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Política Jujuy | Naciones Unidas | Gerardo Morales

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) expresó su preocupación por la represión en Jujuy

El representante para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Jan Jarab, le envió una carta al gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, donde le expresó su preocupación por la represión contra manifestantes.

El representante para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), Jan Jarab, le envió una carta al gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, en la que le manifestó su preocupación por la represión policial contra quienes se expresaron en contra de la reforma constitucional y en reclamo de incrementos salariales. El funcionario señaló que recibió informes sobre al menos 20 personas heridas durante las manifestaciones y solicitó un diálogo constructivo e intercultural, garantizando la participación efectiva de los pueblos indígenas y de otras partes interesadas para superar la crisis de Jujuy.

En la nota, Jan Jarab señala que el objeto de la comunicación “es expresar la preocupación de la Oficina que represento por la gestión de las recientes manifestaciones por parte de las fuerzas de seguridad, así como por algunas de las disposiciones del texto de reforma constitucional provincial aprobado”.

Además, el funcionario de las Naciones Unidas expresó que “quisiera hacer un llamado al diálogo constructivo e intercultural, garantizando la participación efectiva de los pueblos indígenas y de otras partes interesadas para superar la crisis que en este momento vive la provincia de Jujuy. La Oficina estima que es de suma importancia evitar una escalada de violencia”.

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El presentante del Alto Comisionado precisó que recibieron informaciones sobre hechos que podrían constituir un uso indebido de la fuerza en contra de personas en el contexto de las manifestaciones. La Oficina ha tomado conocimiento que al menos 20 personas han resultado heridas, incluido un joven de 17 años que sufrió trauma ocular severo y otra persona que habría sufrido un trauma craneal, supuestamente por uso de armas menos letales disparadas directamente en contra de la parte superior del cuerpo.

Según Jarab, la Oficina también recibió información sobre detenciones y judicialización de manifestantes, de líderes de comunidades indígenas, de una legisladora provincial y de dos periodistas, así como de obstrucción de la labor de personas defensoras de derechos humanos. Además, hizo referencia a que “en el contexto de una protesta pacífica en las inmediaciones de la legislatura jujeña, se desarrollaron hechos violentos cometidos por algunos particulares y la irrupción de algunas personas en las instalaciones de esa legislatura”.

En la misma dirección, el encargado de la oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, señaló que “el derecho de reunión exige que su ejercicio sea pacífico: los hechos de violencia no están protegidos por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sin embargo, los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos han destacado que la mera perturbación de la circulación del tráfico o de los peatones o de las actividades cotidianas no equivale a violencia”.

“Esto resulta relevante en el contexto de la reforma constitucional provincial que hace referencia a la prohibición de cortes de calles y de rutas y a toda otra perturbación al derecho a la libre circulación de las personas. Esta disposición no se encuentra en línea con las obligaciones y estándares internacionales en materia de derechos humanos”, advirtió Jarab.

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Según Jarab, la Oficina también recibió información sobre detenciones y judicialización de manifestantes, de líderes de comunidades indígenas, de una legisladora provincial y de dos periodistas.

Según Jarab, la Oficina también recibió información sobre detenciones y judicialización de manifestantes, de líderes de comunidades indígenas, de una legisladora provincial y de dos periodistas.

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Y resaltó: “El derecho internacional de los derechos humanos ha reconocido sistemáticamente que el derecho a la reunión, junto con otros derechos conexos, constituyen el fundamento mismo de todo sistema de gobierno participativo basado en la democracia y el estado de derecho. El derecho de reunión pacífica es, además, un valioso instrumento que se puede utilizar y se ha utilizado históricamente para reconocer y concretizar muchos otros derechos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, siendo especialmente importante para las personas y los grupos más discriminados en la sociedad”.

Luego, Jarab citó algunos de los mecanismos internacionales de protección de derechos humanos que se han pronunciado sobre el contenido y el alcance de estos derechos:

- El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, órgano de vigilancia del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, señaló en su Observación General 37 sobre el derecho de reunión pacífica que “las reuniones pacíficas a veces se pueden utilizar para promover ideas u objetivos polémicos. Su escala o naturaleza puede causar perturbaciones, por ejemplo, a la circulación de vehículos o peatones o la actividad económica. Estas consecuencias, intencionadas o no, no ponen en entredicho la protección de la que gozan esas reuniones”.

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Jarab le solicitó una reunión a Morales “con el fin de abordar el impacto que la implementación de la reforma constitucional provincial.

Jarab le solicitó una reunión a Morales “con el fin de abordar el impacto que la implementación de la reforma constitucional provincial.

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- En este mismo sentido, los Relatores Especiales sobre el Derecho a la Reunión Pacífica y asociación y sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias en su Informe conjunto sobre gestión adecuada de las manifestaciones (A/HRC/31/66) señalaron que “deben tolerarse las simples molestias para terceros o la perturbación temporal de la circulación de vehículos o peatones”. Señalaron también que las reuniones implican “un uso tan legítimo del espacio público como las actividades comerciales o el tránsito de vehículos y peatones. Debe tolerarse cierto nivel de perturbación de la vida cotidiana a causa de las concentraciones, como la perturbación del tráfico y las molestias o incluso los perjuicios para las actividades comerciales, a fin de que no se prive al derecho de su esencia”.

- En otro Informe (A/HRC/20/27), el Relator Especial sobre los Derechos de Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación indicó que la libre circulación vehicular no debe anteponerse automáticamente a la libertad de reunión pacífica, ya que, en una sociedad democrática, el espacio urbano no es solo un ámbito de circulación sino también un espacio de participación.

En relación con las posibles restricciones del derecho a la reunión pacífica, la mencionada Observación General 37 estableció ciertos estándares mínimos para tal fin: “La imposición de cualquier restricción se debería guiar por el objetivo de facilitar el derecho, en vez de intentar limitarlo innecesaria y desproporcionadamente. Las restricciones no deben ser discriminatorias, comprometer la esencia del derecho o tener por objeto desalentar la participación en las reuniones o provocar un efecto disuasorio. Por consiguiente, las restricciones a las reuniones pacíficas no se deben utilizar, explícita o implícitamente, para reprimir la expresión de la oposición política a un gobierno, los desafíos a la autoridad, incluidos los llamamientos en favor de cambios democráticos de gobierno, la constitución o el régimen político, o la búsqueda de la libre determinación”.

Por último, Jarab le solicitó una reunión a Morales “con el fin de abordar el impacto que la implementación de la reforma constitucional provincial adoptada puede tener en el ejercicio de los derechos humanos” y resaltó que “la Oficina estima que el diálogo institucional con su despacho podría resultar beneficioso para el correcto seguimiento de la situación actual y, en general, para abordar cuestiones sobre el derecho a la reunión y los derechos de los pueblos indígenas”.