Tras las denuncias de los ministros Fabián Bastia y Pablo Cococcioni, el procurador de la Corte Suprema, Jorge Barraguirre, consideró que correspondía la conformación del Tribunal de Enjuiciamiento, quien además presentó una denuncia ampliatoria con más de 15 casos.
El Tribunal resolvió como medida cautelar disponer la suspensión preventiva del magistrado con retención del 50% de sus haberes mientras dure el proceso.
Cómo continúa el proceso
El primer paso del Tribunal de Enjuiciamiento fue convocar a los miembros, que en esta oportunidad fueron los integrantes de la Corte Suprema, dos representantes de la Legislatura (el senador Rodrigo Borla y el diputado José Corral), además de dos abogados (Lucas Rey Castro por Venado Tuerto y Héctor Ferrero por Rafaela). Luego se definió la aceptación de la denuncia contra un juez y el inicio del jury que estuvo a cargo del Procurador General de la Corte Suprema de Justicia.
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Admitida formalmente la denuncia, el tribunal suspendió provisionalmente al magistrado en el ejercicio de sus funciones, ordenó el pago en lo sucesivo del 50% de su remuneración y la retención del 50% restante y dispuso su comparecencia al juicio en el plazo de tres días.
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Juan Carlos Martínez es el remisero que fue asesinado en Reconquista, el caso que desencadenó el pedido de jury al juez.
Comparecido el denunciado, el Procurador General tiene 10 días para formular la acusación. Una vez que esto suceda, se dará traslado de ella al imputado por igual término.
Si fuera preciso, se abrirá la causa a prueba por un plazo que no exceda de treinta días, prorrogable según el prudente arbitrio del tribunal. La prueba se ofrecerá dentro de los tres primeros días y será diligenciada de oficio.
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Vencido el término de prueba, el Presidente del tribunal fijará para quince días después la audiencia de vista de causa. En esta audiencia el acusador y el imputado expondrán en ese orden y oralmente sus conclusiones sobre el mérito de la prueba.
Estudio y deliberación
Realizada la audiencia, el tribunal estudiará, deliberará y dictará sentencia, todo ello en un término no superior a diez días. Podrá disponer cualquier medida que considere conveniente, siempre que con ello no se exceda en más de cinco días el término para dictar sentencia.
Sentencia
La resolución definitiva se adoptará por mayoría de los miembros del tribunal y se absolverá o condenará al acusado. La duración total del juicio no podrá superar los 210 días hábiles, contados desde la admisión de la denuncia hasta el dictado de la sentencia.