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Aplicaciones de viajes: entraron en vigencia las modificaciones aprobadas por el Concejo de Santa Fe

Las modificaciones sancionadas por el Concejo a la ordenanza que regula el uso de aplicaciones de viajes en Santas Fe entraron en vigencia el pasado lunes.

El pasado lunes 5 de enero, y con su publicación en el Boletín Electrónico Municipal, entraron en vigencia las modificaciones aprobadas por el Concejo de Santa Fe a la ordenanza que regula el funcionamiento de las aplicaciones de viajes en la ciudad.

La normativa introdujo cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

Aplicaciones de viajes: entraron en vigencia las modificaciones aprobadas por el Concejo de Santa Fe

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La normativa introdujo cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

La normativa introdujo cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

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Los puntos más sensibles de la reforma están vinculados a la determinación del precio, los medios de pago y medidas de accesibilidad que habían sido incorporadas en versiones previas de la normativa. Hasta ahora, las plataformas debían informar al usuario, antes de confirmar el viaje, el valor calculado según el punto de origen y el destino. Con la nueva ordenanza, esa obligación queda eliminada, por lo que ya no será requisito que el pasajero conozca el costo final antes de solicitar el servicio.

Aplicaciones de viajes: el Concejo de Santa Fe volvió a modificar la ordenanza

En la misma línea, el Concejo decidió suprimir el artículo que obligaba a las plataformas a ofrecer medios de pago tanto electrónicos como en efectivo. A partir de ahora, ya no existe una exigencia expresa sobre las modalidades de cobro que deben permitir los intermediarios. El proyecto también deja sin efecto la cláusula que instaba a las plataformas a desarrollar acciones orientadas a mejorar la accesibilidad y la seguridad de los usuarios.

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La normativa introdujo cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

La normativa introdujo cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

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Entre ellas, la posibilidad de solicitar vehículos adaptados para personas con movilidad reducida o la opción de elegir el género de la persona conductora. Ambas consideraciones quedan fuera del marco regulatorio vigente.

Modificaciones estructurales de la ordenanza

Además de estos cambios centrales, el Concejo ajustó diversos artículos de la Ordenanza Nº 12.991, redefiniendo el alcance del sistema y los requisitos básicos para operar. La norma mantiene la obligación de que conductores y titulares de vehículos se inscriban en un registro municipal, conserva la prohibición de tomar viajes en la vía pública sin intermediación de una app y sostiene los requisitos técnicos mínimos de los automóviles, incluida la antigüedad, la RTO vigente, la radicación en la ciudad y la exhibición de un código QR y datos identificatorios en el interior del vehículo.

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La iniciativa, tratada en un plenario de comisiones, introduce cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

La iniciativa, tratada en un plenario de comisiones, introduce cambios que desarman requisitos incorporados en regulaciones anteriores y flexibilizan el marco con el que operan los intermediarios digitales del transporte de personas.

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Asimismo, el proyecto incorpora ajustes en el Régimen de Infracciones y Penalidades, estableciendo multas de 2000 a 9000 UF para quienes trabajen a través de plataformas sin estar registrados.

En paralelo, modifica la normativa que rige el Fondo de Movilidad, que seguirá destinado a financiar obras y programas vinculados al transporte público, la movilidad activa, la circulación vehicular, el sistema de bicicletas públicas y acciones de control.

Derogaciones y adecuación normativa

Uno de los aspectos más relevantes es la derogación de los capítulos fiscales y tributarios que fijaban derechos y tasas específicas para los servicios gestionados mediante plataformas electrónicas. Esto implica la eliminación de cargas económicas que las aplicaciones debían afrontar, tanto por habilitación como por control municipal.

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La ordenanza también otorga un plazo de 30 días para que los conductores que operen mediante plataformas se adecuen a los requisitos vigentes y encomienda al Ejecutivo la elaboración del texto ordenado que integre todas las modificaciones aprobadas.

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