Un tribunal de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe confirmó finalmente la pena de 13 años de prisión efectiva para Juan Carlos Gorosito (41), el ex recolector de residuos que el 26 de febrero del 2017 mató al suboficial de policía, Martín Foresto, tras una áspera discusión originada a raíz de una serie de maniobras imprudentes que ocurrieron en la autopista.
El fallo judicial se conoció esta semana y estuvo a cargo de los jueces Oscar Burtnik (presidente), Marta Feijoó y Bruno Netri, quienes dejaron firme la condena que había sido impuesta por los jueces José Luis García Troiano, Rodolfo Mingarini y Nicolás Falkenberg el 14 de agosto del 2019 luego de un juicio oral y público que tuvo lugar en el subsuelo de tribunales.
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La reciente resolución judicial confirmó que Gorosito no actuó “en legítima defensa” tras asestarle a Foresto una puñalada letal, a la altura del corazón, luego de una riña de la que participaron además familiares de la víctima como así también del victimario.
El caso ocurrió luego de una discusión que tuvo lugar en horas de la madrugada en Iturraspe y avenida Presidente Perón cuando Foresto, que iba a bordo de un Honda Civic junto con su pareja -que para ese entonces cursaba un embarazo de 36 semanas- y dos familiares más, discutió en la esquina por maniobras que habría realizado Gorosito en la autopista. La víctima giró con su auto por Perón en dirección al sur, mientras que Gorosito que tenía una luz de giro en dirección al norte cambió de rumbo y siguió a Foresto con su Fiat Siena.
Los dos autos estacionaron en inmediaciones y varios de los ocupantes de cada uno descendieron por lo que se armó una fuerte riña que implicó, golpes, rasguños y múltiples agresiones verbales en un ambiente que fue por demás de hostil. En medio de ese contexto, Gorosito fue hasta la parte trasera de su auto y extrajo del baúl un cuchillo y se lo clavó a Foresto provocando que el joven caiga desplomado al suelo. Minutos después, falleció en el hospital Cullen, mientras que el agresor se entregó a las horas en la Comisaría Sexta y quedó a disposición de la Justicia.
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Tres años después de que aquella siniestra madrugada, un tribunal de alzada consideró que la teoría del caso expuesta por la defensa de Gorosito tuvo cuatro contradicciones tras sostener que el mismo dijo que giró a la derecha –por Perón al sur- porque tenía que dejar a su yerno en Rivadavia y Bulevard, sin embargo, el guiño de su auto estaba encendido del lado izquierdo. En esa línea, los jueces destacaron además que "si tenía planificado dejar al familiar en esa dirección, hubiese sido más conveniente seguir derecho por calle Iturraspe".
“¿No sabía Gorosito lo que estaba pasando?; ¿por qué cambió el rumbo de su vehículo pese a que había preanunciado doblar hacia el norte y optó por la opción más compleja para llegar al lugar que indica en su descargo material?, ¿para qué se paró en el lugar?, y finalmente ¿por qué no continuó su marcha Gorosito pudiendo haberlo hecho y de esa manera evitar continuar con el conflicto?”, destacó el fallo.
Los jueces de alzada subrayaron también que la actitud de Gorosito en ningún momento fue la de “pacificación” sino que el hombre eligió el “camino del conflicto” y perseguir a Foresto y luego pelearse en plena vía pública y a la vista de distintos transeúntes que pasaban por el lugar.
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“Los ocupantes del otro vehículo ya estaban en los respectivos vehículos, no obstante tuvo conciencia de dirigirse al baúl, buscar del lado izquierdo para tomar un elemento diferente a un arma blanca que sólo él conocía que existía”, destacaron los magistrados. A su vez, resaltaron que que haber poseído una cuchilla en su mano "aumentó el poder ofensivo hacia la víctima, hecho que debe evaluarse al momento de valorar en una potencial defensa”.
“Gorosito hasta tuvo la ocasión de desistir voluntariamente del ataque armado con una cuchilla cuando tenía frente suyo a Foresto y no lo hizo, sino que continuó con la acción debiéndose representar que el arma que portaba era letal”, agregaron.
Por último, el fallo descartó el planteo que hizo la defensa de Gorosito, a cargo de Claudio Torres Del Sel, que sostuvo que Foresto tenía superioridad física –porque practicaba Boxeo-. “Ningún testigo menciona que éste -por Foresto- realizara movimientos o conductas propias de dichas disciplinas”, concluyó la resolución.
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