La resolución de Catastro, que propone anular los inmuebles que se inscribieron en el organismo hasta el 1953 y que se pondría en marcha a partir del 6 de marzo, generó un fuerte rechazo del Colegio de Escribanos. Las entidades que conforman la Mesa de Enlace –entre las que se cuentan los colegios de abogados, escribanos, martilleros, y agrimensores– advirtieron que la medida no solo generara graves inconvenientes a la ciudadanía, sino que además va en contra de la Ley Nacional de Catastro.
Ante la problemática que la Resolución 10/2023 generaría, los colegios trabajan para contar con una medida judicial que frene su implementación.
Hasta ahora, los planos de agrimensura anteriores a 1967 requerían lo que se denomina la Verificación del Estado Parcelario (VEP). Esto consiste en que el agrimensor vaya al lugar, constate los elementos del plano y, si faltara algo, regulariza la situación para presentarlo en Catastro.
"Este trámite es relativamente breve, se puede hacer en un mes con un costo mínimo", aclaró la escribana Carolina Culzoni, síndica de la caja notarial del Colegio de Escribanos.
A raíz de la nueva normativa los planos anteriores a 1953 se anulan y dejan a la propiedad sin plano, como si nunca hubiera tenido papeles. Esto implica realizar una mensura desde cero, en un lapso mínimo de seis meses, con un costo alto y que requiere pasar por un importante número de organismos.
"Eso paraliza el tráfico inmobiliario y crea un grave perjuicio, no solo desde lo económico, sino desde las negociaciones y todos los actos. Una simple donación entre familiares requerirá un plano de mensura nuevo", advirtió Culzoni en diálogo con Luis Mino en el programa Ahora Vengo.
Culzoni explicó que Catastro depende del Ministerio de Economía. "De ninguna manera puede una resolución administrativa vulnerar la ley Nacional de Catastro, esto está en contra de la ley 26.209 que es complementaria del Código Civil y es grave desde el punto de vista del acto administrativo", explicó la síndica.
"Además de apartarse de la ley, el órgano no es competente para hacerlo. Escapa a la capacidad que podía tener de dictar una resolución con los perjuicios que ocasiona el Estado", advirtió Culzoni.
La sorpresa de todos los colegios que integran la Mesa de Enlace, es que la resolución que fue notificada a las entidades el 2 de febrero se firmó el pasado 31 de enero para entrar en vigencia el próximo 6 de marzo.
Cuáles son las consecuencias de la medida de Catastro
En caso de que una persona haya realizado un VEP hace un año para un sucesorio de una vivienda anterior al 53, si no lo inscribe antes del 5 de marzo, deberá volver a realizar el plano. "Si no termino el trámite judicial antes del 5 de marzo, tiene que gastar de cero en un plano de mensura", ejemplificó. "Si yo tengo un boleto de compra venta no me sirve, se caen todos los procesos como la VEP, hay que hacer otro plano de mensura. Es terrible el perjuicio", reiteró la entrevistada.
La anulación de un plano implica que este deje de tener estado parcelario, por lo tanto, el propietario no tiene nada."Es difícil, porque la ley nacional sostiene que si están las medidas lineales, de superficie y la ubicación, es un plano y está inscripto", explicó Culzoni en torno a las discrepancias que se dan entre la resolución y la norma nacional.
Los colegios nucleados en la Mesa de Enlace trabajan para presentar una medida en los próximos días que frene la implementación de la resolución. "Estamos con los tiempos justos, confiamos en que el gobierno provincial puedan entender el grave perjuicio y dar marcha atrás con la medida", concluyó Culzoni.
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