Reforma en seguridad: con varios cambios, avanzó en la Legislatura la ley que impulsa el Gobierno de Santa Fe
Tras intensas negociaciones, se eliminaron del texto los artículos más controvertidos, aunque conserva un paquete de medidas en torno a la seguridad pública.
Ahora el proyecto deberá ser tratado en el Senado para su aprobación definitiva.
La Cámara de Diputadas y Diputados de Santa Fe dio media sanción al proyecto "Herramientas para el Fortalecimiento de la Seguridad Pública", enviado por el Gobierno provincial en mayo, que cambia algunos parámetros de investigación penal, con ampliación de facultades, sobre todo para el Ministerio Público de la Acusación.
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Luego de un fuerte y cruzado debate en el recinto, y tras varias instancias de diálogo dentro del oficialismo, se llegó a un consenso para darle media sanción a una ley que tiene varios cambios importantes en relación al texto original que llevó a la Legislatura el Ejecutivo.
¿Cuáles son los cambios que se implementaron a la ley de reforma en seguridad en la Legislatura?
Entre los principales cambios dispuestos en la Cámara de Diputados respecto de la ley original enviada por el Ejecutivo provincial, se pueden mencionar:
* Se eliminan las zonas de intervención policial especial: se suprime la creación de estas áreas, que habilitaban controles de acceso, requisas vehiculares, restricciones de circulación y demoras de hasta 48 horas para identificar personas.
* Se elimina el interrogatorio policial sin abogado defensor: se descarta la posibilidad de que la Policía interrogue a personas vinculadas con un hecho delictivo sin asistencia letrada. Se mantiene la posibilidad de que el fiscal tome declaraciones informativas sin abogado, pero con mayores garantías y sin que puedan utilizarse como prueba de cargo.
* Se incorporan mayores garantías para los juicios en rebeldía: se exige autorización judicial, intervención de un defensor, audiencia previa a la víctima y registro audiovisual del proceso.
* Se amplía la participación de las víctimas y los querellantes: se habilita al querellante a participar de la audiencia imputativa, formular preguntas y aportar elementos. También se reconoce el derecho de la víctima a ser escuchada.
* Se reincorpora la modificación sobre la procedencia de la acusación: la Fiscalía podrá acusar tanto después de la audiencia imputativa como cuando se haya autorizado un juicio en rebeldía.
* Se restringen las excepciones para admitir pruebas obtenidas irregularmente: se elimina la referencia a evitar daños graves a la integridad física propia y se conserva la protección de terceros.
* Se mantienen los nueve supuestos de allanamientos sin orden judicial: se incorpora un control judicial de oficio dentro de las 24 horas para los casos previstos en los incisos 5 al 9.
* Se mantienen las facultades de inactivación de inmuebles: se conserva la posibilidad de desalojar, demoler, desmontar o bloquear propiedades utilizadas para actividades ilícitas, con instancias de revisión judicial.
* Se mantiene el régimen penitenciario agravado: habilita medidas especiales para internos considerados una amenaza grave para la seguridad pública, como aislamiento individual y suspensión de visitas y comunicaciones, con posibilidad de revisión judicial.
* Se establecen límites a las tareas de inteligencia: las actividades que afecten sustancialmente la privacidad o intimidad requerirán autorización judicial. Además, se diferencian las tareas preventivas de las investigaciones penales.
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