Según explicó a AIRE, existieron dos procesos principales: una causa penal, orientada a determinar responsabilidades individuales de funcionarios, y una causa civil, centrada en la responsabilidad del Estado.
A 23 años de la inundación de Santa Fe que no dejó condenas penales, pero sí responsabilidad estatal
Efemérides del 29 de abril: en 2003 ocurre la gran Inundación en Santa Fe
Según explicó a AIRE, existieron dos procesos principales: una causa penal, orientada a determinar responsabilidades individuales de funcionarios, y una causa civil, centrada en la responsabilidad del Estado.
José Almeida/Aire Digital
En el plano penal, el proceso avanzó hasta lograr condenas en dos instancias contra tres exfuncionarios: el exministro de Obras y Servicios Públicos, Edgardo Berli; el exdirector provincial de Obras Hidráulicas, Ricardo Frati; y el exintendente de la ciudad, Marcelo Álvarez. Las condenas fueron por el delito de estrago culposo agravado por la muerte de 18 personas, número reconocido judicialmente, aunque organismos de derechos humanos contabilizan 158 víctimas fatales.
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Sin embargo, la causa penal se cerró recientemente. Demiryi indicó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina resolvió el sobreseimiento del único imputado que permanecía con vida, Ricardo Frati, al considerar la prescripción por el paso del tiempo. De este modo, ya no quedan personas imputadas ni condenadas, lo que impide continuar con instancias de apelación.
“La causa penal terminó sin responsables”, resumió Demiryi, quien señaló que la decisión se basó en una dilación del proceso que se extendió durante más de dos décadas.
En contraste, la causa civil tuvo un resultado diferente. Allí, la Justicia reconoció la responsabilidad del Estado en relación con la inundación, tanto por las acciones previas —como la falta de obras o medidas de prevención— como por la gestión de la emergencia durante y después del desastre.
Una "contradicción"
Para Demiryi, esta diferencia entre ambos fallos configura una “contradicción”, ya que mientras en el fuero civil se establece la responsabilidad estatal, en el penal no hay condenados.
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La causa civil tuvo un resultado diferente. Allí, la Justicia reconoció la responsabilidad del Estado en relación con la inundación, tanto por las acciones previas —como la falta de obras o medidas de prevención— como por la gestión de la emergencia durante y después del desastre.
Hugo Pascucci
La referente también destacó que el fallo civil sienta un precedente a nivel nacional en cuanto al reconocimiento de la responsabilidad del Estado ante este tipo de desastres, vinculados a negligencia o falta de previsión.
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En ese sentido, recordó que durante el proceso judicial se probó que la inundación pudo haberse evitado si las defensas hídricas hubieran estado en condiciones, lo que sustenta las denominaciones de “catástrofe evitable” o “crimen hídrico” utilizadas por las víctimas y organizaciones.
Finalmente, Demiryi señaló que, pese al cierre de la causa penal, el reclamo continúa y anticipó que este 29 de abril, en un nuevo aniversario de la tragedia, se darán a conocer los pasos a seguir en la búsqueda de justicia.
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