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Policiales penitenciario | juicio | Hospital Mira y López

Piden juicio para un agente penitenciario por su responsabilidad en el suicidio de un paciente psiquiátrico

El hecho ocurrió en el hospital Mira y López en 2021. La Fiscalía y la querella acusaron al penitenciario por homicidio culposo.

Un agente penitenciario de 44 años irá a juicio acusado por su responsabilidad en el suicidio de un paciente psiquiátrico, en septiembre de 2021. El hecho ocurrió en una sala de internación del hospital Mira y López, y la Fiscalía y la querella acusaron a César Zalazar como autor de homicidio culposo.

La audiencia preliminar del juicio se realizó este lunes en la sala 3 de tribunales ante el juez Leandro Lazzarini. La investigación está a cargo del fiscal de Violencia y Corrupción Institucional Ezequiel Hernández; el abogado querellante Bruno Palamedi acompañó la pretensión fiscal.

Zalazar es asistido por el abogado defensor particular Ignacio Alfonso Garrone, quien si bien no realizó ningún planteo en la audiencia porque lo realizará en el momento del juicio, adelantó que “no corresponde la atribución de homicidio culposo”.

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Leandro Lazzarini, juez penal de tribunales que presidió la audiencia preliminar.

Leandro Lazzarini, juez penal de tribunales que presidió la audiencia preliminar.

Homicidio culposo

En la audiencia preliminar se repasó el hecho atribuido a Zalazar, que ocurrió el 23 de septiembre del 2021, cuando el imputado se encontraba cumpliendo funciones de custodio de un interno que se encontraba internado en el hospital: “Zalazar actuó imprudentemente e inobservando los reglamentos y deberes a su cargo como agente del Servicio Penitenciario y portador de un arma de fuego”, sostiene la acusación.

Fiscalía y querella sostienen que Zalazar dejó su arma de fuego reglamentaria en el interior de su mochila, en una sala de internación de aislamiento de COVID-19, y se retiró del lugar, “abandonando así la custodia de su arma”, precisa el bloque acusador, y agrega que “su acción violatoria del deber de cuidado permitió que Jorge Daniel Aguirre (un paciente internado con problemas de consumo problemático que se encontraba acostado en una de las camas de esa misma habitación) tomara el arma de fuego y se efectúe un disparo que le causó la muerte".

Para sostener que el agente penitenciario es responsable del accionar de Aguirre, la acusación precisa que la víctima era un paciente psiquiátrico que se encontraba internado en el Hospital desde varios días atrás por su patología, padecía alucinaciones visuales y cenestésicas (sentía bichos en el interior del cuerpo), además padecía adicción a ciertas drogas, por lo que “carecía del discernimiento necesario para calificar su acto como voluntario”.

Además, los investigadores recabaron el testimonio del personal del hospital que brindó asistencia a Aguirre tras el disparo: cuando entraron a la habitación vieron que le comenzaba a salir sangre de la nariz y de abajo de la cabeza. Aguirre estaba tendido en el piso boca arriba y se encontraba solo en la habitación; a su lado estaba el arma de fuego.

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Ezequiel Hernández, fiscal del caso.

Ezequiel Hernández, fiscal del caso.

Mientras asistían al herido, ingresó en la habitación el empleado penitenciario Zalazar, quien, al ver lo ocurrido, se tomó la cabeza, levantó el arma del piso y salió de la habitación.

Una de las médicas del nosocomio que asistió al herido declaró que siempre le recalcaban al personal de custodia que cuiden el arma, que la tengan siempre con ellos, que no se confíen porque están al cuidado de personas con problemas de salud mental.

Entre los testigos que declararon en la investigación y que serán citados al juicio se encuentra otro empleado penitenciario, que también se encontraba en el Hospital Mira y López el día del hecho, a cargo de la custodia de otro interno: Zalazar le dijo que un paciente le había sacado el arma y se había pegado un tiro. Como estaba con los nervios alterados, le pidió a su compañero que le entregara la pistola; luego llegó el personal de la Subcomisaría 17 y secuestró el arma.

En tanto, para sostener que el hecho fue un homicidio culposo, la Fiscalía advierte en la acusación que se debe analizar cual fue la "imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo" cometidos por Zalazar que le costaron la vida a Aguirre. Para esto, se enumeran una serie de normativas y resoluciones respecto al uso y cuidado que deben tener los agentes policiales y penitenciarios respecto al arma reglamentaria: el primero de sus deberes al respecto es "mantenerla en su poder, y el deber de portar el arma reglamentaria en toda circunstancia de acto de servicio"; exige del agente "llevarla físicamente adosada al cuerpo en acto de servicio", siempre "adosados al cuerpo", y que aseguren el "inmediato acceso al arma", con la "exclusiva responsabilidad de que el usuario no pierda en ningún momento la posesión física del material".

“La acción de dejar el arma de fuego cargada y al alcance de personas que padecen problemas de salud mental constituyó una negligencia grave del acusado cuya relación con la muerte de la víctima es clara y directa”, remarca la Fiscalía, y agrega que “Zalazar conocía que las personas que se encontraban internadas en un hospital psiquiátrico están allí precisamente por tener sus facultades mentales alteradas”.

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Ignacio Alfonso Garrone, abogado defensor del caso.

Ignacio Alfonso Garrone, abogado defensor del caso.

El bloque acusador adelantó un pedido de pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para ejercer la profesión penitenciaria por el doble de tiempo. Para justificar este pedido de pena, Hernández enumeró en la audiencia una serie de cuestiones personales y de formación de Zalazar: “la concreta actuación del acusado es censurable ya que desatendió las normas legales y reglamentarias que rigen la actividad y profesión penitenciaria, en un aspecto fundamental como es la utilización de armas de fuego. Estamos evaluando la conducta de un funcionario público respecto a la utilización de una importante herramienta asignada a título personal, en atención a criterios de aptitud. Todos aspectos que fueron incumplidos por Zalazar en este caso”, valoró la Fiscalía.

Tras repasar el hecho atribuido y los fundamentos del caso, las partes presentaron los acuerdos probatorios y la lista de una quincena de personas que serán citadas como testigo. Finalmente, solicitaron que el juicio se realice ante un tribunal unipersonal. El juez Lazzarini deberá analizar la legalidad de lo reclamado por las partes y deberá disponer la apertura a la etapa de juicio.

"Que el responsable del arma que mató a mi hermano no toque nunca más un arma"

Antes del desarrollo de la audiencia declaró la hermana de Aguirre, querellante en la causa. La mujer sostuvo que "mi interés después de todo lo que le ha pasado a mi familia es que esta persona responsable del arma que mató a mi hermano no toque nunca más un arma de fuego, y sea condenado por su irresponsabilidad. Al mes que mi hermano murió, mis dos padres enfermaron de cáncer, mi padre ya falleció, mi mamá está muy grave. Nada más", concluyó.