condenado a 15 años de prisión;
- Alberto Cayetano Valdez, fue condenado a 9 años de prisión;
- Víctor Hermes Brusa, fue condenado a 14 años de prisión.
A diferencia de otros procesos, este debate dejó en evidencia cómo el terrorismo de Estado focalizó su accionar contra trabajadores ferroviarios, dirigentes gremiales y obreros de la zona de Laguna Paiva —ciudad de profunda tradición sindical—, así como de obreros del Frigorífico Nelson.
Federico Pagliero, abogado querellante en representación de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), había remarcado en su alegato que los hechos deben ser encuadrados bajo la figura penal de genocidio. "Hubo un ataque discriminado hacia una parte del sector de la sociedad, del sector civil, que fueron los trabajadores, los obreros, en este caso los obreros de Laguna Paiva", explicó el letradoen diálogo con AIRE, al tiempo que enfatizó que "sobradamente se ha acreditado la participación criminal de cada uno de los imputados", para quienes la querella solicitó la pena máxima de 25 años de prisión.
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Los operativos analizados se desplegaron entre febrero y junio de 1980 en localidades como Laguna Paiva, Esperanza, Ceres, Santo Tomé e incluso en Lima (Buenos Aires). Según la reconstrucción de la fiscalía y las querellas, las víctimas eran trasladadas al centro clandestino que funcionaba en el D-2 o a dependencias como la Guardia de Infantería Reforzada (GIR), donde sufrían tormentos físicos y psicológicos antes de ser obligadas a firmar declaraciones fraguadas ante el fuero federal.







