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Policiales fraude | Hospital Iturraspe | juicio

Fraude al hospital Iturraspe: rechazaron dar marcha atrás con el juicio abreviado de dos exempleados

Se trata de Jorge Carnaghi y Belén Milessi, sentenciados a penas en suspenso por haber desviado millones de pesos correspondientes a un fondo de los empleados del nosocomio.

La causa que investigó el fraude al hospital Iturraspe de Santa Fe, mediante el desvío de fondos, sumó un nuevo capítulo en las últimas tras ser declarado como inadmisible un planteo judicial, impulsado por una de las querellas del caso, que pretendía dar marcha atrás con el juicio abreviado que condenó a dos exempleados del nosocomio.

La reciente resolución lleva la firma del juez de la Cámara de Apelaciones, Fernando Gentile Bersano, que rechazó revisar el fallo que impuso a Jorge Carnaghi (quien se encargaba de liquidar los sueldos de los empleados del Iturraspe) una pena de tres años de prisión en suspenso; y uno para su esposa Belén Milessi; y el pago de más de 40 millones de pesos como reparación económica por el daño causado.

Aquella condena fue impuesta por la jueza Rosana Carrara tras un acuerdo establecido entre el fiscal del caso, Federico Grimberg y la defensa de los imputados, a cargo del abogado penalista Néstor Oroño.

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Ese acuerdo contó con el aval de la Fiscalía de Estado, constituida como querellante, pero a su vez fue rechazado por un grupo de empleados del hospital que, representados por el abogado Esteban Campos, se mostraron disconformes con la pena y el monto a devolver por parte de los condenados.

De esos empleados, solo una enfermera pidió (por medio de Campos) la revisión del fallo al considerar que la causa centró el fraude entre el 2020 y 2023 y no en años anteriores, pese a que Carnaghi y su esposa trabajaban en el nosocomio desde hacía por lo menos 20 años.

Rechazo total

El planteo de Campos llegó a la Cámara de Apelaciones en lo Penal y recayó en el despacho del juez Gentile Bersano quien tras analizar el recurso interpuesto consideró que fue “absolutamente infundado”.

Según el camarista, la pretensión es confusa y hasta contradictoria. “En la audiencia de baja instancia, la apelante alega que las conductas endilgadas a los imputados constituyen una estafa y, paralelamente, una malversación de caudales públicos, lo cual claramente resulta contradictorio”, destacó el juez en la resolución a la que tuvo acceso AIRE.

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En tanto, remarcó que la enfermera confundió la reparación de daños y perjuicios, ya que tal planteo lo puede realizar por otra vía judicial, como por ejemplo, en la Justicia Civil. “El pago de los importes de referencia constituyen una regla de conducta, por lo que ninguna relación guarda con los daños y perjuicios sufridos por las víctimas”, dijo el magistrado y declaró como inadmisible a la revisión de la condena.

Condenados

El fallo en cuestión, declaró a Carnaghi autor del delito de estafas y de administración y explotación de juegos de azar sin autorización. Mientras que su esposa, María Belén Milessi, fue declarada partícipe secundaria del delito de estafas. El primero aceptó una pena de tres años de prisión condicional y la segunda uno, por lo que ninguno irá a la cárcel.

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Grimberg, el fiscal a cargo de la causa. 

Grimberg, el fiscal a cargo de la causa.

El fallo también ordenó a Carnaghi el pago de $41.000.000 y $1.200.000 a Milessi a modo de reparación económica luego de haber desviado fondos correspondientes al denominado “Fondo 30%”, correspondiente al dinero de los servicios que brinda el efector a usuarios de prepagas, obras sociales y seguros de accidentes.

Según estableció la investigación, entre el 1 de enero de 2020 y el 21 de octubre de 2023, Carnaghi (en su carácter de responsable de la liquidación y pago al personal activo del hospital Iturraspe) remitía al Consejo de Administración el detalle de las liquidaciones del Fondo del 30% conforme lo que a cada empleado le correspondía cobrar; una vez aprobado por el Consejo Directivo, el exempleado generaba el archivo que debía remitir al Banco Santa Fe para materializar las trasferencias y alternaba algunos datos: el monto de dinero, el número de cuenta, el número de DNI y los nombres consignados en el archivo original. De esa manera, se transferían montos diferentes a los aprobados por el Consejo, a otras personas y a otras cuentas, todas imputadas en la causa.

Carnaghi además fue condenado también por haber organizado, administrado, explotado y operado actividades vinculadas al juego de azar junto a otras personas no identificadas, de manera clandestina, en forma habitual y continua a través de internet. A su vez, vendía y canjeaba créditos virtuales a cambio de dinero, que cobraba a través de acreditaciones en billeteras virtuales.