Actualmente, el artículo 20 de la Constitución provincial establece la protección del trabajo en todas sus formas, promueve la colaboración entre empleadores y trabajadores, y menciona mecanismos como la conciliación y el arbitraje, pero no reconoce de forma explícita el ámbito de las paritarias.
Convencion reforma Constitucion Santa Fe 3 foto Maiquel Torcatt
Actualmente, el artículo 20 de la Constitución establece la protección del trabajo en todas sus formas, promueve la colaboración entre empleadores y trabajadores, y menciona mecanismos como la conciliación y el arbitraje, pero no reconoce de forma explícita la paritaria.
Maiquel Torcatt / Aire Digital
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Propuesta de la Unión Obrera Metalúrgica
El secretario general del gremio en Santa Fe, Pablo Cerra, señaló que el proyecto impulsado "se apoya en tres ejes: la generación y conservación del empleo como herramienta central de la convivencia social; la tutela individual de los trabajadores, que incluye la garantía de paritarias libres; y la protección constitucional de las organizaciones sindicales".
El texto propuesto por la UOM plantea la protección del trabajo formal, la erradicación del trabajo forzoso, informal e infantil, y la especial protección a mujeres y adolescentes que trabajan. Reconoce el derecho a asociarse en sindicatos, a huelga y a paritarias libres, garantizando su discusión independiente entre las partes con tutela estatal. También establece la capacitación continua, la carrera administrativa y la igualdad salarial en el empleo público.
Propuesta de ATE
La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) propuso modificar el artículo 20 para que, dentro del derecho colectivo del trabajo, se reconozcan expresamente los convenios colectivos, las garantías del fuero sindical y el derecho de negociación paritaria.
Propuesta de Festram
La Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales (Festram) planteó que el trabajo sea reconocido como un derecho humano fundamental y un deber social. Su texto garantiza derechos laborales individuales y colectivos conforme a la Constitución Nacional, los tratados internacionales y los convenios de la OIT. Declara al trabajador como sujeto de tutela constitucional preferente, asegura condiciones dignas y equitativas, protege a sectores vulnerables y promueve la formación profesional.
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El texto propuesto por la UOM plantea la protección del trabajo formal, la erradicación del trabajo forzoso, informal e infantil, y la especial protección a mujeres y adolescentes que trabajan.
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El proyecto reconoce y garantiza la libertad sindical plena, incluyendo a sindicatos simplemente inscriptos, y protege la actividad gremial. Reconoce la negociación y paritaria como mecanismos centrales para mejorar condiciones laborales y salariales, otorgándoles fuerza obligatoria. Además, incorpora el derecho de huelga y fomenta mecanismos de conciliación y arbitraje.
Planteo de Amsafé
La Asociación del Magisterio de Santa Fe propuso que la paritaria tenga rango constitucional tanto en materia jubilatoria como en el sistema educativo. Según la organización, cualquier reforma que afecte a trabajadores activos o jubilados debe discutirse en el ámbito paritario, y la negociación colectiva entre el Estado y los docentes no puede ser desestimada ni vaciada de contenido por el Poder Ejecutivo.
"Tiempo de debates y construcción de consensos"
Desde Unidos, los convencionales consultados por AIRE no expresaron posición respecto a la iniciativa, aunque destacaron que "estamos en tiempo de debates y construcción de consensos". Hasta el momento, no está claro el panorama sobre las chances concretas que existen para sumar en la nueva redacción de la Carta Magna la negociación colectiva del salario.
Frente Más para Santa Fe
Por su lado, según la propuesta del frente Más para Santa Fe (PJ y aliados) “el Estado reconoce el derecho de huelga, la negociación colectiva, los convenios colectivos de trabajo, el fuero sindical y las garantías propias de la actividad gremial. Promueve la resolución de los conflictos individuales y colectivos mediante la conciliación, la mediación y el arbitraje voluntario”.
Al respecto, en diálogo con AIRE, el convencional e integrante de la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías, Facundo Olivera, señaló que “en la propuesta que nosotros presentamos de reforma, puntualmente en el artículo 20, hacemos mención expresa a que el Estado reconoce la negociación colectiva y se deja claro que se reconoce a las organizaciones sindicales a representar a los trabajadores”.
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La Asociación del Magisterio de Santa Fe propuso que la paritaria tenga rango constitucional tanto en materia jubilatoria como en el sistema educativo.
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“La paritaria es una de las formas de negociación colectiva, es decir, es la comisión negociadora compuesta de manera paritaria por trabajadores y empleadores. Asique en nuestro proyecto de reforma dejamos estipulada la paritaria”, remarcó.
Conciliación obligatoria y arbitraje
Por su parte, desde el bloque de Somos Vida y Libertad también presentaron una iniciativa de reforma, pero en el que no se incluyen las negociaciones colectivas. En cambio, habla de “mecanismos de conciliación obligatoria y arbitraje” y de garantizar "el goce de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional, las leyes laborales y los convenios internacionales ratificados por la República Argentina”.