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Policiales Homicidio | Corte | Justicia

Vuelve a prisión el policía condenado por el crimen de Jonatan Herrera, emblemático caso de gatillo fácil en Rosario

El santafesino, Ramiro Rosales, quedó detenido nuevamente tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que ordenó que el caso sea nuevamente revisado. Un hecho inédito en un caso de gatillo fácil.

Un integrante de la Policía de Acción Táctica (PAT) que había sido condenado a seis años y medio de prisión bajo la figura de homicidio culposo (accidental) por la muerte de Jonatan Herrera, asesinado por policías en enero 2015 mientras lavaba un auto en la puerta de su casa en Rosario, volverá a prisión tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, que ordenó revisar el fallo de segunda instancia pero como un homicidio doloso, con intención de matar. Para la querella es “trascendental” en términos institucionales porque se de vuelta una calificación, se ordena una nueva audiencia y otra sentencia por un homicidio cometidos por una fuerza de seguridad.

A las 15.15 del 4 de enero de 2015, armas oficiales de la policía de Santa Fe acribillaron a balazos a Jonatan Herrera mientras lavaba un auto Volkswagen Gol en la puerta de su casa del barrio Tablada, en Ayacucho y pasaje Vila (continuación de bulevar Seguí). Sus hermanos lo esperaban porque en familia estaban por ir de visita a la casa de su abuela.

En segundos una descomunal descarga de plomo se precipitó sobre el joven de 23 años, que trató de correr y guarecerse detrás de un árbol cuando efectivos jóvenes y recién recibidos de la Policía de Acción Táctica (PAT) que venían en un colectivo de la línea 113, bajaron y se plegaron a una persecución del Comando Radioeléctrico (CRE) contra un ladrón que había robado una juguetería.

Ese ladrón corrió en dirección a la casa de Jonatan. Los efectivos del CRE, Miguel Iturres, Milagros Rodríguez y Gladys Galindo bajaron de su móvil y dispararon al delincuente, luego identificado como Brian Vespucio. El joven cayó herido en la vereda justo frente al ingreso de la casa y unos metros detrás de donde estaba Jonatan.

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Mientras, cinco policías de la PAT que habían descendido del colectivo, sin tener claro que ocurría, sacaron sus armas y gatillaron indiscriminadamente en dirección a Jonatan, que quedó en la línea de fuego bajo una lluvia infernal de balas. Murió horas después por disparos en el estómago y otro que le rozó el cráneo. Era padre de un bebé, vivía con su familia y trabajaba en Falabella.

La investigación del caso estuvo regada de irregularidades. Porque los mismos efectivos que participaron del hecho levantaron vainas servidas esparcidas en el lugar y contaminaron la escena. Eso complicó el cotejo balístico y el entrecruzamiento de datos con armas reglamentarias.

Desde ese mismo momento, los padres, hermanos, amigos y allegados a Jonatan batallaron para que el caso no quede impune. Con remeras blancas impresas con la foto del joven en el pecho, fueron una y otra vez a Tribunales, a la Fiscalía, y exigieron justicia en cada marcha de violencia institucional. La muerte de Jonatan fue un espeluznante caso de gatillo fácil, un indubitable exceso de las fuerzas de seguridad, entremezclado con flagrante incapacidad operativa de los acusados.

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Por esa situación, el fiscal de la unidad de Homicidios Adrián Spelta tuvo vaivenes durante la pesquisa. No podía armar una acusación sólida y clara. Sin embargo llevó a juicio a cuatro policías de la PAT: Ramiro Rosales, Francisco Rodríguez, Luis Sosa y Alejandro Gálvez. Y tiempo después a la agente del CRE Galindo, porque una pericia determinó que de su arma habría partido el disparo que impactó en la cabeza de la víctima.

A Rodríguez, Sosa y Gálvez le achacaron el abuso de armas y el intento de homicidio, y a Rosales, oriundo de Santa Fe, le atribuyeron el crimen tras comprobarse que el proyectil hallado en el abdomen de la víctima fue disparado por su arma. El juicio oral y público se desarrolló entre febrero y abril de 2017, presidido por el tribunal que integraron los jueces Juan Carlos Curto, Rodolfo Zvala y Juan José Alarcón.

