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Policiales femicidio | juicio | Vanesa Castillo

Caso Vanesa Castillo: la defensa insiste con la "imputabilidad disminuida" de Chacho Cano

En la audiencia de apelación de la sentencia a prisión perpetua, el defensor del condenado solicitó que el fallo del juicio sea revocado. También cuestionó la calificación de femicidio no íntimo.

La causa por el crimen de la maestra Vanesa Castillo a la salida de la escuela en Alto Verde suma una página más. Esta mañana se desarrolló la audiencia de apelación de la condena a prisión perpetua impuesta en juicio a Juan Ramón Cano, por pedido del defensor público Javier Casco.

El acto se desarrolló en la sala 5 de la Cámara de Apelaciones, y todas las partes participaron por videoconferencia. En la sala sólo estuvo presente uno de los jueces del tribunal, Alejandro Tizón. Tanto sus pares Sebastián Creus y Fernando Gentile Bersano, como las fiscales Bárbara Ilera y Cristina Ferraro, los querellantes Carolina Walker y Matías Pautasso, las hermanas de Vanesa, Silvia e Isabel, el defensor y el condenado, asistieron de manera remota.

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El tribunal que revisará la sentencia a Cano está conformado por los jueces Alejandro Tizón (foto), Sebastián Creus y Fernando Gentile Bersano

El tribunal que revisará la sentencia a Cano está conformado por los jueces Alejandro Tizón (foto), Sebastián Creus y Fernando Gentile Bersano

Imputabilidad disminuida

El defensor sostuvo su pedido de apelación en base a cuatro puntos: la culpabilidad de Cano, el agravante de femicidio, la condena por lesiones al personal policial y el monto de la pena.

En relación al primer punto, Casco sostuvo que en el debate quedó demostrado se trata de un caso de “imputabilidad disminuida” atento a la presencia de marihuana y cocaína que se detectó en el análisis de sangre, y al informe interdisciplinario de las profesionales que reconstruyeron la historia de adicciones desde muy temprana edad y de una crianza en un entorno de violencia permanente por parte de su padre. Además recordó que Cano padece una discapacidad mental moderada, con trastornos para controlar sus impulsos e inestabilidad emocional. Para el defensor, estos factores desencadenaron en el accionar de Cano al momento de atacar a la maestra.

Sobre la calificación de femicidio, Casco sostuvo que de la prueba producida en el debate no surgió que haya mediado violencia de género, y reiteró que la víctima y su victimario no se conocían, por lo que no podría haber una relación de dominio. Sobre la figura de femicidio “no íntimo”, el defensor expresó que la doctrina no es unánime y que no encuentra sustento legal.

Luego, Casco rechazó la condena por el delito de lesiones leves dolosas por el cabezazo que Cano le propinó a uno de los policías cuando estaba siendo trasladado en el móvil policial. El defensor achacó que no se respetó el principio de congruencia ya que la fiscalía acusó por el delito de resistencia y atentado a la autoridad, y no por las lesiones.

Por último, el defensor solicitó que sea revocada la pena de prisión perpetua, ya que a su entender no corresponde a una persona con imputabilidad disminuida, según lo sostuvo en la audiencia.

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Chacho Cano, el día de la lectura de la sentencia

Chacho Cano, el día de la lectura de la sentencia

Confirmación total

Tanto la Fiscalía como la querella solicitaron al tribunal que la sentencia impuesta a Cano en el juicio sea confirmada en todos sus extremos. La fiscal Ferraro sostuvo que se pudo acreditar que el consumo de cocaína y marihuana no afectó la capacidad de razonamiento de Cano, y que en ningún punto del proceso se cuestionó la imputabilidad del acusado.

Ferraro manifestó que la enumeración que realizó el defensor sobre la vida de Cano, que generó ese “cóctel explosivo” que culminó en el crimen de Vanesa Castillo es una especulación ya que no quedó demostrado en el juicio esa relación ‘causa-efecto’.

En relación a la figura de femicidio, la Fiscalía recordó que la doctrina fue evolucionando, y que la sentencia dejó en claro que la relación desigual entre Vanesa y Cano no fue por un vínculo directo entre ellos, sino que encontró sus bases en la sociedad patriarcal en la que fue criado el condenado, con prácticas socioculturales y prácticas estereotipadas que reducían a la mujer.

Sobre las lesiones al personal policial, la Fiscalía sostuvo que el hecho fue descrito en la imputación; cómo sucedió el ataque estaba claro más allá de la calificación legal seleccionada. El tribunal de juicio dio por acreditada la ocurrencia del hecho, si bien no compartió la figura de atentado a la autoridad.

Por último, las fiscales recordaron que Cano no sólo fue condenado a perpetua por el agravante de femicidio sino también porque el crimen fue cometido con alevosía y ensañamiento, lo cual no fue cuestionado por el defensor y merece el mismo reproche de prisión perpetua.

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Cristina Ferraro y Bárbara Ilera, fiscales

Cristina Ferraro y Bárbara Ilera, fiscales

“Cano siempre supo qué estaba pasando”

La abogada querellante Carolina Walker adhirió a lo expresado por la fiscalía para rechazar la pretensión de la defensa, y recordó algunas cuestiones puntuales más. La letrada remarcó que Cano siempre fue consciente de lo que había pasado, desde el momento del ataque, cuando huyó del lugar, se refugió en su casa y ante la presencia policial exclamó que había matado a la maestra y pidió hablar con su abogado.

Walker recordó que en la audiencia imputativa, Cano le pidió disculpas al policía que lesionó de un cabezazo en el móvil, y que en la audiencia preliminar dijo que había matado a Vanesa porque lo habían contratado para eso. “Durante el juicio también quiso hablar y no lo dejaron. Él sabía que se estaba definiendo su futuro”, insistió Walker.

Para sostener la condena por femicidio, la letrada recordó que Cano esperó a que Vanesa saliera sola de la escuela, y estuviera indefensa conduciendo su moto para propinarle las 13 puñaladas, con lo que demostró un total desprecio por la vida de la mujer. En relación al “femicidio no íntimo” o “femicidio por conexión”, Walker recordó dos condenas por hechos conocidos por los santafesinos: Feruglio y Solís.

Con esto, la querella solicitó al tribunal que sean rechazados los planteos de la defensa de Cano y la condena sea confirmada en su totalidad.

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Silvia Castillo habló al final de la audiencia y dijo confiar en el juicio del tribunal

Silvia Castillo habló al final de la audiencia y dijo confiar en el juicio del tribunal

“Confío en el juicio del tribunal”

La última en expresarse fue Silvia Castillo, hermana de Vanesa y querellante en la causa en representación de la hija de la víctima. La mujer sostuvo su conformidad con la sentencia del juicio, y, al igual que su abogada, recordó que Cano admitió el crimen. “Voy a ser muy franca, vengo muy decepcionada con lo que fue el recorrido del proceso”, expresó Silvia, “y que no se haya ahondado en la hipótesis del crimen por encargo. Espero que ahora que Cano puede hablar lo corrobore porque hay un autor intelectual que está suelto, y confío en el juicio de este tribunal”, concluyó.

Pero esta vez Cano no dijo nada y el tribunal dio por finalizada la audiencia para analizar los planteos de las partes, revisar la sentencia del juicio y resolver en tiempo de ley.

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