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Política Convención del 25 | Reforma constitucional | Salud

La Convención del 25 reconoció el derecho a la salud, al trabajo y a la identidad

Este viernes, la Convención del 25 modificó tres artículos de la Constitución de Santa Fe relacionados con el derecho de las personas a la salud, al trabajo y a gozar de la cultura y de su identidad.

Se trata de los artículos 19, 20 y 22, que fueron discutidos en el marco de la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías.

La Convención del 25 reconoce el derecho a la salud, al trabajo y a la identidad

Las instituciones deberán presentar un plan de contingencia en un plazo no mayor a 15 días ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
En la sesión de este viernes se acordó la modificación de tres artículos clave vinculados con el cuidado de la salud, el derecho al trabajo y al goce de la cultura y de la identidad.

En la sesión de este viernes se acordó la modificación de tres artículos clave vinculados con el cuidado de la salud, el derecho al trabajo y al goce de la cultura y de la identidad.

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Derecho al cuidado de la salud

En cuanto al artículo 19, la Carta Magna señalará que “toda persona tiene derecho al cuidado integral de su salud en todos los ciclos de la vida, que incluye los aspectos físico, mental, emocional, ambiental y social; y a decidir sobre su propia salud siempre que no afecte la salud colectiva”.

En tal sentido, la Provincia tutela la salud como derecho fundamental del individuo e interés de la comunidad. Adopta acciones de prevención, atención, recuperación y rehabilitación de la salud en todos los niveles, con base en la atención primaria y con criterios de universalidad, gratuidad, adecuación, equidad, interdisciplinariedad y oportunidad. Además, se sostiene un sistema de atención público, gratuito y de calidad. Puede establecer mecanismos de recuperación de los costos de la atención de salud prestada, a obras sociales, prestadoras de servicios de salud u otros sistemas de aseguramiento, en los casos que corresponda.

El Estado será quien regule, articule y fiscalice todas las acciones y prestaciones de salud en su territorio y concreta la política de salud en coordinación con los otros niveles gubernamentales y otras entidades públicas o privadas. El medicamento es considerado un bien social y la Provincia reconoce el interés en su producción pública.

Trabajo
Los convencionales avanzaron con la modificación del artículo 20, que garantiza el derecho al trabajo de las personas en la provincia de Santa Fe.

Los convencionales avanzaron con la modificación del artículo 20, que garantiza el derecho al trabajo de las personas en la provincia de Santa Fe.

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También será la Provincia quien promueva la educación, la formación y la capacitación en salud y reconoce la función social de sus trabajadores. Estimula la investigación biomédica sobre los principales problemas de salud, respetando la dignidad de las personas.

La Provincia impulsa la actividad física, recreativa o deportiva, junto con la alimentación saludable como herramientas esenciales para la prevención de enfermedades, la promoción de la salud, la inclusión, la integración social y el desarrollo de la persona.

Derecho al trabajo

Luego, los convencionales avanzaron con la modificación del artículo 20, que garantiza el derecho al trabajo de las personas en la provincia de Santa Fe.

La Constitución de Santa Fe establecerá que toda persona tiene derecho al trabajo como base del bienestar individual y colectivo. “El trabajo constituye un derecho humano y un deber social. La Provincia promueve el trabajo decente, y condiciones de empleo equitativas, satisfactorias y seguras, que respeten la dignidad humana, la libertad y la igualdad de oportunidades. Reconoce al trabajador como sujeto de tutela preferente y promueve el empleo registrado”, remarcará.

El grupo dirigido por Mariana Mosset llevó a escena La luna en el Aljibe, de Claudia Montenegro, obra ganadora de "Todas las artes al Cultural".
La Constitución, que expresará que “toda persona tiene derecho a participar, gozar en condiciones de igualdad de la vida cultural".

La Constitución, que expresará que “toda persona tiene derecho a participar, gozar en condiciones de igualdad de la vida cultural".

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La Provincia deberá impulsar políticas activas de empleo, capacitación continua y transición productiva profesional que favorezcan la inserción laboral, la inclusión y la empleabilidad de las personas, especialmente de los grupos en situación de vulnerabilidad. Se deberán –además- considerar las transformaciones del mundo del trabajo, las nuevas formas de empleo, la economía social, el trabajo asociativo, el avance tecnológico y los requerimientos para un desarrollo socioeconómico sostenible e inclusivo.

Los trabajadores tienen derecho a un salario justo, a igual remuneración por igual tarea, a la jornada limitada, al descanso, a la desconexión digital, a vacaciones pagas, a seguridad e higiene en el ámbito laboral.

El ingreso al empleo público se funda en criterios de igualdad e idoneidad y no se admite prerrogativa alguna.

La Provincia impulsa la erradicación del acoso y toda forma de violencia laboral, en especial la violencia de género; la prevención y eliminación del trabajo infantil en todas sus formas, el trabajo forzoso y la trata de personas.

La Provincia reconoce y protege el derecho de asociación y a expresarse con libertad respecto a su trabajo. Asegura la libertad sindical, la tutela sindical, la negociación colectiva y el derecho de huelga.

El Estado fortalecerá mecanismos administrativos y judiciales ágiles y efectivos para la prevención y resolución de los conflictos laborales y establecerá tribunales especializados en materia laboral, con procedimientos concentrados, gratuitos y que propendan a la oralidad, para garantizar el acceso efectivo a la justicia de quienes trabajan y de sus organizaciones.

La Provincia reconoce a las personas humanas y jurídicas que generan empleo en el ámbito privado como actores fundamentales del desarrollo productivo y social. Promueve y protege su actividad, con especial atención a las micro, pequeñas y medianas unidades económicas. Vigila que los empleadores respeten los derechos laborales y obren con debida diligencia, en resguardo del interés público.

Derecho a la vida cultural y a la identidad

Por último, este viernes también se modificó el artículo 22 de la Constitución, que expresará que “toda persona tiene derecho a participar, gozar en condiciones de igualdad de la vida cultural, a expresar libremente su identidad y a ejercer sus derechos culturales sin discriminación”. En tal sentido, la Provincia garantizará el respeto por la diversidad cultural, promoverá el diálogo intercultural, la libre creación y expresión artística y la difusión de la cultura local en sus múltiples formas y manifestaciones.

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La Constitución garantizará la libre expresión de la identidad y a ejercer los derechos culturales sin discriminación.

La Constitución garantizará la libre expresión de la identidad y a ejercer los derechos culturales sin discriminación.

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Además, el Estado articulará las relaciones entre el sector público, privado y comunitario para la promoción y sostenibilidad de proyectos culturales y estimulará la inversión con criterios de equidad territorial, inclusión social y pluralismo.

La nueva redacción además remarcará que las personas y comunidades “gozan del derecho colectivo al disfrute, acceso, conservación y transmisión del patrimonio cultural material e inmaterial de carácter histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paleontológico. La Provincia protege, preserva, promueve y desarrolla dicho patrimonio y adopta medidas para garantizar su sostenibilidad y su transmisión a las futuras generaciones”.

Toda persona tiene el deber de respetar y cooperar con la preservación y valoración del patrimonio cultural.

La Provincia respalda y fomenta las actividades de las bibliotecas públicas y populares y establece que los sitios, archivos y espacios de memoria forman parte del patrimonio cultural de la Provincia y el Estado garantiza su preservación, señalización y promoción activa.