Tras arduos debates llegaron a una conclusión, sin ahorrar críticas al rol de los investigadores que privó al caso de acumular pruebas más sólidas que las expuestas en el juicio. El crimen de Jonatan se situó en un contexto “imprudente y nada profesional”. Tan es así que uno de los magistrados expresó que la escena del delito más que “contaminada” podría haber estado “armada”. A pesar de esas referencias, los jueces indicaron que no había elementos para demostrar la intención (dolo) de matar a la víctima.

Una primera cachetada

Entonces el Tribunal emitió un fallo que cosechó críticas y la profunda desazón de los familiares de Jonatan. Condenaron a Rosales a 6 años y medio de cárcel por homicidio culposo, y a Rodríguez, Sosa y Gálvez a 3 años y medio por abuso de armas agravado. La policía Galindo fue absuelta por falta de pruebas. Nunca se pudo determinar efectivamente si ella disparó el balazo que dio en la cabeza de la víctima.

“La dolorosa muerte de Herrera no encontraría consuelo ni reparación con la emisión de una condena contra aquellos cuya culpabilidad no esté acabadamente demostrada, porque eso sólo consolidaba una nueva injusticia”, marcó el Tribunal. Como en el juicio se probó que disparó una de las balas que le quitó la vida a Herrera, se le atribuyó a Rosales “el homicidio culposo agravado por el uso de armas”.

Al dar a conocer su voto, el juez Curto indicó que las pruebas demuestran que Rosales “bajó del colectivo con intenciones de disparar”. Y que mintió al decir que no vio a Herrera, lo cual “se suma a sus mendaces afirmaciones sobre cuántos disparos hizo, cuántas vainas juntó y no haberse quedado con ninguna de ellas”.

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El fiscal Spelta y las querella encabezada por abogados de la Multisectorial contra la Violencia Institucional, que había solicitado prisión perpetua para Galindo y Rosales, apelaron el fallo. Sin embargo en octubre de 2017 la Cámara Penal (sala conformada por Georgina Depetris, Bibiana Alonso y Javier Beltramone, quien votó en disidencia) lo confirmó parcialmente: avaló la condena y la imputación a Rosales, y redujo las penas a Sosa y Gálvez (3 años y 2 meses condicional), y a Rodríguez a 2 años y 8 meses.

Por considerarlo inconstitucional, los acusadores elevaron quejas y cuestionaron el fallo de segunda instancia ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Argumentaron que las camaristas que sostuvieron la figura del homicidio culposo (accidental o sin intención) incurren en “arbitrariedad y falta de fundamentación”.

La Corte puso límites a la “arbitrariedad” de los camaristas

En una resolución con pocos antecedentes y con impacto institucional sobre el tratamiento judicial de los casos de gatillo fácil, hace dos semanas el máximo Tribunal de Justicia de la provincia dejó sin efecto el fallo de segunda instancia y ordenó que un nuevo tribunal revise la condena, con el criterio más grave del crimen doloso.

En fallo dividido, la Corte consideró que los camaristas incurrieron en “arbitrariedad” al valorar que Rosales no tuvo intención de matar. “Se bajó raudamente del colectivo arma en mano y disparó sin cerciorarse de nada. A la luz de las circunstancias comprobadas en la causa, es incompatible con el encuadre de homicidio culposo”, expresó en su voto Daniel Erbetta, al que adhirieron Rafael Gutiérrez, Guillermo Spuler y Enrique Alvarez. Mario Netri, María Angélica Gastaldi y Roberto Falistocco no cuestionaron la calificación de homicidio culposo.

La decisión de la Corte no quiere decir que se deba realizar un nuevo juicio, sino otra audiencia de revisión del fallo de primera instancia, a cargo de un Tribunal conformado por otros camaristas. Donde hubo coincidencia entre los ministros fue en reprobar la acción policial que a todas luces contaminó la escena del crimen y atentó contra su esclarecimiento.

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La Corte Suprema de Justicia de la Provincia ordenó que sea revisado el fallo. 

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia ordenó que sea revisado el fallo.

El fallo expuso aspectos que merecen una profunda revisión, no sólo el accionar policial y la primera mirada judicial, sino de autoridades a cargo de la formación de los agentes ya que los acusados de la PAT fueron lanzados a la calle con seis meses de instrucción.

En tanto, en otro párrafo de la resolución, la Corte sugiere al MPA que “deberá efectuar una exhaustiva investigación de lo acontecido a fin de que sus autores sean juzgados por tales hechos, determinando las responsabilidades penales y funcionales de quienes deliberadamente obstaculizaron la dilucidación del delito analizado”.

