Condena firme para ocho exfuncionarios de Río Negro que cobraron sobresueldos entre 2004 y 2011
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme condenas por peculado contra ocho exfuncionarios de Río Negro por cobrar sobresueldos durante siete años.
La Corte Suprema ratificó las condenas a tres años y medio para César Barbeito y Francisco González, ex ministerio de Coordinación y secretario General de la Gobernación respectivamente; y de dos años y medio de prisión para los ex ministros Omar Contreras, Cristina Uría, Juan Accatino, Alfredo Pega y Diego Larreguy, como también para el extesorero, José Ongaro.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme las condenas por peculado contra ocho exfuncionarios, entre ellos, siete exministros, vinculados al manejo de recursos del Estado de Río Negro, luego de que una investigación determinó que cobraron sobresueldos entre 2004 y 2011.
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Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema de Justicia rechazó los recursos de las defensas por entender que las presentaciones no refutaban “todos y cada uno” de los puntos de la sentencia cuestionada.
De esta manera, el máximo tribunal ratificó las condenas a tres años y medio para César Barbeito y Francisco González, ex ministerio de Coordinación y secretario General de la Gobernación respectivamente; y de dos años y medio de prisión para los ex ministros Omar Contreras, Cristina Uría, Juan Accatino, Alfredo Pega y Diego Larreguy, como también para el extesorero, José Ongaro.
La causa investigó el pago de adicionales durante los mandatos del gobernador Miguel Saiz a través de un decreto por el cual determinados funcionarios retiraban de una entidad bancaria dinero que luego distribuían entre funcionarios y agentes, que incluía hasta un adicional por dedicación exclusiva a funcionarios y autoridades superiores por fuera de los canales formales.
Según el documento de elevación a juicio “esto se ejecutó e hizo efectivo mediante una modalidad no autorizada para el pago de haberes, librándose cheques a la orden del Ministro Coordinador o Secretario General de la Gobernación, según la época, o de funcionarios de esa área, para ser cobrados en ventanilla bancaria, sustrayendo los fondos de la esfera de control de la Administración”.
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“De ese modo, soslayando la inclusión del suplemento en la pertinente liquidación de sueldos de los beneficiarios y su bancarización a través del depósito en la cuenta sueldo habilitada por la Administración Central a esos efectos, se habría evitado el control de la ejecución de las sumas del presupuesto general de recursos y gastos del Poder Ejecutivo, destinadas a gastos de personal (masa salarial), con la consiguiente separación de esos fondos públicos de la esfera de control de la Administración de la que se habrían sustraído dichas sumas arbitraria, solapadamente y con apariencia de legalidad, generando una remuneración no declarada”.
El juicio oral se sustanció en 2018 y fijó esas condenas. En 2020, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, con la firma de tres de los cinco jueces, ratificó las condenas por el delito de peculado. Las defensas apelaron, pero los planteos fueron rechazados.





