La defensa del portero de la escuela Macagno condenado por abuso sexual insiste con revocar el fallo
El abogado presentó un recurso contra la resolución de la Cámara que confirmó la condena por abuso sexual a Tadeo Azcurra.
Azcurra fue condenado por abuso sexual en un juicio oral y la condena fue confirmada por la Cámara de Apelaciones.
La defensa del portero de la escuela Macagno condenado a nueve años y seis meses de prisión por el abuso sexual de una alumna de siete años presentó un recurso para dar vuelta el fallo que fue confirmado por la Cámara de Apelaciones.
Te podría interesar
Se trata de un recurso de inconstitucionalidad presentado por el abogado defensor Santiago Benegas, en el que sostiene que la sentencia afecta de manera directa las garantías de defensa en juicio, debido proceso, estado de inocencia y motivación suficiente de las decisiones judiciales.
En el escrito, la defensa solicita a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que admita el recurso de inconstitucionalidad presentado, declare la absolución de Azcurra e investigue una posible responsabilidad penal de la fiscal Vivian Galeano.
Las críticas a la condena por abuso sexual
Benegas cuestionó duramente la utilización de una prueba pericial definitiva e irreproducible "realizada sin control defensivo y convalidada con fundamentos falsos", precisa el escrito.
Para el defensor, la condena se apoyó de manera determinante en un informe bioquímico presentado en el juicio por una perito que afirmó haber observado espermatozoides en un hisopado bucal. La defensa critica que esta pericia se realizó 39 días después de la extracción de las muestras, cuando Azcurra ya estaba individualizado como imputado, pero la operación jamás fue notificada a la defensa, violando los artículos 187 y 282 del Código Procesal Penal.
Otra de las críticas es que la médica interviniente omitió confeccionar el extendido en portaobjetos exigido por el protocolo. A su vez, procesó y transformó la porción del hisopo utilizada y descartó el preparado microscópico original, conservando únicamente dos fotografías. Ningún perito independiente pudo volver a examinar la muestra para verificar si las células fotografiadas provenían efectivamente de la niña.
El defensor agregó que dos estudios genéticos posteriores —efectuados por el Servicio de Genética Forense del MPA y por el laboratorio de la Universidad de Buenos Aires (UBA)— dieron resultados totalmente negativos para ADN o marcadores del cromosoma Y en el material remanente.
Benegas precisó que durante la audiencia de apelación, la fiscal Galeano afirmó que la defensa sí había sido notificada de la pericia y decidió no asistir, postura que la Cámara dio por cierta para convalidar la prueba. Sin embargo, tras requerimientos judiciales, el propio Organismo de Investigaciones confirmó por escrito que nunca realizó ninguna notificación previa a la defensa, precisa el recurso presentado.
Otra de las críticas de la defensa es que la Cámara de Apelaciones consideró como "contexto" desfavorable que el imputado hubiera aceptado voluntariamente la prisión preventiva, que llegara privado de libertad al debate, y que supuestamente mantuviera una "tesis pasiva" por no ofrecer abundante prueba de descargo.
Benegas citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para sostener que el acusado no tiene la obligación de probar su inocencia ni de aportar pruebas de descargo; corresponde exclusivamente a la acusación desvirtuar las hipótesis alternativas.
Cronología del caso
La causa se inició en 2024 tras la imputación de Tadeo Azcurra por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una niña de siete años. Según la hipótesis de la Fiscalía, el ataque ocurrió el 19 de abril de ese año dentro de un cuarto de limpieza de un establecimiento educativo, lugar al que el acusado la habría llevado bajo el pretexto de "jugar un juego" tras facilitarle papel higiénico.
- La investigación judicial comenzó formalmente el 20 de abril tras un aviso del Hospital de Niños “Dr. Orlando Alassia”, donde la menor fue trasladada por sus padres. En el nosocomio, el informe técnico bioquímico de los hisopados orales practicados a la niña arrojó un resultado positivo para la presencia de semen, convirtiéndose en una prueba biológica clave.
- De acuerdo con el relato que la víctima le transmitió a su madre, el acusado -identificado por la menor como el "profesor Tadeo"- utilizó un elemento de distracción posterior al hecho, regalándole un chupetín luego de perpetrar el abuso en el sector de limpieza.
- El representante legal de la escuela aportó a la causa los registros de las cámaras de seguridad del edificio. Las filmaciones confirmaron de manera precisa la secuencia descrita por la víctima: su entrada al baño, el diálogo mantenido con Azcurra y el posterior ingreso de ambos al depósito de desinfectantes y objetos de limpieza.
- La menor atravesó dos instancias de entrevista en Cámara Gesell. Aunque en la primera declaración negó que se hubiera consumado el acceso carnal, en la segunda oportunidad admitió que el imputado le había introducido "algo" en la boca, aclarando que inicialmente ocultó este detalle por vergüenza y por temor a la reacción de sus progenitores.
- El juicio se realizó entre finales de mayo e inicios de junio de 2026, y fue presidido por el juez Lisandro Aguirre, quien condenó a Azcurra. La defensa apeló la condena e insistió con la inocencia del hombre.
- Los jueces de la Cámara de Apelaciones Fernando Gentile Bersano, Oscar Burtnik y Jorge Andrés confirmaron lo resuelto en juicio por lo que el defensor ahora intentará llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.