Calificación más grave y expectativa de una pena más alta

Con ese giro procesal del caso, el respaldo jurídico y la expectativa de una pena más alta, la Fiscalía solicitó la revisión de la situación cautelar de Rosales, que habiendo cumplido tres cuarta parte de la pena impuesta (4 años y 4 meses de prisión efectiva) gozaba de libertad asistida. La audiencia se desarrolló el martes en el Centro de Justicia Penal de Rosario (CJP) ante el juez Gonzalo López Quintana.

Según sostuvo Spelta, ahora el policía Rosales queda expuesto a la posibilidad de una condena mínima de 10 años y 8 meses por homicidio con arma de fuego, o incluso prisión perpetua si se considera el agravante de abuso de su función. Esa última calificación impulsa también la querella.

Ante la posibilidad del peligro procesal (fuga, entorpecimiento probatorio), el fiscal pidió al juez que Rosales vuelva a prisión, a lo que adhirieron los abogados querellantes Santiago Bereciartúa, por la mamá y los hermanos de Jonatan, y Gustavo Feldman, por el hijo y de la víctima.

A su turno, la defensora María Eugenia Carbone remarcó que Rosales siempre estuvo a disposición de la Justicia. Y que cuando en mayo de 2019 accedió al cese de prisión, se radicó en Santa Fe en la casa de sus padres, donde trabaja como albañil y realiza cursos de informática. Además, sostuvo que la Corte no cita expectativa de perpetua, y que fueron seis los magistrados que interpretaron el delito como culposo.

Llegó en libertad, pero volverá a prisión

El juez López Quintana escuchó a las partes, repasó los argumentos de la Corte y decidió que Rosales vuelva a prisión preventiva sin plazos. Indicó que “el máximo tribunal provincial fue claro” al citar que “surge de la experiencia, la lógica y el sentido común que quien actúa como lo hizo Rosales se representó necesariamente la posibilidad de lesionar a alguien y a pesar de eso prosiguió con su accionar”.

Por otra parte recordó que el policía “participó en la adulteración de la escena del hecho” y que “existe un altísimo grado de probabilidad de que la condena a imponer establezca la pena máxima. Todos los jueces evaluaron que era culpable”.

La resolución tuvo un inmediato impacto emocional sobre los familiares de Jonatan. María Elena, la mamá del joven asesinado, y una de sus hermanas esperaban el resultado de la audiencia. “Quien no tiene intenciones de asesinar no dispara más de cincuenta veces como lo hicieron contra Jonatan”, remarcó Julieta un rato antes del trámite en una conferencia de prensa.

“Fallo histórico y trascendental”

La mirada del abogado querellante Santiago Bereciartúa dejó algunas consideraciones valiosas en diálogo con Aire Digital. “El fallo histórico y trascendental es de la Corte. No recordamos un antecedente de esta magnitud en casos de violencia institucional donde se de vuelta una calificación, y se ordene que se haga una nueva audiencia donde sugiere una sentencia por homicidio doloso por parte de una fuerza de seguridad”.

El profesional observó que una de las consecuencias de la resolución es la medida cautelar. “En su momento Rosales estuvo en prisión preventiva, los requisitos ya los cumplía. Cuando se ordenó su libertad, la pena no estaba firme. Como la Corte decidió que se revise el fallo, lo que hizo el juez López Quintana fue revocar la condición de prisión preventiva. Porque si cambia la pena en expectativa, la proporción que lo benefició para la libertad, ya no existe más”.

Es que según el posible nuevo encuadre del caso, ahora se vislumbra una pena más alta para el ex policía de la PAT. Serían de 10 años y 8 meses de prisión por el homicidio doloso agravado por el arma de fuego; o prisión perpetua por el homicidio calificado agravado por abuso de su condición de policía. “Por eso vuelve a la cárcel”, desgranó el abogado.

Y agregó un aspecto fundamental, que es el compromiso del Estado. “No es un hecho más, representa gravísimas violaciones a los Derechos Humanos y de violencia institucional. El Estado asumió voluntariamente tratados y convenios internacionales, y es responsable de investigar y sancionar estos delitos. Para que esto se pueda asegurar y no sea objeto de cuestionamientos, la única forma es ordenar que Rosales quede deteniendo”. Por eso, Bereciartúa recalcó que la resolución de López Quintana “se ajusta a derecho. Respeta las obligaciones que asumimos como país”.