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Policiales Homicidio | Santo Tomé |

Insisten con que una joven investigada por el homicidio de su novio en Santo Tomé era víctima de violencia de género

La defensa pública apeló el fallo que mantuvo la prisión preventiva de Lorudes Seniquel y descartó la existencia de violencia de género en la pareja. Ahora el planteo deberá ser analizado por la Cámara de Apelaciones. Ayrton Díaz fue asesinado en septiembre de 2021 en Santo Tomé.

El juez de la Cámara de Apelaciones, Fernando Gentile Bersano, deberá revisar la resolución que mantuvo la prisión preventiva de Lourdes Seniquel, una joven de 20 años imputada por el homicidio de su pareja, Ayrton Díaz. El crimen ocurrió en septiembre de 2021 en el barrio Adelina de Santo Tomé.

La causa es tramitada por la fiscal Ana Laura Gioria, quien imputó a Seniquel como autora de homicidio calificado por el vínculo, y los padres de Ayrton se constituyeron como querellantes con la representación del abogado Daniel Rocca. En tanto, el defensor público Nicolás Mosconi intenta demostrar que la joven era víctima de violencia de género y reclama que transite el proceso con medidas alternativas a la prisión.

Seniquel se encuentra en prisión desde noviembre de 2021, y esta resolución fue confirmada por la Cámara de Apelaciones. En junio, el defensor Mosconi solicitó revisar la medida que fue sostenida por el juez Sergio Carraro; ahora, la causa tendrá un nuevo análisis por la Cámara.

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Fernando Gentile Bersano, juez de la Cámara de Apelaciones

Fernando Gentile Bersano, juez de la Cámara de Apelaciones

Resolución cuestionada

El defensor cuestionó la resolución de Carraro que mantuvo la prisión preventiva de Seniquel y sostuvo que el juez de baja instancia, al considerar que la violencia en la pareja entre la imputada y la víctima la violencia era recíproca, es una concepción “machista y estereotipada”. Mosconi basa sus argumentos en el fallo del denominado “Caso Cion”, en el que una mujer policía de San Javier, acusada de haber matado a su novio, fue absuelta en juicio por considerar que actuó en legítima defensa en un contexto de violencia de género.

El defensor recurrió también a un informe realizado por la Junta Especial de Salud Mental, en el que se concluyó que “la situación de violencia disminuye la capacidad de entendimiento” y que la persona involucrada “no alcanza a comprender la repercusión de sus actos”. Con esto, en caso de ser condenada Seniquel, la pena no sería una prisión perpetua sino una condena menor.

Mosconi insistió con que era Díaz quien hostigaba a Lourdes por las redes sociales, y que lo hacía desde cinco perfiles con diferentes identidades; el defensor remarcó que Lourdes recurrió a la justicia por lo menos dos veces para denunciar a Díaz: en uno de esos casos el joven fue imputado y debió realizar un curso de nuevas masculinidades; en el otro caso, no se tomó ninguna medida. El defensor remarcó que la última denuncia de Seniquel a Diaz fue en enero de 2021, meses antes del hecho, “y el Estado no hizo nada”.

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“Es un prejuicio criminalizar a Lourdes por no ser una mujer sumisa” insistió Mosconi, y recordó una declaración aportada por una testigo, quien sostuvo que “ella nunca fue sumisa, siempre estuvo empoderada”, y “ese fue el problema” remarcó el defensor. Mosconi pidió que Lourdes Seniquel sea excarcelada y aguarde el inicio del juicio con medidas alternativas a la prisión preventiva.

A su turno, la fiscalía y la querella solicitaron que se confirme la resolución de Carraro y que Seniquel continúe en prisión preventiva. Gioria defendió el fallo cuestionado y sostuvo que el juez analizó la evidencia aplicando perspectiva de género, y que no encontró evidencias que avalen el planteo del defensor. La Fiscalía destacó que Lourdes nunca estuvo en riesgo, y que no se puede considerar que en todas las parejas conflictivas esté presente la violencia de género.

