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Policiales Espionaje ilegal | Marcelo Sain |

Se define si la causa por espionaje ilegal, que tiene imputado al exministro Sain, pasa a la Justicia federal

El juez Jorge Patrizi deberá resolver si la causa por espionaje ilegal que investiga la Unidad de Delitos Complejos del MPA continúa tramitándose en la justicia provincial tras un planteo de competencia realizado por los abogados defensores.

El juez Jorge Patrizi deberá resolver si la causa por espionaje ilegal que involucra a varios exfuncionarios del gobierno provincial y que investiga la Unidad de Delitos Complejos del MPA, continúa tramitándose en la Justicia provincial tras un planteo de competencia realizado por los abogados defensores Hernán Martínez y Juan Lewis. Los argumentos fueron ventilados en una en una audiencia que se realizó en la sala 1 de los tribunales santafesinos y se prolongó durante casi cuatro horas.

Patrizi decidió no resolver en la audiencia y pasar a analizar la información vertida por el fiscal Ezequiel Hernández, los defensores y los abogados querellantes, ya que las partes citaron abundantes fallos y resoluciones de las Cortes Nacionales y Provinciales.

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Patrizi deberá definir si la causa por espionaje continúa en la Justicia provincial o pasa al fuero federal

Patrizi deberá definir si la causa por espionaje continúa en la Justicia provincial o pasa al fuero federal

Competencia

El planteo de competencia fue realizado por los abogados defensores Martínez y Juan Lewis, quienes sostuvieron que la competencia de la ley 25520 es de incumbencia federal. Al realizar la imputación la Fiscalía atribuyó a los sospechosos haber cometido delitos de espionaje ilegal sancionados en dicha ley.

Por su parte, tanto el fiscal Hernández y todos los querellantes sostuvieron que la incumbencia federal es una excepción, y que está causa debe tramitarse en el fuero santafesina porque los imputados son funcionarios del gobierno provincial, que se valieron de recursos del gobierno provincial y que no se vieron afectados intereses de la Nación.

Entre los varios fallos y resoluciones de Cámaras y Cortes Nacionales y Provinciales citadas en la audiencia por una y otra parte, cada una según su postura sobre la competencia, una de las abogadas querellantes, Viviana Cosentino, recordó un fallo reciente de la Corte Nacional por espionaje en el marco de la Masacre de San Miguel de Montes que determinó que debe ser tramitada por el fuero provincial.

Se conoce como Masacre de San Miguel del Monte a la muerte de cuatro adolescentes ocurrida durante la madrugada del 20 de mayo de 2019, en la ciudad de Monte, Buenos Aires, resultante de la persecución y tiroteo realizados por miembros de la policía bonaerense sobre el vehículo que utilizaban los jóvenes. En el hecho murieron Gonzalo Domínguez (14), Camila López (13) y Danilo Sansone (13), locales de la ciudad, y Aníbal Suárez (22), oriundo de Misiones.

No se sabe exactamente cómo se inició esta persecución. Aparentemente, la policía, que recibió un llamado al 911, en el que se denunciaba un auto sospechoso con características similares al vehículo de Suárez, procedió a seguirlos para hacer una inspección. Sin embargo, el vehículo en el que iban los jóvenes huyó a toda velocidad con el objetivo de alejarse, luego de que dentro del patrullero, uno de los policías estaba apuntando al auto con un objeto parecido a una linterna.

Según se había comunicado, era para anotar la patente y alertar la detención del vehículo, mientras, los familiares de las víctimas y vecinos de la zona, sostenían que en realidad dicho objeto era un arma. Llegado a una colectora, el vehículo chocó contra un acoplado, causando la muerte de cuatro de los cinco integrantes. La única sobreviviente, Rocío Guagliarello, fue internada en grave estado.

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Policías del OI allanaron la sede del Ministerio de Seguridad en Rosario en noviembre del 2021.

Policías del OI allanaron la sede del Ministerio de Seguridad en Rosario en noviembre del 2021.

La causa

Para los fiscales Ezequiel Hernández y Federico Grimberg, Sain fue el jefe de la asociación ilícita, mientras que por debajo estuvieron la exdirectora de la Agencia de Control Policial (ACP), Nadia Schujman y la exfuncionaria del Organismo de Investigaciones, Débora Cotichini, en su carácter de organizadoras.

Por su parte, en la tercera línea y como miembros, quedaron Germán Montenegro (exsecretario de Seguridad Pública), Diego Rodríguez (Exsubsecretario de Control Institucional); Milagros Bernard (Excontratada por la Subsecretaría de Control Institucional del Ministerio de Seguridad); y Pablo Álvarez (Exsubsecretario de Investigación Criminal dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública). Todos ellos fueron imputados en la Fiscalía de Delitos Complejos.

La investigación, surgida a partir de una denuncia presentada el 31 de agosto del 2021, plantea que de la asociación ilícita habría tenido dos estructuras diferentes: una ubicada en la órbita del Ministerio de Seguridad, y la otra en el Ministerio Público de la Acusación.

En cuanto a los cargos, la Fiscalía le imputó a Sain "asociación ilícita en carácter de jefe; violación a la ley número 25.520 de Inteligencia Nacional; malversación de caudales públicos calificada (por el entorpecimiento del servicio al que estaban destinados); peculado; abuso de autoridad por dictado de órdenes contrarias a las leyes; instigador de destrucción de documentos y elementos de prueba; violación de secretos y encubrimiento calificado (por ser funcionario público).

Sain atravesará la causa de espionaje sin poder salir del país y con la prohibición de portar armas

El juez penal de tribunales, Martín Torres, ordenó este miércoles que Marcelo Sain, el exministro de Seguridad de la provincia de Santa Fe imputado por espionaje durante su paso por el gobierno, atraviese la investigación en estado de libertad y sujeto a una serie de normas alternativas a la prisión preventiva.

La resolución también alcanza al exsecretario de Seguridad Pública, Germán Montenegro, quien, paradójicamente, por lo menos hasta el inicio de la audiencia -la cual comenzó el martes- se encontraba fuera del país, situación que causó una gran sorpresa en las distintas partes que intervienen en la causa.

Ambos exfuncionarios deberán fijar domicilio, quedar bajo la custodia de un guardador y a su vez tendrán prohibido mantener contacto con las víctimas de la causa, como así también con el Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe, área que supieron encabezar entre 2019 y 2021. En tanto, tendrán prohibida la salida del país, por lo que deberán hacer entrega de su pasaporte a la Justicia. En el caso del exministro tendrá prohibido portar y tener armas de fuego.

El fallo de Torres también atenuó la situación de la otra imputada que tiene la causa, Agustina Moulins, quien fue contratada por la gestión Sain, y la cual deberá fijar domicilio y si podrá salir del país, mediante la presentación en sede judicial de un pasaje de ida y otro de vuelta.

La medida judicial se ajustó a lo que solicitó el fiscal de la causa, Ezequiel Hernández, quien con la defensa de los imputados a cargo de Hernán Augusto Martínez, supo acordar medidas alternativas a la cárcel. No obstante, rechazó el pedido que hicieron cuatro abogados querellantes para que Sain transite la investigación con prisión preventiva. Se trata de los abogados Ignacio Alfonso Garrone (que representa a la Delegación Norte de Upcn); Pablo Cococcioni (por el diputado Maximiliano Pullaro), la abogada Evelyn Andriozzi (que se representa por derecho propio) y Viviana Cosentino (por el empresario de medios, Gustavo Scaglione).