Avanza en la Legislatura otra prórroga de la adjudicación de galpones y maquinarias a la cooperativa Naranpol
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto que prorroga por dos años la adjudicación de los galpones y de la maquinaria a la cooperativa Naranpol.
La Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto de ley que prorroga por dos años la adjudicación de los galpones y de la maquinaria utilizada por la cooperativa Naranpol.
En su última sesión, la Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción a un proyecto de ley que prorroga por dos años la adjudicación de los galpones y de la maquinaria utilizada por la cooperativa Naranpol, en el norte de la capital provincial.
Se trata de la extensión de la autorización del uso de las instalaciones y de la maquinaria que ya había sido aprobada por la Legislatura santafesina en 2012, mediante la ley Nº 13.317.
Media sanción de Diputados a favor de la cooperativa Naranpol
Dicha normativa declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el "uso temporal" de los inmuebles ubicados en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, que a continuación se detallan:
a) Lote A2 de la Manzana N° 9459 Sur, Sec/Pol-Manz-Parc-Spar: 05-1542-00004, empadronado bajo la Partida N° 10-11-06-133796/0004-6, Tomo 656 Impar, Folio 00506 Número 008077, Plano N° 133652 001, sito en Avenida Blas Parera S/N.
b) Lote B1 de la Manzana N° 9359, Sec/Pol-Manz-Parc-Spar: 05-1542-00002, empadronado bajo la Partida N° 10-11-06-133796/0002-8, Tomo 656 Impar, Folio 00506 Número 008077, Plano N° 115378 989, sito en Avenida Blas Parera S/N.
c) Lote B2 de la Manzana N° 9359, Sec/Pol-Manz-Parc-Spar: 05-1542-00001, empadronado bajo la Partida N° 10-11-06-133796/0003-7, Tomo 644 Impar, Folio 00279 Número 003857, Plano N° 115378 989, sito en Avenida Blas Parera 9309.
sesion diputados santa fe
Se trata de la extensión de la autorización del uso de las instalaciones y de la maquinaria que había sido aprobada por la Legislatura santafesina en 2012, mediante la ley º 13317.
Además de los inmuebles, se adjudican las maquinarias, instalaciones y los bienes intangibles, marcas, patentes y habilitaciones necesarias para el desarrollo de actividades normales y habituales del establecimiento, conforme al inventario que se encuentran dentro de los inmuebles.
Además, se exime a la Cooperativa de trabajo (Naranpol) del pago de todo impuesto, tasas, sellado o timbrado, que tenga origen en la tramitación de las habilitaciones y certificaciones administrativas para el normal desarrollo de sus actividades en el ámbito de la provincia de Santa Fe.
Un informe técnico de la Dirección de Técnica Legislativa – al que accedió AIRE- analizó la viabilidad jurídica de aplicar la figura de expropiación de “uso temporal” (art. 15 de la Ley 7.534) a las instalaciones de Naranpol, actualmente en proceso de quiebra.
Al respecto, se precisó que la herramienta puede usarse cuando la empresa quebrada cesó su actividad, se ordenó la realización judicial de los bienes, no hay oferta que garantice deudas y empleo, o los trabajadores (al menos dos tercios) solicitan continuar la actividad a través de una cooperativa.
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Asimismo, para avanzar, la ley exige un programa de explotación que pruebe la factibilidad técnica, comercial y económica de la reactivación, firmado por profesionales con certificación y aceptado judicialmente. Ese plan debe incluir un cronograma de pago de la indemnización por la expropiación.
El artículo 2 de la Ley 13.317 aclara que los bienes se adjudican a título oneroso a la Cooperativa de Trabajo Naranpol Limitada, lo que implica una obligación de pago por el uso temporal. El destinatario del pago y las condiciones deben figurar en el programa de explotación, el acuerdo de acreedores y la sentencia judicial.
Si la Provincia asume total o parcialmente la indemnización, debe firmarse un convenio de reembolso con la cooperativa, contemplando la situación actual y futura de la unidad económica.
En síntesis:
El uso temporal busca preservar empleos y mantener la producción bajo control cooperativo.
La cooperativa debe presentar un plan sólido y viable, con aprobación judicial.
La Provincia puede intervenir, pero la cooperativa asume el compromiso de reembolso.
Todo el esquema debe estar alineado con el proceso judicial y los acreedores.