En cuanto al informe de la Junta, citada por el defensor, la fiscal advirtió que la conclusión se refiere a “probabilidades”: “podría haber estado sumida en un contexto de violencia de género”, citó Gioria, y agregó que estas cuestiones deberá ser profundizado en el juicio.

La Fiscalía minimizó también las similitudes con el caso Cion, cuyo fallo está siendo revisado por la Cámara de Apelaciones, y advirtió que la única similitud entre ambos hechos es que se trata de una pareja que culminó porque el hombre murió por el accionar de la mujer.

El querellante Rocca adhirió a lo manifestado por la Fiscalía y recordó cómo fue el hecho que se atribuye a Seniquel; el letrado sostuvo que de ninguna manera puede considerarse que la joven estaba en riesgo ante un hombre al que superaba en peso y altura. Agregó que los riesgos procesales continúan vigentes y solicitó que sea confirmada la prisión preventiva de la imputada.

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El lugar del hecho: la vivienda de Ayrton Díaz, en el barrio Adelina en Santo Tomé. 

El lugar del hecho: la vivienda de Ayrton Díaz, en el barrio Adelina en Santo Tomé.

El caso

El crimen de Ayrton Díaz, ocurrió en septiembre de 2021 en la ciudad de Santo Tomé; la investigación hasta el momento esclareció cómo ocurrió el asesinato del joven de 22 años, y también el contexto en el que la víctima vivió los últimos días antes de ser asesinado: permanentemente acosado y amenazado por su exnovia, quien -según reveló la investigación- le advirtió en distintas oportunidades que “lo mataría si la dejaba”.

La causa se encuentra a cargo de la fiscal de la Unidad Especial de Homicidios, Ana Laura Gioria, que imputó a Lourdes Seniquel por “homicidio calificado por el vínculo” tras comprobar que el joven y la víctima mantuvieron una relación de pareja que duró aproximadamente cuatro años y que durante las semanas previas al asesinato había tenido su final.

En la audiencia de prisión preventiva Goria expuso las evidencias del caso que llevaron a los investigadores de la División Homicidios a esclarecer el crimen de Díaz, el cual ocurrió el 25 de septiembre entre las 12 de la noche y las 3 de la madrugada. De las pruebas recolectadas por la fiscal, la que mayor peso tuvo fue una prueba de ADN que conectó a la imputada con el hecho. Se trata de un cotejo una muestra de sangre que fue encontrada en una bicicleta que estaba en la casa de Seniquel, la cual fue allanada cuatro días después del homicidio de Díaz. En esa bicicleta, los miembros de la AIC detectaron que el pedal izquierdo tenías rastros compatibles con sangre por lo que tomaron muestras y luego las cotejaron con la sangre de la víctima. El resultado confirmó en un cien por ciento que dichos rastros eran de la víctima.

Sumado a ello, un video captó a una mujer pasar a muy pocas cuadras de la casa de la víctima a una mujer de similares características a las de Seniquel aquella madrugada. En tanto, distintos testigos manifestaron haberla visto merodear la zona a bordo de una bicicleta color claro. En cuanto al examen forense, la autopsia confirmó que la víctima sufrió un puntazo en la zona derecha del cuello que provocó su fallecimiento en la zona del comedor de la vivienda en donde residía, en Ituzaingó al 4700 de Santo Tomé.

Finalmente, la fiscal comprobó el vínculo que tuvo la víctima con la mujer acusada tras comprobar que ambos fueron pareja. En esa línea, la funcionaria judicial determinó que Seniquel constantemente acosaba y amenazaba a Díaz. “Ella le mandaba (mensajes) que si no estaba con ella no iba a estar con nadie”, declaró al respecto un amigo de la víctima que forma parte del legajo judicial. “Ella amenazaba con matarlo si la dejaba”, explicó otra testigo que también prestó declaración. “Lo golpeaba siempre”, sentenció otro testigo incorporado a la investigación.