Desde éste sábado, las actividades náuticas en la provincia de Santa Fe volverán a estar autorizadas por el gobierno. La medida había sido adelantada el miércoles en diálogo exclusivo con Aire de Santa Fe por parte del ministro de Trabajo, Roberto Sukerman.
Dicha decisión fue oficializada este viernes con la firma del gobernador del Decreto N° 1186.
El texto del Decreto establece que “a partir de la cero (0) hora del día 31 de octubre de 2020, en los departamentos Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos” quedarán habilitadas las actividades y servicios náuticos.
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Dichas actividades y servicios son:
-La pesca deportiva y recreativa. Podrá desarrollarse en la modalidad desde costa y embarcados. Las embarcaciones podrán estar ocupadas en un máximo del cincuenta por ciento (50 %) de la capacidad de transporte.
-La navegación recreativa. También se deberá ocupando un máximo del cincuenta por ciento (50 %) de la capacidad de transporte.
-Las actividades de los clubes deportivos y las actividades de guarderías náuticas. Será a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones para el desarrollo de las actividades habilitadas. Para tal fin deberán presentarse los protocolos sanitarios correspondientes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Horarios y certificados
Las actividades autorizadas podrán realizarse en el horario de siete (7) a diecinueve (19) horas y se advierte que en ningún caso las actividades podrán realizarse de modo grupal de varias embarcaciones o reuniones sociales en las mismas.
Para poder desarrollar las actividades autorizadas por el Decreto, las personas deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid19.
El Decreto firmado por Perotti establece que las autoridades municipales y comunales coordinarán con la Provincia los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas por la emergencia sanitaria.
Por último, se expresa que las autoridades locales quedan facultadas a disponer mayores restricciones respecto a los días, horarios, requisitos y modalidades particulares en sus distritos.
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