Fenómeno El Niño: el Gobierno de Santa Fe reglamentó la emergencia hídrica, que acelera compras y obras preventivas
El Gobierno de Santa Fe oficializó la emergencia hídrica para agilizar las compras, reestructurar partidas presupuestarias y prevenir riesgos de anegamiento.
La emergencia hídrica en Santa Fe se declaró hasta abril de 2027.
El Gobierno de Santa Fe oficializó la reglamentación de la Ley Nº 14477, que declaró el Estado de Emergencia Hídrica en el territorio provincial hasta el 30 de abril de 2027, habilitando mecanismos especiales de contratación y la puesta en marcha de un fondo presupuestario específico.
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La decisión fue tomada ante los pronósticos del Servicio Meteorológico Nacional sobre el desarrollo del Fenómeno de El Niño, que prevé lluvias superiores a los valores habituales y un consecuente riesgo de anegamientos y crecidas.
El texto lleva la firma del gobernador, Maximiliano Pullaro; el ministro de Economía, Pablo Olivares; y el ministro de Gobierno e Innovación Pública, Fabián Bastia.
Contrataciones ágiles para atender la urgencia
Para acelerar las respuestas ante la emergencia, el Artículo 1° del decreto establece que las compras de bienes, servicios y equipamientos destinados a la atención, prevención y mitigación de los excesos hídricos se regirán bajo los procedimientos contemplados en el Decreto Nº 0219/24.
Este régimen especial permite recurrir a licitaciones aceleradas y contrataciones directas. El objetivo central es brindar celeridad administrativa sin descuidar la transparencia, la concurrencia de oferentes y la razonabilidad de los precios.
Gestión del Fondo de Emergencia Hídrica
En el plano financiero, la disposición reglamenta el Fondo de Emergencia Hídrica (creado por el artículo 14 de la Ley Nº 14477), una cuenta especial bajo la órbita del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública. Mediante el Artículo 2°, se delega formalmente en el titular de dicha cartera la facultad de asignar los recursos del fondo.
Según la normativa, los fondos provendrán de:
- Partidas presupuestarias asignadas o reestructuradas por el Poder Ejecutivo.
- Aportes del Tesoro Nacional (ATN) otorgados de manera específica para la emergencia.
- Aportes económicos adicionales y transferencias obtenidas para cumplir con la ley.



