La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, frenó este jueves el proceso de cramdown de Vicentin dispuesto por el juez Fabián Lorenzini, el pasado 15 de septiembre. Hasta que la Cámara no confirme el rechazo de la propuesta que el grupo había presentado a los acreedores y el desarrollo del salvataje (cramdown), esto último no se llevará adelante. La suspensión regirá hasta que el tribunal de alzada resuelva la cuestión de fondo.
El juez Lorenzini había rechazado la homologación de la propuesta de acuerdo con los acreedores que había presentado la propia empresa agroexportadora y había ordenado el inicio del proceso de cramdown, es decir, el salvataje. Al fundamentar el rechazo al pedido de homologación de la propuesta de Vicentin, el juez hizo un análisis de las inconsistencias que impiden esa homologación y expresó: “Llegados a este punto se impone una pregunta crucial ¿Por qué no es posible homologar esta propuesta pese a estos indicadores potencialmente favorables? Entendemos que el impedimento surge de la desigual distribución del esfuerzo entre los acreedores y la sociedad concursada”. Con la resolución de Lorenzini, se había caído la venta de la empresa a Viterra, Bunge y ACA, que pretendía Vicentin.
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Salvataje
Luego, el juez de la convocatoria había ordenado “la apertura del período de concurrencia” y resolvió que la Sindicatura presente, dentro de los próximos cinco días hábiles judiciales, un cronograma definitivo para el período de concurrencia.
“El mismo deberá ser previamente consensuado con los interventores de la empresa, contemplando la razonabilidad en los plazos conforme a la magnitud y complejidad de este expediente y analizando los períodos de producción, contratación y movilización de granos y moliendas. La determinación concreta de las fechas e instancias correspondientes, será materia de una resolución que se dictará por separado, en forma inmediata a la presentación del mismo”, dijo el juez.
Además, se establece como fecha para apertura del Registro de Oferentes, el día 18/09/2023 y por un plazo DIEZ días hábiles judiciales (hasta el 29/09/2023 inclusive. Todo eso, quedó sin efecto.
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