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Femicidio de Gisela Fiamaca: para los jueces no quedan dudas de que la joven era víctima de violencia de género

El tribunal que condenó a Gustavo Ponce de León a prisión perpetua dio a conocer los fundamentos de la sentencia. Destacaron los testimonios que revelaron el vínculo de la pareja y el informe realizado por el equipo interdisciplinario.

En el escrito, al que tuvo acceso Aire Digital, el tribunal repasa la prueba producida durante el juicio oral y público que se desarrolló en los tribunales santafesinos, prueba que, según los jueces, permitió acreditar que Ponce de León asesinó a Gisela, con quien tenía una relación de pareja que estaba signada por la violencia de género.

La acusación contra Ponce de León fue sostenida por el fiscal de la Unidad de Homicidios, Estanislao Giavedoni, quien había reclamado la prisión perpetua del acusado; en tanto, el abogado defensor Ignacio Alfonso Garrone intentó poner en duda la autoría del imputado y había reclamado la absolución de culpa y cargo.

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Gisela Fiamaca fue asesinada de un puntazo al corazón el 19 de julio de 2020.

Gisela Fiamaca fue asesinada de un puntazo al corazón el 19 de julio de 2020.

Fundamentos

Para los jueces se encuentra acreditado que Ponce de León y Gisela tenían una relación conflictiva, situación que fue destacada por el testimonio de una amiga de la víctima, quien había tenido una charla la noche anterior al crimen en la que Gisela le dijo que “estaba cansada de esa vida y se quería separar de él; no me dijo por qué no lo hacía, sólo lloraba” repasó. “Esto devela sin duda el contexto de violencia de género en el que estaba inmersa la víctima”, destaca el tribunal en los fundamentos.

Los jueces también resaltaron el estudio interdisciplinario realizado por la psicóloga, la psiquiatra y la trabajadora social, que permitió concluir que Gisela se encontraba inmersa en un contexto de violencia de género “que le generaba un aislamiento emocional y físico, que, junto al temor de ser nuevamente abandonada le impedía denunciar los hechos anteriores sufridos, pero que naturalizaba violencia tanto emocional como física, en los cinco años de convivencia que los unieron”. La conclusión del informe es la existencia de numerosos indicadores de violencia de género en la pareja, que coincide con los numerosos testimonios: “El trabajo de las profesionales es creíble y fundado”, destacó el tribunal.

En cuanto a la autoría material de Ponce de León, se comprueba por el análisis de las heridas que presentan víctima y victimario: Gisela presentaba, además de la herida punzocortante en el hemitórax que le ocasiono la muerte, otra en la cara anterior del hombro izquierdo, compatible con una mordedura; el imputado presentaba una escoriación en el rostro, y en el brazo izquierdo. Todas las lesiones son recientes, menores a 24 horas, y grafican la pelea que mantuvieron, que es compatible con el desorden que había en el lugar.

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Gustavo Ponce de León fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Gisela Fiamaca

Gustavo Ponce de León fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Gisela Fiamaca

Los jueces además rechazaron la posible intervención de un tercero: “es imposible si tenemos en cuenta que todo ocurrió dentro de un monoambiente, con la hija del imputado como testigo de los hechos, por lo que la presencia de otra persona habría sido fácilmente advertida; además nadie pidió auxilio, solo llamaron a la dueña de casa una vez que Ponce de León estaba allí”.

El tribunal también analizó la actitud Ponce de León la noche del hecho, cuando fue a buscar al tío de Gisela para que la lleve al hospital, y lo que sostuvo en el nosocomio: “siempre dijo que pensaba que Gisela estaba descompuesta, sin embargo, ante la sangre presente en el lugar no podía desconocer que estaba herida, y siempre lo ocultó; este es otro indicio que lo vincula como autor del hecho”.

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Finalmente, el tribunal analizó lo manifestado por la hija de Ponce de León en Cámara Gesell: “es un esfuerzo de la niña por querer desincriminar a su papá, limitándose a decir que él no fue”; los jueces remarcaron que cambió el relato que le había dado de manera espontánea a la vecina, a quien le había dicho que su papá “le hizo así” a Gisela, con un gesto de hincar. Además, no dio mayores precisiones de lo que habría ocurrido en la casa, por lo cual el testimonio de la niña en Cámara Gesell no resulta creíble.

En cuanto a la otra niña, la hija en común de Gisela con Ponce de León, los jueces destacaron el testimonio de una de sus maestras, a la que le dijo que había ido a visitar a su papa que estaba preso porque había matado a su mamá.

Es así que el tribunal encontró acreditada la autoría de Ponce de León en la muerte de Gisela, y todos los agravantes seleccionados por la acusación: el vínculo entre ellos y el contexto de violencia de género -femicidio.

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