Vencen 446 convenios colectivos de trabajo: qué derechos laborales quedan en juego con la reforma
La nueva ley modifica la ultraactividad de los convenios y obliga a renegociar condiciones laborales. Un especialista explicó qué puede pasar si no hay acuerdo.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, inició el procedimiento de convocatoria previsto por la Ley de Modernización Laboral.
El Gobierno nacional convocó a sindicatos y empresarios para renegociar 446 convenios colectivos de trabajo. La nueva normativa modifica el régimen de ultraactividad y abre una discusión que puede alcanzar salarios, jornadas, categorías, licencias y otras condiciones laborales.
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El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, inició el procedimiento de convocatoria previsto por la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 para que las organizaciones sindicales y los sectores empleadores involucrados comiencen las negociaciones colectivas correspondientes.
La medida alcanza inicialmente a 446 convenios colectivos de trabajo y se vincula con la finalización del régimen de ultraactividad previsto por la nueva legislación.
El abogado laboralista Eduardo Massot explicó en diálogo con Santa Siesta, por AIRE, qué significa la medida, qué aspectos de las relaciones laborales pueden quedar bajo discusión y qué puede suceder si sindicatos y empresarios no logran alcanzar un acuerdo.
Qué se va a discutir en los 446 convenios
La renegociación no estará limitada a los salarios. Según Massot, los convenios determinan, entre otras cuestiones, cuáles son las categorías laborales de cada actividad, qué tareas corresponden a cada categoría y cuánto cobran los trabajadores por ellas.
"Entre el empleador y sindicato se ponen de acuerdo cuáles son esas categorías laborales, qué tienen que hacer esas categorías laborales y cuánto van a cobrar por eso", detalló.
Por eso, la convocatoria implica una discusión mucho más amplia que la que habitualmente se produce durante las paritarias salariales.
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"Lo que se abre es la negociación completa de los convenios y se va a discutir absolutamente todo", afirmó Massot.
El abogado incluso remarcó que las negociaciones pueden alcanzar cuestiones como las licencias específicas de cada actividad, incluidas las previstas por mudanza, además de jornadas, categorías y adicionales.
La ultraactividad: qué cambia con la nueva ley
Uno de los puntos centrales de la reforma laboral es el cambio en el régimen de ultraactividad. Hasta ahora, cuando un convenio colectivo vencía, sus disposiciones continuaban vigentes hasta que las partes acordaran un nuevo convenio.
"La ultraactividad que estuvo vigente hasta ahora era que todos los convenios colectivos seguían vigentes hasta que se establezca un nuevo convenio", explicó Massot.
Ese mecanismo permitió que convenios colectivos firmados décadas atrás continuaran regulando las relaciones laborales de determinadas actividades.
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"Por eso tenemos convenios del año 75, por ejemplo", señaló. Con la nueva normativa, el esquema cambia. Massot explicó que las cláusulas de los convenios se dividen entre obligacionales y normativas, y que la reforma establece consecuencias diferentes para cada una.
Las cláusulas obligacionales están vinculadas, entre otras cuestiones, con aportes previstos en los convenios. Las normativas, en cambio, regulan las condiciones laborales.
"Las cláusulas normativas, es decir, las que son de las categorías laborales, las que establecen las jornadas, las vacaciones, esas van a seguir vigentes", explicó.
En cambio, "la que tiene la cuestión de dinero, la que establece los aportes, caen".
¿Los trabajadores pueden perder derechos?
Uno de los principales interrogantes es qué sucede con los derechos que actualmente están contemplados en convenios colectivos y que son más beneficiosos que el piso establecido por la legislación general. Massot reconoció que ese escenario puede generar modificaciones importantes.
"Puede pasar que en estas negociaciones puedan surgir convenios colectivos que traigan cláusulas que no son más beneficiosas, sino que van a perjudicar en algunos derechos a los trabajadores", advirtió.
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El cambio está relacionado también con la modificación de la Ley 14.250. Según explicó el abogado, anteriormente existía un principio de progresividad por el cual un nuevo convenio no podía modificar un convenio anterior en perjuicio del trabajador.
"Ahora dice que un convenio nuevo modifica el anterior en el mismo ámbito en cualquier sentido", sostuvo.
De esta manera, el resultado de las nuevas negociaciones podría incluir tanto mejoras como modificaciones que reduzcan determinados beneficios que actualmente están contemplados en los convenios.
Qué pasa si sindicatos y empresarios no llegan a un acuerdo
Otro de los interrogantes centrales es qué sucede cuando termina el plazo previsto y las partes no lograron cerrar un nuevo convenio. Massot consideró que el escenario puede derivar en conflictos y judicialización.
"Si no hay un acuerdo, se rige por la Ley de Contrato de Trabajo", explicó. Sin embargo, el abogado también planteó dudas sobre la posibilidad de que el tiempo disponible alcance para renegociar todos los convenios involucrados.
"El tiempo es finito y no creo que alcance para negociar absolutamente todos los convenios", afirmó. En ese contexto, Massot consideró que podría ser necesaria una extensión de los plazos.
"Tendría que haber una prórroga para que esto llegue a un final feliz", sostuvo. Además, planteó que la continuidad de las negociaciones podría generar la necesidad de mantener determinadas condiciones mientras las partes continúan discutiendo.
"Si hay una negociación y en el medio de la negociación caen las cláusulas, va a haber indudablemente una judicialización o un problema", advirtió.





